II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2020-11699)
Resolución de 29 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Sábado 3 de octubre de 2020

Sec. II.B. Pág. 83925

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese,
que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días hábiles
siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado».
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y
licencias que, en su caso, estén disfrutando los interesados, salvo que por causas
justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
No obstante, para los funcionarios y funcionarias que se encuentren en licencia por
enfermedad, se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por
ello finalice la licencia que tenga concedida.
La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el
funcionario o funcionaria podrá, no obstante, acordar la prórroga de su cese, por
necesidades del servicio, de hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse esta a la
Unidad competente.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaria de Estado de Política Territorial y Función
Pública podrá aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la
prórroga prevista en el párrafo anterior.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, la Subsecretaria de
Asuntos Económicos y Transformación Digital podrá conceder una prórroga de
incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino implica cambio de residencia y así
lo solicita el interesado por razones justificadas.
Destinos adjudicados.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de
toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo caso
deberá comunicarse por escrito al órgano convocante.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a funcionario en
situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin perjuicio de la
posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado.
Los puestos relacionados en el anexo I-B solo se adjudicarán cuando resulten vacantes
como consecuencia de la provisión de los puestos relacionados en el anexo I-A.
El personal militar de carrera que resulte adjudicatario de un puesto en este concurso,
una vez incorporado al mismo, pasará en el ámbito de las Fuerzas Armadas a la situación
administrativa de Servicio en la Administración Civil, regulada en el artículo 107.1.g) y 113 bis
de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, modificada por la Ley 15/2014,
de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma
administrativa, siendo de aplicación a este personal el régimen jurídico que se específica en
la Disposición Adicional Undécima del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
La competencia para resolver los cambios de situación administrativa del personal
militar de carrera que se encuentre prestando servicios en la Administración Civil,
corresponderá al Ministerio de Defensa.
Duodécima.

Publicación de la resolución del concurso.

La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución del concurso, con
adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados, y a partir de la misma
empezarán a contarse los plazos establecidos para que los Ministerios y Organismos
afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes.

cve: BOE-A-2020-11699
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Undécima.