III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2020-11472)
Resolución de 29 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, para el traspaso de los medios materiales necesarios y la concreción de actuaciones de coordinación y formación, para el ejercicio efectivo de las funciones de expedición de certificados y gestión del mecanismo de certificación de consumo y venta de biocarburantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259
Miércoles 30 de septiembre de 2020
Sec. III. Pág. 82547
Asimismo, además de la definición de los recursos materiales susceptibles de
traspaso, se prevé la obligación de definir en el Convenio un calendario de actuaciones
de coordinación y formación a prestar por la CNMC durante el año 2021 para procurar el
adecuado desempeño de las funciones por parte del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico.
Entre estas actuaciones de coordinación y formación a prestar por la CNMC, el Real
Decreto 500/2020, de 28 de abril, dispone «que se incluirán tanto la asistencia técnica en
materia de funcionamiento de los recursos materiales de SICBIOS como en materia de la
función de expedición de certificados y gestión del mecanismo de certificación de
consumo y venta de biocarburantes, con la duración temporal y contenido que se
estimen necesarios para garantizar una adecuada transición».
IV. En consecuencia, procede que ambas partes acuerden a través de este Convenio
todos los medios, actuaciones y obligaciones que sean idóneos para el traspaso de
funciones recogido en la disposición transitoria sexta del citado real decreto y resulten
necesarios para el ejercicio efectivo de la citada competencia por parte del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico. En consecuencia, durante los meses de junio a
septiembre de 2020, se han constituido varios Grupos de Trabajo entre representantes
designados al efecto por la CNMC y el Ministerio y se han mantenido las reuniones
necesarias para la correcta definición de las condiciones del traspaso.
Una vez alcanzado un consenso sobre lo anterior entre las partes, el acuerdo
alcanzado se hace efectivo mediante el presente Convenio conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del Convenio.
El objeto de este Convenio es la determinación de los medios materiales, la
documentación y los expedientes administrativos que han de ser traspasados por la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) al Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, con la finalidad de garantizar el ejercicio efectivo de la
competencia detallada en el apartado 2, letra e), de la disposición adicional octava de la
Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, consistente en expedir los certificados y gestionar el mecanismo de
certificación de consumo y venta de biocarburantes, por parte del citado Ministerio.
Asimismo, este Convenio establece un calendario de actuaciones de coordinación y
formación a prestar por la CNMC durante los años 2020 y 2021 para procurar el
adecuado desempeño de las funciones por parte del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico.
Segunda. Obligaciones del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico.
– A colaborar con la CNMC para el correcto traspaso de los medios materiales, la
documentación y los expedientes administrativos.
– A elaborar actas de recepción y conformidad correspondientes al traspaso de los
medios incluidos en el Convenio.
– A cumplir con las actuaciones de su responsabilidad que se incluyen en el
calendario de la cláusula quinta.
– A disponer de personal dedicado a las actividades derivadas de la Entidad de
Certificación de Biocarburantes con la suficiente antelación y con un dimensionamiento
adecuado para asumir la competencia y desempeñarla plenamente, sin menoscabo de las
actividades de asistencia técnica a las que hace referencia la cláusula tercera, párrafo tercero.
cve: BOE-A-2020-11472
Verificable en https://www.boe.es
Con la firma del presente Convenio, el Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico se compromete al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
Núm. 259
Miércoles 30 de septiembre de 2020
Sec. III. Pág. 82547
Asimismo, además de la definición de los recursos materiales susceptibles de
traspaso, se prevé la obligación de definir en el Convenio un calendario de actuaciones
de coordinación y formación a prestar por la CNMC durante el año 2021 para procurar el
adecuado desempeño de las funciones por parte del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico.
Entre estas actuaciones de coordinación y formación a prestar por la CNMC, el Real
Decreto 500/2020, de 28 de abril, dispone «que se incluirán tanto la asistencia técnica en
materia de funcionamiento de los recursos materiales de SICBIOS como en materia de la
función de expedición de certificados y gestión del mecanismo de certificación de
consumo y venta de biocarburantes, con la duración temporal y contenido que se
estimen necesarios para garantizar una adecuada transición».
IV. En consecuencia, procede que ambas partes acuerden a través de este Convenio
todos los medios, actuaciones y obligaciones que sean idóneos para el traspaso de
funciones recogido en la disposición transitoria sexta del citado real decreto y resulten
necesarios para el ejercicio efectivo de la citada competencia por parte del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico. En consecuencia, durante los meses de junio a
septiembre de 2020, se han constituido varios Grupos de Trabajo entre representantes
designados al efecto por la CNMC y el Ministerio y se han mantenido las reuniones
necesarias para la correcta definición de las condiciones del traspaso.
Una vez alcanzado un consenso sobre lo anterior entre las partes, el acuerdo
alcanzado se hace efectivo mediante el presente Convenio conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del Convenio.
El objeto de este Convenio es la determinación de los medios materiales, la
documentación y los expedientes administrativos que han de ser traspasados por la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) al Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, con la finalidad de garantizar el ejercicio efectivo de la
competencia detallada en el apartado 2, letra e), de la disposición adicional octava de la
Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, consistente en expedir los certificados y gestionar el mecanismo de
certificación de consumo y venta de biocarburantes, por parte del citado Ministerio.
Asimismo, este Convenio establece un calendario de actuaciones de coordinación y
formación a prestar por la CNMC durante los años 2020 y 2021 para procurar el
adecuado desempeño de las funciones por parte del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico.
Segunda. Obligaciones del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico.
– A colaborar con la CNMC para el correcto traspaso de los medios materiales, la
documentación y los expedientes administrativos.
– A elaborar actas de recepción y conformidad correspondientes al traspaso de los
medios incluidos en el Convenio.
– A cumplir con las actuaciones de su responsabilidad que se incluyen en el
calendario de la cláusula quinta.
– A disponer de personal dedicado a las actividades derivadas de la Entidad de
Certificación de Biocarburantes con la suficiente antelación y con un dimensionamiento
adecuado para asumir la competencia y desempeñarla plenamente, sin menoscabo de las
actividades de asistencia técnica a las que hace referencia la cláusula tercera, párrafo tercero.
cve: BOE-A-2020-11472
Verificable en https://www.boe.es
Con la firma del presente Convenio, el Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico se compromete al cumplimiento de las siguientes obligaciones: