III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2020-11708)
Resolución de 21 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica el Convenio con la sociedad Expasa Agricultura y Ganadería Sociedad Mercantil Estatal, SA, para actuaciones de desarrollo y fomento del sector equino.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Sábado 3 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 84006

f) Presentar una memoria con las actuaciones realizadas y desglosadas con los
elementos que permitan al MAPA comprobar la ejecución de las actividades y la
realización de los gastos que de ellas deriven para su posterior financiación.
Tercera. Actuaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
El MAPA, a través de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, se compromete a:
a) Colaborar con EXPASA en el desarrollo de las actividades previstas en la
cláusula segunda, en función de las necesidades y prioridades establecidas por la
Comisión de Seguimiento y apoyar su ejecución, en la medida de las posibilidades
administrativas y presupuestarias.
b) Coordinar a nivel nacional la integración y participación de las diversas entidades
de la Administración y del sector que puedan estar involucradas para el desarrollo de las
actuaciones.
c) Desarrollar y apoyar las actuaciones a realizar por EXPASA, como Centro de
Nacional de Referencia Zootécnico y eje importante para el desarrollo de las actuaciones
en el sector equino y dar publicidad en el Sistema Nacional de Información de Razas
(ARCA) en la web del MAPA.
d) Optimizar la utilización de la Yeguada y sus animales para los programas de cría
oficialmente aprobados para las diversas razas, en colaboración con las asociaciones de
criadores, y de los posibles servicios que puedan prestarse a los ganaderos de dicho
sector, para la mejora de sus ganaderías.
e) Cooperar y asesorar en el mantenimiento del reservorio genético de las razas
equinas, en coordinación con EXPASA.
f) Analizar, de forma conjunta con EXPASA, la posibilidad de desarrollo en la
Yeguada de otras actividades que se consideren de interés general para el sector equino
y que permitan el cumplimiento de los objetivos previstos en este Convenio.
g) Promocionar el modelo de explotación ganadera de EXPASA, basado en la
sostenibilidad mediante la utilización de los recursos naturales, razas autóctonas y los
sistemas de pastoreo.
h) Contribuir con la cantidad prevista en la cláusula quinta, a las actuaciones
previstas en este Convenio.
Cuarta. Comisión de Seguimiento.
1. Para la correcta interpretación, ejecución y desarrollo de lo previsto en el presente
Convenio, se establece una Comisión de Seguimiento, con la siguiente composición:
Por parte del MAPA:

La persona titular de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, que
actuará de Presidente/a y que podrá ser sustituida por la persona titular de la
Subdirección General de Medios de Producción Ganadera.
Las personas titulares de la Subdirección General de Medios de Producción
Ganadera y de la Subdirección General de Producciones Ganaderas y Cinegéticas, que
podrán ser sustituidas por personal funcionario de esas Unidades, en caso de vacante,
ausencia o enfermedad.
Un funcionario/a de la Subdirección General de Medios de Producción Ganadera que
actuará de Secretario/a.
b) Por parte de EXPASA: el Presidente/a de la misma y dos vocales designados/as
por el Presidente/a, que le podrán sustituir en casos de vacante, ausencia o enfermedad.
En función de los temas a tratar, se podrá invitar a otros representantes de la
Administración, de otras entidades o del sector correspondiente.

cve: BOE-A-2020-11708
Verificable en https://www.boe.es

a)