I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Sanidad animal. (BOE-A-2020-11424)
Real Decreto 867/2020, de 29 de septiembre, por el que se regulan los productos zoosanitarios de reactivos de diagnóstico de uso veterinario, los sistemas de control de parámetros fisiológicos en animales y los productos destinados al mantenimiento del material reproductivo animal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 30 de septiembre de 2020
Sec. I. Pág. 82315
3. Renovación de la autorización e inscripción en el registro
La solicitud de renovación de la autorización e inscripción en el registro deberá
presentarse como mínimo con tres meses de anterioridad a que expire su plazo de validez,
una declaración firmada por el titular o representante legal, de que no ha habido
modificaciones respecto al producto cuya autorización e inscripción en el registro se
pretende renovar.
4. Cambio de titularidad de la autorización e inscripción en el registro
Para solicitar el cambio de titularidad de la autorización e inscripción en el registro de
un reactivo de diagnóstico de uso veterinario, se deberá presentar la siguiente
documentación:
a) Modelo de solicitud (anexo II) debidamente cumplimentado
b) Copia del abono de la tasa que proceda, realizado con el impreso 790, código 049.
Se presentará una tasa por procedimiento solicitado. No es preciso si se realiza el pago
por sede electrónica.
c) Documentación acreditativa (escrituras, contrato, acuerdos comerciales, etc.) del
cambio de titular del producto a favor de la entidad como nuevo titular, con la conformidad
de ésta. Dicha documentación estará firmada por ambas entidades.
d) Ejemplares de las nuevas etiquetas del producto donde figure su nº de inscripción
en el registro y aparezca el nuevo titular.
5. Anotación en el registro
Los datos referentes a las autorizaciones e inscripciones de los productos mencionados
en este anexo, se anotarán en la respectiva sección del Registro Oficial de Entidades y
Productos Zoosanitarios, asociados a su número de registro. Dicha información se
mantendrá en un sistema informático, de consulta pública, salvo los datos de carácter
confidencial y personales.
cve: BOE-A-2020-11424
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 259
Miércoles 30 de septiembre de 2020
Sec. I. Pág. 82315
3. Renovación de la autorización e inscripción en el registro
La solicitud de renovación de la autorización e inscripción en el registro deberá
presentarse como mínimo con tres meses de anterioridad a que expire su plazo de validez,
una declaración firmada por el titular o representante legal, de que no ha habido
modificaciones respecto al producto cuya autorización e inscripción en el registro se
pretende renovar.
4. Cambio de titularidad de la autorización e inscripción en el registro
Para solicitar el cambio de titularidad de la autorización e inscripción en el registro de
un reactivo de diagnóstico de uso veterinario, se deberá presentar la siguiente
documentación:
a) Modelo de solicitud (anexo II) debidamente cumplimentado
b) Copia del abono de la tasa que proceda, realizado con el impreso 790, código 049.
Se presentará una tasa por procedimiento solicitado. No es preciso si se realiza el pago
por sede electrónica.
c) Documentación acreditativa (escrituras, contrato, acuerdos comerciales, etc.) del
cambio de titular del producto a favor de la entidad como nuevo titular, con la conformidad
de ésta. Dicha documentación estará firmada por ambas entidades.
d) Ejemplares de las nuevas etiquetas del producto donde figure su nº de inscripción
en el registro y aparezca el nuevo titular.
5. Anotación en el registro
Los datos referentes a las autorizaciones e inscripciones de los productos mencionados
en este anexo, se anotarán en la respectiva sección del Registro Oficial de Entidades y
Productos Zoosanitarios, asociados a su número de registro. Dicha información se
mantendrá en un sistema informático, de consulta pública, salvo los datos de carácter
confidencial y personales.
cve: BOE-A-2020-11424
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 259