III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2020-11462)
Resolución de 31 de julio de 2020, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publica el Convenio con la Casa de Su Majestad El Rey, para la adhesión a determinados sistemas de información de la IGAE.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259
Miércoles 30 de septiembre de 2020
Sec. III. Pág. 82470
1.2 La Casa de S.M. El Rey instalará los puestos informáticos de acceso a los
sistemas de acuerdo con los requerimientos técnicos facilitados por la IGAE, en un plazo
no superior a 3 meses desde el inicio de las actuaciones.
1.3 La Casa de S.M. El Rey se comprometerá a incluir en sus respectivos planes la
formación necesaria para la utilización de los sistemas.
1.4 La Casa de S.M. El Rey se compromete a aplicar el procedimiento informático
de gestión de accesos proporcionado por la IGAE.
1.5 La Casa de S.M. El Rey realizará la puesta en funcionamiento en pruebas de
los sistemas, teniendo en cuenta los compromisos asumidos en esta fase por la IGAE, a
partir del 1 de octubre de 2020 y antes del 31 de diciembre de 2020, y la implantación
efectiva el 1 de enero de 2021.
1.6 La Casa de S.M. El Rey se compromete a la utilización adecuada del entorno
de pruebas facilitado por la IGAE, previo a la entrada en funcionamiento de los sistemas
en producción.
2.
En fase de funcionamiento ordinario.
2.1 La Casa de S.M. El Rey mantendrá los puestos informáticos de acceso a los
sistemas en las debidas condiciones de funcionamiento, comprometiéndose a su
evolución de acuerdo con los requerimientos de las nuevas versiones de los mismos, y
aplicará el procedimiento informático de gestión de accesos a los sistemas.
2.2 La Casa de S.M. El Rey efectuará un uso adecuado de la plataforma
informática de la IGAE.
2.3 La Casa de S.M. El Rey se compromete a incluir en sus respectivos planes la
formación necesaria de reciclaje y actualización de los sistemas.
2.4 La Casa de S.M. El Rey designará un responsable del ámbito de su
organización, para cada uno de los sistemas implicados, para atender en primera
instancia las consultas que puedan plantear los usuarios de dicha organización en la
utilización de los sistemas.
A estos efectos, la IGAE impartirá a dichos responsables la formación necesaria. A
través del mismo se canalizarán las consultas que, en su caso, se tengan que efectuar a
la IGAE.
2.5 La Casa de S.M. El Rey cumplimentará las encuestas sobre calidad en torno a
los sistemas, que con periodicidad anual o bienal remita la IGAE.
2.6 La Casa de S.M. El Rey se compromete a seguir las instrucciones que se
especifiquen en las guías y notas informativas que distribuya la IGAE en relación con los
sistemas, y en particular en las Guías de Cierre y Apertura, realizando las actuaciones
necesarias o subsanando los errores que se presenten.
ANEXO II
Actuaciones y compromisos asumidos por ambas partes relativos a la seguridad
de la información y la protección de datos de carácter personal
1. En el tratamiento de los datos de carácter personal, la IGAE tendrá la
consideración de «Encargada del Tratamiento», correspondiendo a la Casa de S.M. el
Rey la consideración de «Responsable del Tratamiento», en aplicación del Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD).
En consecuencia, resulta de aplicación la normativa nacional y europea de obligado
cumplimiento en materia de protección de datos de carácter personal, tanto en lo que se
refiere al «Responsable del Tratamiento» como al «Encargado del Tratamiento.
cve: BOE-A-2020-11462
Verificable en https://www.boe.es
En relación con la seguridad de la información y la protección de datos de carácter
personal, ambas partes asumen las siguientes actuaciones y compromisos:
Núm. 259
Miércoles 30 de septiembre de 2020
Sec. III. Pág. 82470
1.2 La Casa de S.M. El Rey instalará los puestos informáticos de acceso a los
sistemas de acuerdo con los requerimientos técnicos facilitados por la IGAE, en un plazo
no superior a 3 meses desde el inicio de las actuaciones.
1.3 La Casa de S.M. El Rey se comprometerá a incluir en sus respectivos planes la
formación necesaria para la utilización de los sistemas.
1.4 La Casa de S.M. El Rey se compromete a aplicar el procedimiento informático
de gestión de accesos proporcionado por la IGAE.
1.5 La Casa de S.M. El Rey realizará la puesta en funcionamiento en pruebas de
los sistemas, teniendo en cuenta los compromisos asumidos en esta fase por la IGAE, a
partir del 1 de octubre de 2020 y antes del 31 de diciembre de 2020, y la implantación
efectiva el 1 de enero de 2021.
1.6 La Casa de S.M. El Rey se compromete a la utilización adecuada del entorno
de pruebas facilitado por la IGAE, previo a la entrada en funcionamiento de los sistemas
en producción.
2.
En fase de funcionamiento ordinario.
2.1 La Casa de S.M. El Rey mantendrá los puestos informáticos de acceso a los
sistemas en las debidas condiciones de funcionamiento, comprometiéndose a su
evolución de acuerdo con los requerimientos de las nuevas versiones de los mismos, y
aplicará el procedimiento informático de gestión de accesos a los sistemas.
2.2 La Casa de S.M. El Rey efectuará un uso adecuado de la plataforma
informática de la IGAE.
2.3 La Casa de S.M. El Rey se compromete a incluir en sus respectivos planes la
formación necesaria de reciclaje y actualización de los sistemas.
2.4 La Casa de S.M. El Rey designará un responsable del ámbito de su
organización, para cada uno de los sistemas implicados, para atender en primera
instancia las consultas que puedan plantear los usuarios de dicha organización en la
utilización de los sistemas.
A estos efectos, la IGAE impartirá a dichos responsables la formación necesaria. A
través del mismo se canalizarán las consultas que, en su caso, se tengan que efectuar a
la IGAE.
2.5 La Casa de S.M. El Rey cumplimentará las encuestas sobre calidad en torno a
los sistemas, que con periodicidad anual o bienal remita la IGAE.
2.6 La Casa de S.M. El Rey se compromete a seguir las instrucciones que se
especifiquen en las guías y notas informativas que distribuya la IGAE en relación con los
sistemas, y en particular en las Guías de Cierre y Apertura, realizando las actuaciones
necesarias o subsanando los errores que se presenten.
ANEXO II
Actuaciones y compromisos asumidos por ambas partes relativos a la seguridad
de la información y la protección de datos de carácter personal
1. En el tratamiento de los datos de carácter personal, la IGAE tendrá la
consideración de «Encargada del Tratamiento», correspondiendo a la Casa de S.M. el
Rey la consideración de «Responsable del Tratamiento», en aplicación del Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD).
En consecuencia, resulta de aplicación la normativa nacional y europea de obligado
cumplimiento en materia de protección de datos de carácter personal, tanto en lo que se
refiere al «Responsable del Tratamiento» como al «Encargado del Tratamiento.
cve: BOE-A-2020-11462
Verificable en https://www.boe.es
En relación con la seguridad de la información y la protección de datos de carácter
personal, ambas partes asumen las siguientes actuaciones y compromisos: