I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2020-7311)
Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de julio de 2020
Sec. I. Pág. 47686
largo plazo de compra de energía con el fin de proporcionar un marco de costes estable a
las empresas con un alto consumo eléctrico, en particular en el ámbito industrial.
Además de las medidas sectoriales, se han ido adaptando los diferentes instrumentos
de apoyo de carácter horizontal a las necesidades de la fase de reactivación económica.
Así, el régimen extraordinario de apoyo y facilitación a los Expedientes de Regulación
Temporal de Empleo (ERTE) por causas de relacionadas con el COVID-19, aprobado por
el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, fue prorrogado hasta el 30 de junio y adaptado
al proceso de transición a la nueva normalidad, incentivando la reactivación de
trabajadores, mediante el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, que recoge los
términos del Acuerdo Social en Defensa del Empleo entre los agentes sociales y el
Gobierno. Una vez alcanzada la nueva normalidad, con el fin de incentivar la
reincorporación de los trabajadores y la reactivación empresarial, el Real Decreto-ley
24/2020, de 26 de junio, ha supuesto un paso más en el apoyo a los ERTE como
instrumento de reactivación económica, prorrogando el régimen extraordinario hasta el 30
de septiembre y contando de nuevo con el consenso de los agentes sociales, a través del
II Acuerdo en Defensa del Empleo. Este marco de apoyo sostenido a los ERTE ha
permitido un importante ritmo de reincorporación de trabajadores a partir del fin de las
medidas de hibernación de la economía, acompañando así la fase de reactivación, y
facilitando la reincorporación de más de un millón y medio de los trabajadores afectados
por ERTE. Asimismo, el Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, ha extendido hasta el
30 de septiembre el régimen de protección especial para los trabajadores autónomos.
Como complemento de estas medidas, es necesario extender los mecanismos de apoyo
financiero al tejido productivo, con el fin de no solo garantizar la liquidez del sistema sino
también impulsar la inversión productiva y la adaptación de las empresas, apoyando la
solvencia de aquellas de carácter estratégico para evitar que las dificultades transitorias que
padecen acaben teniendo un impacto social o económico contrario al interés general. El
proceso debe garantizar que los recursos públicos de apoyo a la solvencia se destinan a
actividades viables y estratégicas para el país y que se optimiza el retorno para el
contribuyente y para el conjunto de la sociedad de las inversiones realizadas en este ámbito.
Para luchar contra la crisis, potenciar la reconstrucción económica y social y fomentar
el crecimiento futuro, no basta con la conservación del tejido productivo, sino que es
necesario adaptarlo a los cambios estructurales que se van a acelerar como consecuencia
de la crisis sanitaria, para lo que serán necesarias inversiones tanto públicas como
privadas. Por lo tanto, resulta primordial establecer las facilidades pertinentes para la
realización de estas inversiones que se deberán centrar en sectores que fomenten el
crecimiento potencial de la economía, así como su sostenibilidad en el largo plazo, en
particular, en la transición digital y medioambiental.
En esta misma línea, la Comisión Europea ha propuesto la creación de un nuevo
instrumento de apoyo a la solvencia (Solvency Support Mechanism), destinado a financiar
a través del BEI la toma de participaciones en el capital de empresas solventes a medio
plazo que puedan necesitar un refuerzo ante la caída extraordinaria de actividad.
En esta misma línea de incrementar la resiliencia de la economía española, es vital
impulsar la internacionalización de las empresas, con el fin de amortiguar la caída de las
exportaciones en un contexto de importante choque negativo sobre el comercio
internacional y las cadenas de producción.
Las dificultades que atraviesan nuestra economía y el tejido empresarial exigen una
concentración de esfuerzos, respaldando con fondos públicos la reactivación en el
segundo semestre de 2020, para apoyar la creación de empleo y la inversión y lograr
recuperar un crecimiento robusto y sostenible en el periodo 2021-2022. Con estos
objetivos, el presente real decreto-ley aprueba un conjunto de medidas de apoyo al sector
productivo, al empleo y a las rentas, que implican una destacada movilización de recursos
públicos con efecto inmediato en 2020.
En concreto, en cuanto al apoyo a la solvencia y la inversión, se extienden y adaptan
las medidas de apoyo financiero mediante la aprobación de una nueva línea de avales ICO
de 40.000 millones de euros, orientada principalmente a financiar inversiones productivas.
cve: BOE-A-2020-7311
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 185
Lunes 6 de julio de 2020
Sec. I. Pág. 47686
largo plazo de compra de energía con el fin de proporcionar un marco de costes estable a
las empresas con un alto consumo eléctrico, en particular en el ámbito industrial.
Además de las medidas sectoriales, se han ido adaptando los diferentes instrumentos
de apoyo de carácter horizontal a las necesidades de la fase de reactivación económica.
Así, el régimen extraordinario de apoyo y facilitación a los Expedientes de Regulación
Temporal de Empleo (ERTE) por causas de relacionadas con el COVID-19, aprobado por
el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, fue prorrogado hasta el 30 de junio y adaptado
al proceso de transición a la nueva normalidad, incentivando la reactivación de
trabajadores, mediante el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, que recoge los
términos del Acuerdo Social en Defensa del Empleo entre los agentes sociales y el
Gobierno. Una vez alcanzada la nueva normalidad, con el fin de incentivar la
reincorporación de los trabajadores y la reactivación empresarial, el Real Decreto-ley
24/2020, de 26 de junio, ha supuesto un paso más en el apoyo a los ERTE como
instrumento de reactivación económica, prorrogando el régimen extraordinario hasta el 30
de septiembre y contando de nuevo con el consenso de los agentes sociales, a través del
II Acuerdo en Defensa del Empleo. Este marco de apoyo sostenido a los ERTE ha
permitido un importante ritmo de reincorporación de trabajadores a partir del fin de las
medidas de hibernación de la economía, acompañando así la fase de reactivación, y
facilitando la reincorporación de más de un millón y medio de los trabajadores afectados
por ERTE. Asimismo, el Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, ha extendido hasta el
30 de septiembre el régimen de protección especial para los trabajadores autónomos.
Como complemento de estas medidas, es necesario extender los mecanismos de apoyo
financiero al tejido productivo, con el fin de no solo garantizar la liquidez del sistema sino
también impulsar la inversión productiva y la adaptación de las empresas, apoyando la
solvencia de aquellas de carácter estratégico para evitar que las dificultades transitorias que
padecen acaben teniendo un impacto social o económico contrario al interés general. El
proceso debe garantizar que los recursos públicos de apoyo a la solvencia se destinan a
actividades viables y estratégicas para el país y que se optimiza el retorno para el
contribuyente y para el conjunto de la sociedad de las inversiones realizadas en este ámbito.
Para luchar contra la crisis, potenciar la reconstrucción económica y social y fomentar
el crecimiento futuro, no basta con la conservación del tejido productivo, sino que es
necesario adaptarlo a los cambios estructurales que se van a acelerar como consecuencia
de la crisis sanitaria, para lo que serán necesarias inversiones tanto públicas como
privadas. Por lo tanto, resulta primordial establecer las facilidades pertinentes para la
realización de estas inversiones que se deberán centrar en sectores que fomenten el
crecimiento potencial de la economía, así como su sostenibilidad en el largo plazo, en
particular, en la transición digital y medioambiental.
En esta misma línea, la Comisión Europea ha propuesto la creación de un nuevo
instrumento de apoyo a la solvencia (Solvency Support Mechanism), destinado a financiar
a través del BEI la toma de participaciones en el capital de empresas solventes a medio
plazo que puedan necesitar un refuerzo ante la caída extraordinaria de actividad.
En esta misma línea de incrementar la resiliencia de la economía española, es vital
impulsar la internacionalización de las empresas, con el fin de amortiguar la caída de las
exportaciones en un contexto de importante choque negativo sobre el comercio
internacional y las cadenas de producción.
Las dificultades que atraviesan nuestra economía y el tejido empresarial exigen una
concentración de esfuerzos, respaldando con fondos públicos la reactivación en el
segundo semestre de 2020, para apoyar la creación de empleo y la inversión y lograr
recuperar un crecimiento robusto y sostenible en el periodo 2021-2022. Con estos
objetivos, el presente real decreto-ley aprueba un conjunto de medidas de apoyo al sector
productivo, al empleo y a las rentas, que implican una destacada movilización de recursos
públicos con efecto inmediato en 2020.
En concreto, en cuanto al apoyo a la solvencia y la inversión, se extienden y adaptan
las medidas de apoyo financiero mediante la aprobación de una nueva línea de avales ICO
de 40.000 millones de euros, orientada principalmente a financiar inversiones productivas.
cve: BOE-A-2020-7311
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 185