II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. (BOE-A-2020-11625)
Resolución de 24 de septiembre de 2020, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad estadística y se encarga la gestión material de las pruebas selectivas al Instituto Nacional de Estadística.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Viernes 2 de octubre de 2020
Sec. II.B. Pág. 83530
La acreditación de los requisitos establecidos en los puntos 6.1 y 6.2 se realizará
mediante los certificados regulados en los respectivos Anexo V (personal funcionario), y
Anexo VI (personal laboral).
7. Listas de candidatos del proceso selectivo por turno libre
De acuerdo con el artículo vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la
que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso
o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en relación con
el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y con la Instrucción
Conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función
Pública de 17 de noviembre de 2010, el Tribunal elaborará una lista de candidatos para los
opositores del turno libre, con todos los que hayan superado la primera parte del ejercicio
único de la oposición, ordenados por la puntuación obtenida, con la finalidad de que la
selección de funcionarios interinos del Cuerpo General Administrativo de la Administración
del Estado, Especialidad Estadística, se pueda realizar con esta lista de candidatos
mediante procedimientos ágiles.
Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos será necesaria
la autorización de la Dirección General de la Función Pública. Este procedimiento de
gestión se hará público en la página web del Instituto Nacional de Estadística.
8. Solicitudes
Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al que
se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la siguiente
URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips, o de los registros electrónicos para la
tramitación de las inscripciones de los candidatos en los procesos selectivos que se
establezcan.
Las solicitudes se presentarán preferentemente por vía electrónica.
8.1 Los interesados podrán presentar su solicitud por vía electrónica haciendo
uso del servicio de Inscripción en Procesos Selectivos del punto de acceso general
(http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen,
siendo necesario como identificarse mediante la plataforma de identificación y firma
electrónica Cl@ve en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
La inscripción en línea del modelo oficial.
Anexar documentos a su solicitud.
El pago telemático de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.
Una vez completados los datos solicitados, pulsando sobre el botón de «inscribirse»,
se mostrará una pantalla de progreso dónde se da confirmación de cada uno de estos
pasos. Dándose por completado el trámite una vez que se muestran los justificantes del
pago y registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completo.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de pago correcto de
las tasas estará avalada por el número de referencia completo (NCR) emitido por la
Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que
ir acompañadas de documentación adicional, ésta podrá adjuntarse escaneada en la
solicitud electrónica o podrá ser presentada en los lugares previstos en el siguiente punto.
8.2 Las solicitudes en soporte papel se efectuarán mediante cumplimentación
electrónica de la instancia en el modelo oficial (http://administracion.gob.es/PAG/ips). Una
cve: BOE-A-2020-11625
Verificable en https://www.boe.es
•
•
•
•
Núm. 261
Viernes 2 de octubre de 2020
Sec. II.B. Pág. 83530
La acreditación de los requisitos establecidos en los puntos 6.1 y 6.2 se realizará
mediante los certificados regulados en los respectivos Anexo V (personal funcionario), y
Anexo VI (personal laboral).
7. Listas de candidatos del proceso selectivo por turno libre
De acuerdo con el artículo vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la
que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso
o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en relación con
el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y con la Instrucción
Conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la Función
Pública de 17 de noviembre de 2010, el Tribunal elaborará una lista de candidatos para los
opositores del turno libre, con todos los que hayan superado la primera parte del ejercicio
único de la oposición, ordenados por la puntuación obtenida, con la finalidad de que la
selección de funcionarios interinos del Cuerpo General Administrativo de la Administración
del Estado, Especialidad Estadística, se pueda realizar con esta lista de candidatos
mediante procedimientos ágiles.
Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos será necesaria
la autorización de la Dirección General de la Función Pública. Este procedimiento de
gestión se hará público en la página web del Instituto Nacional de Estadística.
8. Solicitudes
Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al que
se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la siguiente
URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips, o de los registros electrónicos para la
tramitación de las inscripciones de los candidatos en los procesos selectivos que se
establezcan.
Las solicitudes se presentarán preferentemente por vía electrónica.
8.1 Los interesados podrán presentar su solicitud por vía electrónica haciendo
uso del servicio de Inscripción en Procesos Selectivos del punto de acceso general
(http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen,
siendo necesario como identificarse mediante la plataforma de identificación y firma
electrónica Cl@ve en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
La inscripción en línea del modelo oficial.
Anexar documentos a su solicitud.
El pago telemático de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.
Una vez completados los datos solicitados, pulsando sobre el botón de «inscribirse»,
se mostrará una pantalla de progreso dónde se da confirmación de cada uno de estos
pasos. Dándose por completado el trámite una vez que se muestran los justificantes del
pago y registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completo.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de pago correcto de
las tasas estará avalada por el número de referencia completo (NCR) emitido por la
Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que
ir acompañadas de documentación adicional, ésta podrá adjuntarse escaneada en la
solicitud electrónica o podrá ser presentada en los lugares previstos en el siguiente punto.
8.2 Las solicitudes en soporte papel se efectuarán mediante cumplimentación
electrónica de la instancia en el modelo oficial (http://administracion.gob.es/PAG/ips). Una
cve: BOE-A-2020-11625
Verificable en https://www.boe.es
•
•
•
•