III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2020-11472)
Resolución de 29 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, para el traspaso de los medios materiales necesarios y la concreción de actuaciones de coordinación y formación, para el ejercicio efectivo de las funciones de expedición de certificados y gestión del mecanismo de certificación de consumo y venta de biocarburantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 30 de septiembre de 2020

Sec. III. Pág. 82548

– En concreto, a certificar, desde el 1 de enero de 2021, todas aquellas solicitudes
provisionales de certificación correspondientes al ejercicio 2020, desde el primer mes
que será comunicado por la CNMC según lo dispuesto en la adenda prevista en el
párrafo cuarto de la cláusula tercera del presente Convenio, sin perjuicio de las posibles
rectificaciones relativas a los meses que haya certificado provisionalmente la CNMC.
– A publicar aquellos reales decretos, órdenes, resoluciones e instrucciones o
cualesquiera actos administrativos necesarios para llevar a cabo la certificación del
ejercicio 2021 y la parte correspondiente a la certificación del ejercicio 2020 a partir de la
ejecución del traspaso de la función.
– A remitir a la CNMC cualesquiera recursos administrativos o contenciosoadministrativos que pudiera recibir en relación con las actuaciones de la Entidad de
Certificación de Biocarburantes realizadas hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive.
Asimismo, a prestar asistencia a la CNMC en los recursos administrativos y las
contestaciones a las demandas que sean competencia de esta, en la medida de su
conocimiento de los expedientes.
– A asumir el mantenimiento evolutivo, correctivo, adaptativo y perfectivo de la
aplicación de SICBIOS, una vez entregada, para adaptarla a los procesos de negocio del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
– A integrar las aplicaciones de front office y back office con el resto de sistemas del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y asumir el coste de las
licencias de los productos que se mantengan operativos tras la integración.
Tercera. Obligaciones de la CNMC.
Con la firma del presente Convenio, la CNMC se compromete al cumplimiento de las
siguientes obligaciones:
– A ceder, antes del día 1 de noviembre de 2020, los medios materiales,
documentación y copias de expedientes administrativos, según se especifica en la
cláusula cuarta. Esta cesión se realizará sin menoscabo de que continúe desempeñando
las actividades como Entidad de Certificación de Biocarburantes hasta el 31 de
diciembre de 2020 y, con la periodicidad adecuada, se actualice el estado de los
expedientes durante este periodo de dos meses.
– A prestar las actuaciones de formación y supervisión que se incluyen en el
calendario de la cláusula quinta.
– A prestar al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, durante el
año 2021, la asistencia técnica en materia de funcionamiento de los recursos materiales de
SICBIOS, así como en materia de la función de expedición de certificados y gestión del
mecanismo de certificación de consumo y venta de biocarburantes, de forma que se
garantice una adecuada transición, conforme al calendario de la cláusula quinta.
– A certificar todas aquellas solicitudes provisionales relativas a los meses del
ejercicio 2020 desde que sea técnicamente viable, entendiendo como tal que SICBIOS
esté adaptado para realizar la citada certificación. A tal efecto, la CNMC comunicará el
mes correspondiente de certificación provisional a partir del cual se traspasará el
ejercicio de la función al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico,
sin perjuicio de las posibles rectificaciones relativas a los meses que haya certificado
provisionalmente la CNMC. En todo caso, se garantizará la realización de todas las
actuaciones necesarias para asegurar la prestación del servicio.
La determinación del mes de certificación provisional a partir del cual se produce el
traspaso de las funciones de certificación será incluida en el presente Convenio
mediante adenda, con anterioridad al 1 de diciembre de 2020.
– A publicar aquellas circulares, resoluciones e instrucciones o cualesquiera actos
administrativos necesarios para llevar a cabo aquellas tareas relativas a la certificación
del ejercicio 2020, durante el ejercicio de la función por parte de la CNMC, hasta el
momento del traspaso.

cve: BOE-A-2020-11472
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Núm. 259