III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2020-11662)
Resolución de 17 de septiembre de 2020, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Universidad de Alcalá de Henares, para el intercambio regular de información con fines de investigación científica en el ámbito del mercado de trabajo y del sistema de protección por desempleo en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Viernes 2 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 83720

de Alcalá, para el desarrollo de proyectos de investigación sobre el funcionamiento del
mercado de trabajo español y el sistema de protección por desempleo en España.
Segunda.
A)

Actuaciones.

Por parte de la Universidad de Alcalá:

– Utilizar los datos suministrados para el desarrollo de investigaciones académicas
de interés general relacionadas con el funcionamiento del mercado de trabajo y su
impacto sobre aspectos como la desigualdad o el crecimiento económico en España.
– Velar por el adecuado uso y tratamiento de los datos suministrados, garantizando
la protección de datos.
– Facilitar al SEPE los resultados de las investigaciones llevadas a cabo con los
datos suministrados.
– Citar correctamente la fuente de información de los datos suministrados
B) Por parte del SEPE:
– Suministrar periódicamente los ficheros anonimizados que contienen los datos de
los registros de contratos y demandas mensuales para su explotación en el análisis del
mercado de trabajo con el detalle que se precisa en el anexo I a este convenio.
– Suministrar periódicamente los ficheros anonimizados que contienen los datos de
registro de prestaciones por desempleo para su explotación cuando se requieran para
realizar investigaciones concretas que asuma la Universidad.
– Proporcionar información sobre el contenido y formato de las variables recogidas
en los ficheros.
– Aportar la experiencia en el tratamiento específico de los datos y la interpretación
precisa de conceptos básicos y terminología común.
Ambas Instituciones se comprometen a intercambiar sus publicaciones así como a
participar conjuntamente, si es preciso, en actos relacionados con la explotación, análisis
e interpretación de los registros de prestaciones por desempleo.
Los investigadores de la Universidad de Alcalá conservan la autoría de los estudios e
informes que realicen con los datos de registros suministrados por el Servicio Público de
Empleo Estatal y los derechos sobre aquéllos.
En cualquier caso, tanto en las publicaciones como en cualquier actividad de difusión
de cada uno de los intervinientes, se tendrá que hacer referencia a las fuentes y la
procedencia de los datos así como a las aportaciones de cada institución.
Tercera. Ausencia de contenido económico.
El presente convenio carece de contenido económico y no genera obligaciones ni
contraprestaciones económicas entre las partes firmantes, las cuales asumirán los
costes que deban realizar con cargo a sus respectivos presupuestos corrientes.
Confidencialidad y protección de datos personales.

Los datos personales que se recojan derivados del presente Convenio serán tratados
e incorporados a los sistemas de gestión de la información de los que, en su caso, las
partes firmantes serán responsables a los efectos de llevar a buen fin el presente
Convenio, adoptándose las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que
garanticen la seguridad de los datos de carácter personal proporcionados, que eviten su
alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, previstas tanto en la normativa
vigente a nivel nacional, en la LO 3/2018 (LOPDGDD), como en el Reglamento General
de Protección de Datos Europeo (RGPD).
Ambas partes declaran expresamente que conocen quedar obligadas al
cumplimiento de la citada normativa, especialmente a lo indicado en relación con el

cve: BOE-A-2020-11662
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.