II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2020-11699)
Resolución de 29 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262
Sábado 3 de octubre de 2020
Sec. II.B. Pág. 83924
artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el Órgano convocante
previa solicitud de la Comisión de Valoración.
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido mayor
puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la presente
convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el
acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión, renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la persona
participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de los
procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo caso,
antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, se acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo plazo de 5 días hábiles para las posibles subsanaciones por parte
de las personas excluidas.
El listado de exclusiones se publicará en la página web (www.mineco.gob.es) y en la
página de intranet del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
3. La renuncia parcial a la solicitud de participación en el concurso se permitirá hasta
la fecha en la que se constituya la Comisión de Valoración del concurso. De la fecha de la
reunión se dará publicidad con suficiente antelación.
4. El desistimiento de la solicitud realizada (implica el desistimiento de la solicitud en
sí misma, incluyendo la totalidad de los puestos solicitados): se admitirá hasta el día
anterior a la fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las
solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con la debida antelación. De las
valoraciones provisionales se dará también la suficiente publicidad.
Novena.
Listados provisionales de valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas de las valoraciones
provisionales, la Comisión de Valoración hará pública en la página web (www.mineco.gob.es)
y en la página intranet la relación de candidatos que han solicitado tomar parte en el
concurso con la valoración provisional otorgada. En dichos listados se establecerá un
período de alegaciones.
Resolución del concurso.
1. La convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaria de Asuntos
Económicos y Transformación Digital, en un plazo máximo de seis meses, desde el día
siguiente al de la finalización de la presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín
Oficial del Estado», salvo que concurran las circunstancias expuestas en la base tercera
punto 2, en cuyo caso podrá procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados
directa o indirectamente por estas circunstancias.
2. En la Resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de trabajo,
localidad, órgano directivo y Departamento ministerial o Administración Pública de cese de
los participantes a quienes se les adjudique destino, así como de su subgrupo de titulación.
Se indicará la situación administrativa de procedencia, cuando participen desde una
situación distinta a la de servicio activo.
3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario o de la funcionaria, o de un mes si
comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
cve: BOE-A-2020-11699
Verificable en https://www.boe.es
Décima.
Núm. 262
Sábado 3 de octubre de 2020
Sec. II.B. Pág. 83924
artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el Órgano convocante
previa solicitud de la Comisión de Valoración.
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido mayor
puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la presente
convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el
acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión, renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la persona
participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de los
procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo caso,
antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, se acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo plazo de 5 días hábiles para las posibles subsanaciones por parte
de las personas excluidas.
El listado de exclusiones se publicará en la página web (www.mineco.gob.es) y en la
página de intranet del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
3. La renuncia parcial a la solicitud de participación en el concurso se permitirá hasta
la fecha en la que se constituya la Comisión de Valoración del concurso. De la fecha de la
reunión se dará publicidad con suficiente antelación.
4. El desistimiento de la solicitud realizada (implica el desistimiento de la solicitud en
sí misma, incluyendo la totalidad de los puestos solicitados): se admitirá hasta el día
anterior a la fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las
solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con la debida antelación. De las
valoraciones provisionales se dará también la suficiente publicidad.
Novena.
Listados provisionales de valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas de las valoraciones
provisionales, la Comisión de Valoración hará pública en la página web (www.mineco.gob.es)
y en la página intranet la relación de candidatos que han solicitado tomar parte en el
concurso con la valoración provisional otorgada. En dichos listados se establecerá un
período de alegaciones.
Resolución del concurso.
1. La convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaria de Asuntos
Económicos y Transformación Digital, en un plazo máximo de seis meses, desde el día
siguiente al de la finalización de la presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín
Oficial del Estado», salvo que concurran las circunstancias expuestas en la base tercera
punto 2, en cuyo caso podrá procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados
directa o indirectamente por estas circunstancias.
2. En la Resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de trabajo,
localidad, órgano directivo y Departamento ministerial o Administración Pública de cese de
los participantes a quienes se les adjudique destino, así como de su subgrupo de titulación.
Se indicará la situación administrativa de procedencia, cuando participen desde una
situación distinta a la de servicio activo.
3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario o de la funcionaria, o de un mes si
comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
cve: BOE-A-2020-11699
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Décima.