III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2020-11405)
Resolución de 25 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para la organización del Máster Universitario en Formación de profesores de español como segunda lengua.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258
Martes 29 de septiembre de 2020
Sec. III. Pág. 82127
selección de los candidatos será realizada por la Comisión de coordinación del Máster a
propuesta del Instituto Cervantes.
4. La UNED será la responsable de la gestión y tramitación de los expedientes
académicos de los estudiantes del Máster. Así mismo, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 3.4 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, será responsable de su
custodia, de la expedición y registro del título, así como del procedimiento de
modificación o extinción de planes de estudios.
5. El alumnado se entenderá vinculado, a efectos académicos y administrativos, a
través del órgano responsable del Programa, a la UNED, siéndole de aplicación la
normativa académica vigente en la misma.
Sexta.
Estructura del título.
1. El Máster objeto del presente convenio incluye estudios conducentes al título
oficial de:
Máster Universitario en Formación de Profesores de Español como Segunda Lengua.
2. El programa de estudio establece que, para obtener el título de Máster, el alumno
deberá superar 65 créditos ECTS.
3. La Comisión Coordinadora del Máster determinará las actividades programadas
y su ubicación, actividades de investigación, tutela de los estudiantes, la realización de
prácticas, así como los sistemas y criterios de evaluación de acuerdo con los criterios
generales y plazos establecidos en las normativas correspondientes. Esta Comisión
Coordinadora podrá nombrar para cada estudiante del Máster un tutor, que podrá
pertenecer tanto a la UNED como al Instituto Cervantes.
4. El Instituto Cervantes ofrecerá a los alumnos de cada edición del Máster la
posibilidad de realizar el curso de «Acreditación de tutores AVE Global», que es un curso
de autoaprendizaje sin tutor, sin coste para los alumnos.
5. El Instituto Cervantes ofrecerá entre 5 y 15 plazas, supeditado a disponibilidad,
por edición del Máster, para la realización de prácticas, según el calendario y
modalidades (presencial o en línea) que el propio Instituto concrete cada año. La
Comisión Académica del máster realizará la selección de estos estudiantes en prácticas.
Dichas prácticas no serán remuneradas a los estudiantes.
En el caso de que algunos alumnos del Máster realicen prácticas en la modalidad en
línea en el AVE Global, el Instituto Cervantes les proporcionará, durante el período de
prácticas, el correspondiente acceso a la plataforma en que esté ubicado.
La UNED se asegurará de que todos los estudiantes cuenten con un seguro de
accidentes y un seguro de responsabilidad civil durante el tiempo que realicen las
prácticas.
Séptima.
Regulación de las prácticas académicas.
1. La realización por parte de los alumnos de prácticas académicas curriculares en
el Instituto Cervantes o en la UNED quedan reguladas por lo dispuesto en este convenio
y en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios (BOE de 30 de julio de 2014).
2. Dada la naturaleza formativa de las prácticas, de su realización no se derivarán,
en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar
lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
3. En el caso de que al término de los estudios el estudiante se incorporase a la
plantilla de la UNED o del Instituto Cervantes el tiempo de las prácticas no se computará
a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos, ni eximirá del periodo de
prueba salvo que en el correspondiente convenio colectivo aplicable estuviese
cve: BOE-A-2020-11405
Verificable en https://www.boe.es
A) Características.
Núm. 258
Martes 29 de septiembre de 2020
Sec. III. Pág. 82127
selección de los candidatos será realizada por la Comisión de coordinación del Máster a
propuesta del Instituto Cervantes.
4. La UNED será la responsable de la gestión y tramitación de los expedientes
académicos de los estudiantes del Máster. Así mismo, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 3.4 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, será responsable de su
custodia, de la expedición y registro del título, así como del procedimiento de
modificación o extinción de planes de estudios.
5. El alumnado se entenderá vinculado, a efectos académicos y administrativos, a
través del órgano responsable del Programa, a la UNED, siéndole de aplicación la
normativa académica vigente en la misma.
Sexta.
Estructura del título.
1. El Máster objeto del presente convenio incluye estudios conducentes al título
oficial de:
Máster Universitario en Formación de Profesores de Español como Segunda Lengua.
2. El programa de estudio establece que, para obtener el título de Máster, el alumno
deberá superar 65 créditos ECTS.
3. La Comisión Coordinadora del Máster determinará las actividades programadas
y su ubicación, actividades de investigación, tutela de los estudiantes, la realización de
prácticas, así como los sistemas y criterios de evaluación de acuerdo con los criterios
generales y plazos establecidos en las normativas correspondientes. Esta Comisión
Coordinadora podrá nombrar para cada estudiante del Máster un tutor, que podrá
pertenecer tanto a la UNED como al Instituto Cervantes.
4. El Instituto Cervantes ofrecerá a los alumnos de cada edición del Máster la
posibilidad de realizar el curso de «Acreditación de tutores AVE Global», que es un curso
de autoaprendizaje sin tutor, sin coste para los alumnos.
5. El Instituto Cervantes ofrecerá entre 5 y 15 plazas, supeditado a disponibilidad,
por edición del Máster, para la realización de prácticas, según el calendario y
modalidades (presencial o en línea) que el propio Instituto concrete cada año. La
Comisión Académica del máster realizará la selección de estos estudiantes en prácticas.
Dichas prácticas no serán remuneradas a los estudiantes.
En el caso de que algunos alumnos del Máster realicen prácticas en la modalidad en
línea en el AVE Global, el Instituto Cervantes les proporcionará, durante el período de
prácticas, el correspondiente acceso a la plataforma en que esté ubicado.
La UNED se asegurará de que todos los estudiantes cuenten con un seguro de
accidentes y un seguro de responsabilidad civil durante el tiempo que realicen las
prácticas.
Séptima.
Regulación de las prácticas académicas.
1. La realización por parte de los alumnos de prácticas académicas curriculares en
el Instituto Cervantes o en la UNED quedan reguladas por lo dispuesto en este convenio
y en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios (BOE de 30 de julio de 2014).
2. Dada la naturaleza formativa de las prácticas, de su realización no se derivarán,
en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar
lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
3. En el caso de que al término de los estudios el estudiante se incorporase a la
plantilla de la UNED o del Instituto Cervantes el tiempo de las prácticas no se computará
a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos, ni eximirá del periodo de
prueba salvo que en el correspondiente convenio colectivo aplicable estuviese
cve: BOE-A-2020-11405
Verificable en https://www.boe.es
A) Características.