III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2020-11462)
Resolución de 31 de julio de 2020, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publica el Convenio con la Casa de Su Majestad El Rey, para la adhesión a determinados sistemas de información de la IGAE.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259
Miércoles 30 de septiembre de 2020
Sec. III. Pág. 82469
ANEXO I
Actuaciones y compromisos a asumir por ambas partes
Actuaciones y compromisos asumidos por la IGAE
1.
En la fase de instalación y puesta en funcionamiento.
1.1 La IGAE proporcionará hospedaje de la plataforma informática para el soporte
de los sistemas en unas condiciones adecuadas, las cuales se publicarán en el Portal de
la Administración presupuestaria en Internet (www.pap.hacienda.gob.es), con el
propósito de que su funcionamiento se ajuste a una orientación de «llave en mano», así
como los requerimientos de acceso a los sistemas y el procedimiento informático para la
gestión de accesos a los sistemas.
1.2 La IGAE facilitará la información sobre los requerimientos técnicos de los
puestos de trabajo necesarios para el acceso a los sistemas, basando la solución a
desplegar en estándares de mercado que minimicen el impacto técnico y económico de
la implantación de los mismos en la Casa de S.M. el Rey. De acuerdo con lo anterior, los
requerimientos técnicos para el acceso se limitarán a ordenadores personales de tipo PC
compatible, con navegador y conexión con Internet.
1.3 La IGAE facilitará la conectividad entre los puestos de trabajo de la Casa de
S.M. el Rey y la plataforma informática de la IGAE que da soporte a los sistemas
mediante conexión a través de la red SARA y de Internet. En todo caso el coste de la
comunicación con la IGAE será asumido por la Casa de S.M. el Rey con sus medios.
1.4 La IGAE proporcionará un entorno de pruebas a la Casa de S.M. el Rey, previo
a la entrada en producción de los sistemas.
2.
En la fase de funcionamiento ordinario.
2.1 La IGAE proporcionará asistencia y soporte funcional así como el
asesoramiento técnico puntual necesario para el funcionamiento y máximo
aprovechamiento de los sistemas que se prestará, fundamentalmente, mediante
consultas telefónicas o mediante el desplazamiento del equipo de trabajo de la Casa de
S.M. el Rey a las oficinas de la IGAE.
2.2 La IGAE proporcionará el mantenimiento evolutivo y perfectivo de la plataforma
informática para el soporte de los sistemas, así como el mantenimiento evolutivo y
correctivo de los mismos, e instalará las versiones actualizadas del software.
La estrategia de evolución de los sistemas será establecida por la propia IGAE,
teniendo en cuenta, en su caso, las demandas planteadas por los usuarios de los
sistemas.
2.3 La IGAE facilitará un procedimiento para canalizar las incidencias con los
sistemas que pudieran aparecer en el funcionamiento ordinario, manteniendo informada
a la Casa de S.M. el Rey sobre su evolución, y para la resolución de las detectadas y
notificadas. En todo caso, el acceso de la IGAE a los sistemas, a efectos de la resolución
de incidencias, estará controlado por la Casa de S.M. el Rey.
2.4 La IGAE facilitará una web con información actualizada sobre los sistemas.
1.
En fase de instalación y puesta en funcionamiento.
1.1 La Casa de S.M. El Rey designará un interlocutor con la IGAE para cada uno
de los sistemas, como responsables de los mismos, proporcionando sus datos de
identificación (nombre y apellidos; cargo o puesto; dirección de correo electrónico;
teléfono; y dirección postal), comprometiéndose a mantener actualizados estos datos
durante todo el período de vigencia del convenio.
cve: BOE-A-2020-11462
Verificable en https://www.boe.es
Actuaciones y compromisos asumidos por la Casa de S.M. El Rey
Núm. 259
Miércoles 30 de septiembre de 2020
Sec. III. Pág. 82469
ANEXO I
Actuaciones y compromisos a asumir por ambas partes
Actuaciones y compromisos asumidos por la IGAE
1.
En la fase de instalación y puesta en funcionamiento.
1.1 La IGAE proporcionará hospedaje de la plataforma informática para el soporte
de los sistemas en unas condiciones adecuadas, las cuales se publicarán en el Portal de
la Administración presupuestaria en Internet (www.pap.hacienda.gob.es), con el
propósito de que su funcionamiento se ajuste a una orientación de «llave en mano», así
como los requerimientos de acceso a los sistemas y el procedimiento informático para la
gestión de accesos a los sistemas.
1.2 La IGAE facilitará la información sobre los requerimientos técnicos de los
puestos de trabajo necesarios para el acceso a los sistemas, basando la solución a
desplegar en estándares de mercado que minimicen el impacto técnico y económico de
la implantación de los mismos en la Casa de S.M. el Rey. De acuerdo con lo anterior, los
requerimientos técnicos para el acceso se limitarán a ordenadores personales de tipo PC
compatible, con navegador y conexión con Internet.
1.3 La IGAE facilitará la conectividad entre los puestos de trabajo de la Casa de
S.M. el Rey y la plataforma informática de la IGAE que da soporte a los sistemas
mediante conexión a través de la red SARA y de Internet. En todo caso el coste de la
comunicación con la IGAE será asumido por la Casa de S.M. el Rey con sus medios.
1.4 La IGAE proporcionará un entorno de pruebas a la Casa de S.M. el Rey, previo
a la entrada en producción de los sistemas.
2.
En la fase de funcionamiento ordinario.
2.1 La IGAE proporcionará asistencia y soporte funcional así como el
asesoramiento técnico puntual necesario para el funcionamiento y máximo
aprovechamiento de los sistemas que se prestará, fundamentalmente, mediante
consultas telefónicas o mediante el desplazamiento del equipo de trabajo de la Casa de
S.M. el Rey a las oficinas de la IGAE.
2.2 La IGAE proporcionará el mantenimiento evolutivo y perfectivo de la plataforma
informática para el soporte de los sistemas, así como el mantenimiento evolutivo y
correctivo de los mismos, e instalará las versiones actualizadas del software.
La estrategia de evolución de los sistemas será establecida por la propia IGAE,
teniendo en cuenta, en su caso, las demandas planteadas por los usuarios de los
sistemas.
2.3 La IGAE facilitará un procedimiento para canalizar las incidencias con los
sistemas que pudieran aparecer en el funcionamiento ordinario, manteniendo informada
a la Casa de S.M. el Rey sobre su evolución, y para la resolución de las detectadas y
notificadas. En todo caso, el acceso de la IGAE a los sistemas, a efectos de la resolución
de incidencias, estará controlado por la Casa de S.M. el Rey.
2.4 La IGAE facilitará una web con información actualizada sobre los sistemas.
1.
En fase de instalación y puesta en funcionamiento.
1.1 La Casa de S.M. El Rey designará un interlocutor con la IGAE para cada uno
de los sistemas, como responsables de los mismos, proporcionando sus datos de
identificación (nombre y apellidos; cargo o puesto; dirección de correo electrónico;
teléfono; y dirección postal), comprometiéndose a mantener actualizados estos datos
durante todo el período de vigencia del convenio.
cve: BOE-A-2020-11462
Verificable en https://www.boe.es
Actuaciones y compromisos asumidos por la Casa de S.M. El Rey