III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2020-11662)
Resolución de 17 de septiembre de 2020, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Universidad de Alcalá de Henares, para el intercambio regular de información con fines de investigación científica en el ámbito del mercado de trabajo y del sistema de protección por desempleo en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 2 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 83719

jurídica propia y diferenciada y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus
funciones, patrimonio, tesorería propia, así como autonomía de gestión, rigiéndose por lo
establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El SEPE es el organismo autónomo de la Administración General del Estado al que
se le encomienda la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas
de la política de empleo, en el marco de lo establecido en el texto refundido de la Ley de
Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.
Entre los servicios que presta el SEPE se encuentran la orientación e información
sobre empleo, autoempleo y mercado de trabajo, incentivos y medios disponibles para el
fomento de la contratación, el mantenimiento del empleo y el apoyo a iniciativas
emprendedoras, así como medidas para la mejora de su cualificación profesional,
también la información, reconocimiento y pago de las prestaciones y subsidios por
desempleo, impulsando y desarrollando su gestión por medios electrónicos
2. Que la Universidad de Alcalá, según sus Estatutos aprobados por
Decreto 221/2003 del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, es una
Institución de derecho público encargada de la prestación del servicio público de la
educación superior, que desarrolla mediante la investigación, la docencia y el estudio. La
investigación es una función esencial de la Universidad, pudiendo la citada entidad
establecer contactos con entidades públicas y privadas a fin de incrementar, mediante
convenios, contratos, ayudas o subvenciones, los fondos destinados a la financiación de
la investigación, la promoción de las personas implicadas y la proyección de los
resultados de las investigaciones realizadas.
3. Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
establece en su artículo 47.1 que son convenios los acuerdos con efectos jurídicos
adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de
derecho público vinculados o dependientes o las Universidades Públicas entre sí o con
sujetos de derecho privado para un fin común.
4. Que ambas partes vienen colaborando en el análisis y las propuestas de
políticas relacionadas con el mercado de trabajo y la protección de las situaciones de
desempleo.
Para tal fin, se firmó el 30 de mayo de 2013 el convenio de colaboración entre el
Servicio Público de Empleo Estatal y la Universidad de Alcalá para el intercambio regular
de información y asesoramiento técnico, en los ámbitos del mercado de trabajo y del
sistema de protección por desempleo en España.
Ambas partes están interesadas en profundizar las actuaciones impulsadas de forma
conjunta dotándose de un nuevo instrumento de cooperación.
5. Que la suscripción del presente convenio mejora la eficiencia de la gestión
pública en el ámbito de las políticas relacionadas con el mercado de trabajo y la
protección de situaciones de desempleo, establece para este fin un mecanismo de
intercambio regular de información para este fin, facilita la utilización conjunta de medios
y servicios públicos, contribuye a la realización de actividades de utilidad pública y
carece de contenido económico con lo que no se ve afectado por la legislación de
estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, conforme a lo dispuesto en el
artículo 48.3 de la mencionada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
6. Que se cumplen los trámites preceptivos que establece el artículo 50 de la
Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por todo lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente
convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El objeto del presente convenio es el establecimiento de un mecanismo regular de
transmisión de información entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Universidad

cve: BOE-A-2020-11662
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Núm. 261