III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2020-11640)
Resolución de 3 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Calafell a inscribir una escritura de rectificación del historial de una finca por doble inmatriculación y de declaración de obra nueva.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 2 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 83628

con la parcela 25; por la derecha entrando Sur, en línea de 24,50 metros, con parcela 22;
y por el fondo Este, en línea de 58 metros, con resto de finca.
Dicha finca se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad de Calafell, en el
Tomo 449, Libro 295, Folio 57, obrante como finca registral número 21.388 de Calafell.”
4. Ambas fincas registrales (números 20.052 y 21.388), son adjudicadas de común
acuerdo, y por unanimidad en la partición, a una de las herederas, Doña M. C. R. S., y
como ya adelantaba sobre el solar registrado con el número de finca registral 20.052 se
procedió a la Declaración de Obra nueva, sobre de una vivienda unifamiliar de planta
baja, tal y como consta descrita en la escritura de aceptación de herencia que se
acompaña.
En una primera calificación en defecto a la inscripción de dicha declaración de obra
nueva, por la Registradora titular en ese momento del Registro de la Propiedad de
Calafell, se deniega la inscripción, por ser la superficie del solar de la finca
registral 20.052, de 630,85 metros cuadrados, mientras que la superficie de la parcela
que contiene certificación catastral que sirve de base para dicha declaración, es de 900
metros cuadrados.
A los efectos de subsanar dicho defecto, la interesada acude a la Notaría,
manifestando un posible “defecto de cabida” en la finca registral sobre la que se declaró
la obra por antigüedad, y que según ha sido informada tiene tramitarlo un Notario de
Calafell.
5. Tras el análisis de los documentos, y viendo que existen dos fincas registrales en
la misma localidad de Calafell, y en la misma urbanización “(…)”, inventariadas en la
misma escritura, se advierte la posibilidad de que la solución jurídica no esté en declarar
un exceso de cabida para adaptar al catastro la finca registral 20.052, sobre las que se
declaró la obra, y se solicita a la clienta la perfecta y exacta identificación de cada finca
registral.
Entonces Doña M. C. R. S., nos asegura que únicamente tiene una propiedad,
parcela con vivienda unifamiliar, localizada en la realidad física en la Urbanización (…)
de Calafell, perfectamente delimitada, y se procede por la misma a averiguar cuál de las
dos fincas registrales, se corresponde con dicha realidad física y catastral, o bien aclarar
si el solar donde se ubica la construcción es el resultado de la agrupación de los dos
solares que se corresponden con las antiguas fincas registrales inventariadas en la
herencia de sus padres.
6. Por ello, a los efectos de comprobar sobre el terreno la medición real, donde se
ubica dicha construcción que se ha declarado, y su coordinación con el Registro de la
Propiedad, que realiza la medición sobre el terreno, por parte de un técnico, y aportan y
se incorpora el certificado expedido en fecha 27 de mayo de 2019, por el Arquitecto Don
M. R. A. quien certifica que la descripción registral de la finca registral 21.388 se
corresponde con la realidad física, y con las dos certificaciones catastrales, donde
figuraba como titular catastral, Doña M. C. R. S.
Así se llega a la conclusión por la interesada de la inexistencia real de la finca
registral número 20.052, y rectifica en esta línea la declaración de obra declarada, pues
en realidad debía referirse a una construcción o vivienda existente sobre la finca
registral 21.388.
Se complementa esa rectificación con la solicitud de la cancelación de la finca
registral número 20.052, pues la única finca registral que se corresponde con la realidad
de su propiedad es la finca registral 21.388.
II. Calificación que se recurre: alegaciones:
Es la efectuada por el Registrador Don Pedro Álvarez González en fecha de 16 de
marzo de 2020 (…)

cve: BOE-A-2020-11640
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Núm. 261