II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2020-11394)
Resolución de 17 de septiembre de 2020, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca concurso-oposición libre para proveer plazas de personal laboral en la categoría de Oficial de Servicios e Información, para personas con discapacidad intelectual.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258
Martes 29 de septiembre de 2020
Sec. II.B. Pág. 82060
identificación personal del aspirante en la parte de la hoja normalizada de examen que
haya de ser corregida por los mismos. El Secretario del Tribunal separará las partes
superior e inferior de las hojas de examen, guardando aquéllas en sobre cerrado y
asignando antes una clave que permita la identificación del opositor una vez corregido el
ejercicio. El Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren
nombre, rasgos, marcas o signos que permitan conocer su identidad o identificar de algún
modo el ejercicio.
6.1.3 Valoración de los Ejercicios. Los ejercicios de la fase de oposición tendrán
carácter de eliminatorios, de tal modo que será necesario superar el primer ejercicio para
poder participar en el segundo ejercicio. Asimismo, es necesario superar el segundo
ejercicio para poder participar en la fase de concurso.
Su valoración será la que se especifica en el anexo II, y constituirá un 70 % de la
puntuación total del Concurso-Oposición.
Corresponde al Tribunal Calificador la fijación del número necesario de preguntas
válidamente contestadas para ser calificado con el mínimo necesario para superar el
ejercicio, todo ello a la vista de la dificultad del ejercicio propuesto, número de plazas a
proveer, número de aspirantes y grado de conocimiento alcanzado con referencia al nivel
necesariamente exigible para el acceso a cada categoría.
6.1.4 Lista de aprobados de la Fase de Oposición. Concluido cada uno de los
ejercicios de la Fase de Oposición, el Tribunal hará públicas en el tablón de anuncios de la
sede electrónica de la Universidad de Salamanca y en aquellos otros que se estime
oportunos, las relaciones de aspirantes que han superado cada uno de ellos. Los
opositores que no se hallen incluidos en las correspondientes relaciones tendrán la
consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.
En el caso de ejercicios en los que la prueba consista en responder a un cuestionario
con respuestas alternativas, el tribunal publicará en la página Web de la Universidad de
Salamanca: (https://www.usal.es/pas), las soluciones al cuestionario planteado.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, desde el siguiente a la
realización de cada uno de los ejercicios de la Fase de Oposición, para plantear
reclamaciones contra las preguntas formuladas. Dichas reclamaciones deberán dirigirse,
debidamente documentadas, a la sede del Tribunal. Examinadas las posibles
reclamaciones, el Tribunal procederá a corregir el correspondiente ejercicio de la Fase de
Oposición. Asimismo, el Tribunal indicará, en su caso, en las correspondientes relaciones
de aprobados que se indican en el párrafo siguiente, las preguntas anuladas por el Tribunal
en base a las reclamaciones planteadas y, en su caso, en las que pueda haberse corregido
la respuesta correcta.
Finalizada la Fase de Oposición, el Tribunal hará pública en los lugares a que hace
referencia la base 5.2, la lista de los aspirantes que han superado esta Fase por el orden
de puntuación obtenida en la misma. En esta lista se hará constar a los aspirantes la
concesión del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de su
publicación para la presentación de la documentación justificativa de todos y cada uno de
los méritos que habrán de ser valorados en la Fase de Concurso y que se detallan en la
base siguiente.
Fase de Concurso.
6.2.1 Finalizada la Fase de Oposición tendrá lugar la Fase de Concurso. Tan sólo
participarán en esta Fase aquellos aspirantes que hayan superado la Fase de Oposición.
En esta Fase se valorarán los méritos profesionales establecidos para cada Grupo,
Categoría y Especialidad de los puestos que figuran en el anexo I de esta convocatoria y
su valoración se realizará de conformidad con el baremo fijado por cada Grupo, Categoría
y Especialidad en el anexo II (Fase de Concurso). El baremo de méritos aplicable a los
puestos de cada uno de los Grupos, Categorías y Especialidades constituirá un 30 % de la
puntuación total del Concurso-Oposición.
En ningún caso, los puntos obtenidos en esta Fase podrán ser computados para
superar los ejercicios que se hayan realizado en la Fase de Oposición.
cve: BOE-A-2020-11394
Verificable en https://www.boe.es
6.2
Núm. 258
Martes 29 de septiembre de 2020
Sec. II.B. Pág. 82060
identificación personal del aspirante en la parte de la hoja normalizada de examen que
haya de ser corregida por los mismos. El Secretario del Tribunal separará las partes
superior e inferior de las hojas de examen, guardando aquéllas en sobre cerrado y
asignando antes una clave que permita la identificación del opositor una vez corregido el
ejercicio. El Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren
nombre, rasgos, marcas o signos que permitan conocer su identidad o identificar de algún
modo el ejercicio.
6.1.3 Valoración de los Ejercicios. Los ejercicios de la fase de oposición tendrán
carácter de eliminatorios, de tal modo que será necesario superar el primer ejercicio para
poder participar en el segundo ejercicio. Asimismo, es necesario superar el segundo
ejercicio para poder participar en la fase de concurso.
Su valoración será la que se especifica en el anexo II, y constituirá un 70 % de la
puntuación total del Concurso-Oposición.
Corresponde al Tribunal Calificador la fijación del número necesario de preguntas
válidamente contestadas para ser calificado con el mínimo necesario para superar el
ejercicio, todo ello a la vista de la dificultad del ejercicio propuesto, número de plazas a
proveer, número de aspirantes y grado de conocimiento alcanzado con referencia al nivel
necesariamente exigible para el acceso a cada categoría.
6.1.4 Lista de aprobados de la Fase de Oposición. Concluido cada uno de los
ejercicios de la Fase de Oposición, el Tribunal hará públicas en el tablón de anuncios de la
sede electrónica de la Universidad de Salamanca y en aquellos otros que se estime
oportunos, las relaciones de aspirantes que han superado cada uno de ellos. Los
opositores que no se hallen incluidos en las correspondientes relaciones tendrán la
consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.
En el caso de ejercicios en los que la prueba consista en responder a un cuestionario
con respuestas alternativas, el tribunal publicará en la página Web de la Universidad de
Salamanca: (https://www.usal.es/pas), las soluciones al cuestionario planteado.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, desde el siguiente a la
realización de cada uno de los ejercicios de la Fase de Oposición, para plantear
reclamaciones contra las preguntas formuladas. Dichas reclamaciones deberán dirigirse,
debidamente documentadas, a la sede del Tribunal. Examinadas las posibles
reclamaciones, el Tribunal procederá a corregir el correspondiente ejercicio de la Fase de
Oposición. Asimismo, el Tribunal indicará, en su caso, en las correspondientes relaciones
de aprobados que se indican en el párrafo siguiente, las preguntas anuladas por el Tribunal
en base a las reclamaciones planteadas y, en su caso, en las que pueda haberse corregido
la respuesta correcta.
Finalizada la Fase de Oposición, el Tribunal hará pública en los lugares a que hace
referencia la base 5.2, la lista de los aspirantes que han superado esta Fase por el orden
de puntuación obtenida en la misma. En esta lista se hará constar a los aspirantes la
concesión del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de su
publicación para la presentación de la documentación justificativa de todos y cada uno de
los méritos que habrán de ser valorados en la Fase de Concurso y que se detallan en la
base siguiente.
Fase de Concurso.
6.2.1 Finalizada la Fase de Oposición tendrá lugar la Fase de Concurso. Tan sólo
participarán en esta Fase aquellos aspirantes que hayan superado la Fase de Oposición.
En esta Fase se valorarán los méritos profesionales establecidos para cada Grupo,
Categoría y Especialidad de los puestos que figuran en el anexo I de esta convocatoria y
su valoración se realizará de conformidad con el baremo fijado por cada Grupo, Categoría
y Especialidad en el anexo II (Fase de Concurso). El baremo de méritos aplicable a los
puestos de cada uno de los Grupos, Categorías y Especialidades constituirá un 30 % de la
puntuación total del Concurso-Oposición.
En ningún caso, los puntos obtenidos en esta Fase podrán ser computados para
superar los ejercicios que se hayan realizado en la Fase de Oposición.
cve: BOE-A-2020-11394
Verificable en https://www.boe.es
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