III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2020-7350)
Resolución de 11 de marzo de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Peñafiel, por la que suspende la inscripción de una escritura de declaración de obra nueva terminada y adaptación catastral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de julio de 2020

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sobre ese espacio libre, que insistimos esta debajo de nuestra propiedad y que por tanto
también nos pertenece en pleno dominio.»
IV
La registradora de la Propiedad de Peñafiel emitió informe ratificando la calificación
en todos sus extremos y elevó el expediente a la Dirección General de los Registros y
del Notariado.
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 9, 10, 18, 19 bis, 199, 201, 326 y 327 de la Ley Hipotecaria, y las
resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 19 de
octubre 2016, 20 y 26 de septiembre de 2017, 7 de febrero, 8 y 21 de marzo, 13 y 24 de
abril, 21 de mayo, 5 de julio y 25 de septiembre de 2018 y 15 y 21 de febrero de 2019
y 30 de octubre de 2019.
1. Es objeto de este expediente la denegación de una inscripción de representación
gráfica catastral de una finca y consiguiente rectificación de su descripción.
La finca registral 15.971 del término de Peñafiel figura en el registro como casa que
consta de piso principal, entresuelo, desván y corral, con una superficie de 60 metros
cuadrados (sin que se diferencie la superficie de suelo y la construida). Se incorpora
informe técnico que arroja una superficie de 143 metros cuadrados construidos,
expresando que «actualmente la finca dispone de una superficie en planta baja no
inscrita registralmente que asciende a 15,90 metros cuadrados». Según certificación
catastral descriptiva y gráfica incorporada al informe técnico la superficie de la
representación gráfica catastral de la parcela 0539003VM1003N0001MJ es de 75 metros
cuadrados y la superficie construida es de 131 metros cuadrados.
En la escritura el notario autorizante advierte que no puede incluir la certificación
catastral descriptiva y gráfica por estar el inmueble sujeto a un procedimiento de
actualización.
Una vez tramitado el expediente previsto en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, la
registradora deniega la inscripción de la representación gráfica considerando las
alegaciones presentadas por el titular de una parcela catastral colindante que aporta un
informe técnico en el que se documenta la existencia de un engalabemo o superposición
de fincas.
El recurrente alega, en síntesis, que, aun reconociendo que existe un espacio libre
bajo su vivienda al que no puede acceder ningún colindante, no se trata de un
engalaberno puesto que el dominio de su finca se extiende en sentido vertical por
aplicación del principio de accesión y del artículo 350 del Código Civil; más aún cuando
el colindante no aporta título de dominio sobre el espacio existente. Asimismo alega que
la mera oposición de quien no ha acreditado ser titular registral de la finca no es motivo
suficiente para la denegación de la inscripción y que es necesario que la oposición este
fundamentada.
2. En primer lugar, a la vista del contenido del informe de la registradora, debe esta
Dirección General pronunciarse acerca de si el recurso ha sido interpuesto dentro del
plazo legalmente previsto.
A tenor de la documentación presentada en la tramitación del recurso, podemos
reconocer que la calificación se emite con fecha 11 de noviembre de 2019, siendo
notificada el día 15 del mismo mes. El recurso se interpone el día 16 de diciembre
de 2019 en el Registro de la Propiedad de Colmenar Viejo número 1, siendo recibida la
documentación en el Registro de Peñafiel el día 19 de diciembre de 2019.
El plazo para la interposición, tal y como señala el artículo 326 de la Ley Hipotecaria,
es de un mes desde la notificación de la calificación. Añade el artículo 327 que el recurso
«podrá presentarse en (...) cualquier Registro de la Propiedad para que sea
inmediatamente remitido al Registrador cuya calificación o negativa a practicar la

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