I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2020-7437)
Real Decreto 644/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 187
Miércoles 8 de julio de 2020
Sec. I. Pág. 48649
3.
De la Subsecretaría dependen los siguientes órganos directivos:
a)
b)
c)
d)
La Secretaría General Técnica.
La Dirección General del Servicio Exterior.
La Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares.
La Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes.
cve: BOE-A-2020-7437
Verificable en https://www.boe.es
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y el apoyo en la
coordinación de las iniciativas de este Departamento en materia de gobierno abierto.
f) El desarrollo de las funciones propias de la Unidad de Igualdad del
Departamento, previstas en el artículo 77 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en el Real Decreto 259/2019, de 12 de
abril, por el que se regulan las Unidades de Igualdad de la Administración General del
Estado.
g) La tramitación de los proyectos de disposiciones de carácter general que
promueva el Ministerio y de las solicitudes de informes de otros Departamentos. La
tramitación de los expedientes de responsabilidad patrimonial, la formulación de
propuestas de resolución de recursos administrativos, y las relaciones con los órganos
jurisdiccionales.
h) El impulso y coordinación de las relaciones institucionales con los demás
Departamentos, Administraciones Públicas y organismos y entidades que tengan
relación con el Ministerio.
i) La preparación, tramitación, seguimiento y depósito de los tratados
internacionales de los que España sea parte.
j) La selección y formación de funcionarios del Cuerpo de la Carrera Diplomática y
del Cuerpo de Traductores e Intérpretes.
k) La asistencia a la persona titular del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación en la formulación y ejecución de la política exterior de España en
los ámbitos de extranjería, protección de los españoles en el exterior, gestión de
situaciones de emergencia y crisis que afecten a españoles en el extranjero y
supervisión de las actuaciones de las oficinas consulares españolas en la gestión de los
servicios de la Administración General del Estado que se presten en el exterior.
l) La coordinación de las actividades relacionadas con el ejercicio del derecho de
petición.
m) La Presidencia de la Obra Pía de los Santos Lugares y de la Junta del Patronato
de dicho organismo.
n) Las relaciones con la Santa Sede y la Soberana Orden de Malta.
ñ) La coordinación de las evaluaciones de las políticas públicas de competencia del
Departamento y, en su caso, la realización de aquellas que determine la persona titular
del Ministerio, de acuerdo con el plan de evaluaciones de políticas públicas que apruebe
el Consejo de Ministros, con el apoyo del Instituto para la Evaluación de Políticas
Públicas del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
o) La planificación, coordinación y seguimiento de las medidas destinadas a
asegurar la sostenibilidad del Ministerio en cumplimiento de los objetivos de desarrollo
sostenible de la Agenda 2030 en los ámbitos de competencia de la Subsecretaría.
p) El ejercicio, semestralmente y con carácter rotatorio, de la Presidencia o de la
Vicepresidencia de la Comisión Interministerial de coordinación en materia de tratados y
otros acuerdos internacionales, en la forma establecida en el artículo 3.1 del Real
Decreto 598/2019, de 18 de octubre, por el que se regula la composición y el
funcionamiento de la Comisión Interministerial de coordinación en materia de tratados y
otros acuerdos internacionales.
Núm. 187
Miércoles 8 de julio de 2020
Sec. I. Pág. 48649
3.
De la Subsecretaría dependen los siguientes órganos directivos:
a)
b)
c)
d)
La Secretaría General Técnica.
La Dirección General del Servicio Exterior.
La Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares.
La Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes.
cve: BOE-A-2020-7437
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transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y el apoyo en la
coordinación de las iniciativas de este Departamento en materia de gobierno abierto.
f) El desarrollo de las funciones propias de la Unidad de Igualdad del
Departamento, previstas en el artículo 77 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en el Real Decreto 259/2019, de 12 de
abril, por el que se regulan las Unidades de Igualdad de la Administración General del
Estado.
g) La tramitación de los proyectos de disposiciones de carácter general que
promueva el Ministerio y de las solicitudes de informes de otros Departamentos. La
tramitación de los expedientes de responsabilidad patrimonial, la formulación de
propuestas de resolución de recursos administrativos, y las relaciones con los órganos
jurisdiccionales.
h) El impulso y coordinación de las relaciones institucionales con los demás
Departamentos, Administraciones Públicas y organismos y entidades que tengan
relación con el Ministerio.
i) La preparación, tramitación, seguimiento y depósito de los tratados
internacionales de los que España sea parte.
j) La selección y formación de funcionarios del Cuerpo de la Carrera Diplomática y
del Cuerpo de Traductores e Intérpretes.
k) La asistencia a la persona titular del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación en la formulación y ejecución de la política exterior de España en
los ámbitos de extranjería, protección de los españoles en el exterior, gestión de
situaciones de emergencia y crisis que afecten a españoles en el extranjero y
supervisión de las actuaciones de las oficinas consulares españolas en la gestión de los
servicios de la Administración General del Estado que se presten en el exterior.
l) La coordinación de las actividades relacionadas con el ejercicio del derecho de
petición.
m) La Presidencia de la Obra Pía de los Santos Lugares y de la Junta del Patronato
de dicho organismo.
n) Las relaciones con la Santa Sede y la Soberana Orden de Malta.
ñ) La coordinación de las evaluaciones de las políticas públicas de competencia del
Departamento y, en su caso, la realización de aquellas que determine la persona titular
del Ministerio, de acuerdo con el plan de evaluaciones de políticas públicas que apruebe
el Consejo de Ministros, con el apoyo del Instituto para la Evaluación de Políticas
Públicas del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
o) La planificación, coordinación y seguimiento de las medidas destinadas a
asegurar la sostenibilidad del Ministerio en cumplimiento de los objetivos de desarrollo
sostenible de la Agenda 2030 en los ámbitos de competencia de la Subsecretaría.
p) El ejercicio, semestralmente y con carácter rotatorio, de la Presidencia o de la
Vicepresidencia de la Comisión Interministerial de coordinación en materia de tratados y
otros acuerdos internacionales, en la forma establecida en el artículo 3.1 del Real
Decreto 598/2019, de 18 de octubre, por el que se regula la composición y el
funcionamiento de la Comisión Interministerial de coordinación en materia de tratados y
otros acuerdos internacionales.