I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2020-7311)
Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Lunes 6 de julio de 2020
Artículo 25.
Sec. I. Pág. 47709
Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes y comenzará el día
siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido darán lugar a su
inadmisión.
Artículo 26.
Formalización y presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes para la obtención de ayuda se dirigirán a la Secretaría de Estado
de Turismo, órgano competente para instruir el procedimiento, y estarán disponibles para
su cumplimentación y presentación en el Portal de Ayudas del Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo (https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas), donde se dispondrán los
medios electrónicos de ayuda necesarios.
2. Cuando los solicitantes sean personas jurídicas, cada solicitud de financiación
deberá acompañarse de la siguiente documentación:
– No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, ni estar
sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión
Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
– Estar al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros
préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los Presupuestos Generales
del Estado.
– No estar incurso en ninguna de las prohibiciones a las que se refiere el artículo 13.2
de la Ley General de Subvenciones, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 26
y 27 del Reglamento de subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio.
– Que cumplirá toda la normativa nacional y de la Unión Europea que resulte de
aplicación, en particular en materia de competencia, contratación y adjudicación de
obras y suministros y medio ambiente, y que se compromete a presentar en el
momento de disponer de ellas, todas las licencias, autorizaciones y permisos
necesarios para el proyecto.
– Que entre los gastos para los que se solicita la ayuda no existen operaciones con
personas o entidades vinculadas al solicitante, o en caso contrario, declaración de la
citada vinculación y de que la operación cumple los requisitos exigidos en el artículo
15.4.a) de este real decreto ley.
cve: BOE-A-2020-7311
Verificable en https://www.boe.es
a) Formulario de solicitud de financiación y cuestionario electrónico: Fichero firmado
electrónicamente cumplimentado necesariamente con los medios electrónicos disponibles
en el Portal de ayudas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (https://www.
mincotur.gob.es/PortalAyudas), que incluirá una declaración de otras ayudas concurrentes
con la inversión presentada.
b) Memoria descriptiva del proyecto, según la estructura y contenido establecido la
convocatoria y firmada electrónicamente. En el caso de disponer de las licencias,
autorizaciones y permisos necesarios para el proyecto, deberán aportarse como
documento anexo a la memoria.
c) Acreditación válida del poder del firmante de la solicitud por cualquier medio válido
en derecho que deje constancia fidedigna de su existencia.
d) Liquidación del Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio 2018 y del
2019 si la solicitud se presenta finalizado el plazo para la liquidación de dicho impuesto; y
cuentas del ejercicio 2019, auditadas si está obligado a ello.
e) Documento público acreditativo de los fondos propios, debidamente inscrito en el
registro correspondiente. En caso elementos de capital social o aportaciones de socios no
dinerarias, tasación por experto independiente debidamente colegiado.
f) Declaraciones trimestrales de IVA correspondientes al ejercicio 2019.
g) Las siguientes declaraciones responsables de:
Núm. 185
Lunes 6 de julio de 2020
Artículo 25.
Sec. I. Pág. 47709
Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes y comenzará el día
siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido darán lugar a su
inadmisión.
Artículo 26.
Formalización y presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes para la obtención de ayuda se dirigirán a la Secretaría de Estado
de Turismo, órgano competente para instruir el procedimiento, y estarán disponibles para
su cumplimentación y presentación en el Portal de Ayudas del Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo (https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas), donde se dispondrán los
medios electrónicos de ayuda necesarios.
2. Cuando los solicitantes sean personas jurídicas, cada solicitud de financiación
deberá acompañarse de la siguiente documentación:
– No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, ni estar
sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión
Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
– Estar al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros
préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los Presupuestos Generales
del Estado.
– No estar incurso en ninguna de las prohibiciones a las que se refiere el artículo 13.2
de la Ley General de Subvenciones, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 26
y 27 del Reglamento de subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio.
– Que cumplirá toda la normativa nacional y de la Unión Europea que resulte de
aplicación, en particular en materia de competencia, contratación y adjudicación de
obras y suministros y medio ambiente, y que se compromete a presentar en el
momento de disponer de ellas, todas las licencias, autorizaciones y permisos
necesarios para el proyecto.
– Que entre los gastos para los que se solicita la ayuda no existen operaciones con
personas o entidades vinculadas al solicitante, o en caso contrario, declaración de la
citada vinculación y de que la operación cumple los requisitos exigidos en el artículo
15.4.a) de este real decreto ley.
cve: BOE-A-2020-7311
Verificable en https://www.boe.es
a) Formulario de solicitud de financiación y cuestionario electrónico: Fichero firmado
electrónicamente cumplimentado necesariamente con los medios electrónicos disponibles
en el Portal de ayudas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (https://www.
mincotur.gob.es/PortalAyudas), que incluirá una declaración de otras ayudas concurrentes
con la inversión presentada.
b) Memoria descriptiva del proyecto, según la estructura y contenido establecido la
convocatoria y firmada electrónicamente. En el caso de disponer de las licencias,
autorizaciones y permisos necesarios para el proyecto, deberán aportarse como
documento anexo a la memoria.
c) Acreditación válida del poder del firmante de la solicitud por cualquier medio válido
en derecho que deje constancia fidedigna de su existencia.
d) Liquidación del Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio 2018 y del
2019 si la solicitud se presenta finalizado el plazo para la liquidación de dicho impuesto; y
cuentas del ejercicio 2019, auditadas si está obligado a ello.
e) Documento público acreditativo de los fondos propios, debidamente inscrito en el
registro correspondiente. En caso elementos de capital social o aportaciones de socios no
dinerarias, tasación por experto independiente debidamente colegiado.
f) Declaraciones trimestrales de IVA correspondientes al ejercicio 2019.
g) Las siguientes declaraciones responsables de: