II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2020-11453)
Orden de 14 de septiembre de 2020, de la Consejería de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puesto de trabajo de Jefe/a del Servicio de Patología Forense, en la Subdirección de Gipuzkoa del Instituto Vasco de Medicina Legal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 30 de septiembre de 2020

Sec. II.B. Pág. 82398

d) Por publicaciones relacionadas con las funciones del puesto solicitado: Hasta 4
puntos, a razón de 1 punto por trabajo publicado.
e) Memoria: Se valorará con un máximo de 20 puntos. La Memoria versará sobre el
contenido funcional del puesto a proveer, de acuerdo con la información que consta en la
relación de puestos de trabajo, teniendo en cuenta, especialmente, el contenido al apartado
conocimientos específicos. La Memoria debe constar de dos partes, una consistente en un
análisis de las funciones del puesto convocado y otra en un estudio o en un proyecto de
mejora organizativa y/o funcional. Este documento ha de tener una extensión mínima de 15
páginas y máxima de 30 páginas DIN A4, a doble espacio, y se tiene que presentar por
triplicado en el plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, siempre que se considere
conveniente, se expondrá la Memoria ante la Comisión de Valoración y se podrán efectuar
las preguntas o pedir las declaraciones que se consideren oportunas.
3. Los méritos se valorarán a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes. Los documentos que se aporten deberán ser fotocopias debidamente
compulsadas, no valorándose los que no cumplan este requisito.
Artículo 5. Comisión de Valoración.
La evaluación de los méritos corresponderá a una Comisión de Valoración que será
nombrada por Orden de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales.
Estará constituida por cuatro miembros en representación de la Administración de los
que al menos uno será personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
Entre el personal designado por la Administración se nombrará a la Presidenta o Presidente
y a la Secretaria o Secretario. Las organizaciones sindicales más representativas en el
ámbito correspondiente participarán en esta Comisión con dos miembros.
El personal de la Comisión deberá pertenecer a Cuerpos para cuyo ingreso se exija
igual o superior titulación al que esté adscrito el puesto convocado.
Se promoverá una presencia equilibrada de mujeres y hombres en la composición de la
comisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 3.7 y 23 de la Ley 4/2005, de 18 de
febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres.
La Dirección de la Administración de Justicia analizará el cumplimiento de los requisitos
específicos del personal participante y asistirá a la Comisión en la valoración de los
méritos, conforme a los datos que obran en el expediente personal del personal participante
y a la documentación que estos aporten en el plazo de presentación de solicitudes.
Artículo 6. Adjudicaciones.
1. El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado
por la mayor puntuación total obtenida tras la valoración de los méritos.
2. En caso de empate en la puntuación total, se acudirá para dirimirlo a la mayor
antigüedad en el Cuerpo y de persistir el empate, al número de orden obtenido en el
proceso selectivo de acceso al Cuerpo. De persistir el empate, se dará prioridad a las
mujeres en aquellos cuerpos, opciones o escalas y niveles de encuadramiento del puesto
de que se trate en los que la representación de la mujer sea inferior al 40 %, salvo que
concurran en otra persona candidata motivos que, no siendo discriminatorios por razón de
sexo, justifiquen la no aplicación de la medida [artículo 20.4.a) de la Ley 4/2005, de 18 de
febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres].
Artículo 7. Resolución provisional.
1. La presente convocatoria se resolverá provisionalmente por la Directora o el
Director de la Administración de Justicia y se publicará simultáneamente en el portal del
personal de Justicia y la página web de justicia, www.justizia.eus.
2. La resolución provisional expresará el puesto de trabajo de origen y localidad de
la persona adjudicataria, la puntuación obtenida de la valoración de los méritos alegados
y el puesto de trabajo provisionalmente adjudicado.

cve: BOE-A-2020-11453
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Núm. 259