I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2020-7314)
Real Decreto 567/2020, de 16 de junio, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se modifica el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Lunes 6 de julio de 2020
Sec. I. Pág. 47801
CR3.7 Las actividades alternativas y competiciones, actividades y eventos de escalada para menores del programa de trabajo establecido en la programación de
referencia se determinan para solucionar las situaciones imprevistas y la falta de
adaptación del deportista.
RP4: Ejecutar los procedimientos de seguimiento y valoración de las actividades de iniciación en escalada conforme a la programación de referencia para cumplir con los objetivos
previstos.
CR4.1 Los errores de los deportistas relativos a la ejecución técnica durante su iniciación en escalada, se identifican individualmente para proponer pautas en relación
a medios y tareas para su corrección.
CR4.2 Las técnicas e instrumentos de seguimiento y valoración se identifican y aplican conforme a la metodología expresada en la programación de referencia en función de las características de los deportistas, registrando las incidencias y dificultades derivadas de su aplicación, para obtener información acerca del desarrollo y de
la adecuación de la actividad.
CR4.3 La información obtenida con las técnicas e instrumentos según la programación de referencia recibe el tratamiento sistemático y objetivo de cálculo y registro
para comparar entre los objetivos, los previstos y los finalmente alcanzados.
CR4.4 Los datos obtenidos de los controles se transmiten en la fecha, modelo de
recogida y registro de datos y soporte físico y/o informático previstos en la programación de referencia, para retroalimentar el proceso.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Recorridos equipados de dificultad 6b y longitud mínima de 25 metros, en escalada a
vista. Recorrido, no equipado, de dificultad de A2 y longitud mínima de 25 metros en escalada artificial o rocódromo ROC 30. Material individual: casco, arnés, cabo de anclaje,
pies de Gato. Material técnico colectivo: cuerdas, cintas expres, mosquetones de seguridad, entre otros. Manual técnico.
Productos y resultados:
Información utilizada o generada:
Programas de iniciación deportiva en escalada y sus modalidades. Manuales de iniciación
al entrenamiento. Manuales de iniciación deportiva en escalada. Videos de modelos técnicos. Revistas y libros especializados en cualquier formato. Reglamento de escalada deportiva. Guías y normativa para la acción preventiva. Documentación técnica de equipos y
medios materiales. Programación general de referencia. Fichas de las sesiones. Ficha de
control de mantenimiento. Normativa aplicable.
cve: BOE-A-2020-7314
Verificable en https://www.boe.es
Concreción y desarrollo de sesiones secuenciadas de un programa de iniciación en escalada. Revisión de la instalación, los medios materiales y su operatividad en sesiones de
iniciación deportiva en escalada. Seguimiento y valoración de las actividades de iniciación
deportiva en escalada.
Núm. 185
Lunes 6 de julio de 2020
Sec. I. Pág. 47801
CR3.7 Las actividades alternativas y competiciones, actividades y eventos de escalada para menores del programa de trabajo establecido en la programación de
referencia se determinan para solucionar las situaciones imprevistas y la falta de
adaptación del deportista.
RP4: Ejecutar los procedimientos de seguimiento y valoración de las actividades de iniciación en escalada conforme a la programación de referencia para cumplir con los objetivos
previstos.
CR4.1 Los errores de los deportistas relativos a la ejecución técnica durante su iniciación en escalada, se identifican individualmente para proponer pautas en relación
a medios y tareas para su corrección.
CR4.2 Las técnicas e instrumentos de seguimiento y valoración se identifican y aplican conforme a la metodología expresada en la programación de referencia en función de las características de los deportistas, registrando las incidencias y dificultades derivadas de su aplicación, para obtener información acerca del desarrollo y de
la adecuación de la actividad.
CR4.3 La información obtenida con las técnicas e instrumentos según la programación de referencia recibe el tratamiento sistemático y objetivo de cálculo y registro
para comparar entre los objetivos, los previstos y los finalmente alcanzados.
CR4.4 Los datos obtenidos de los controles se transmiten en la fecha, modelo de
recogida y registro de datos y soporte físico y/o informático previstos en la programación de referencia, para retroalimentar el proceso.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Recorridos equipados de dificultad 6b y longitud mínima de 25 metros, en escalada a
vista. Recorrido, no equipado, de dificultad de A2 y longitud mínima de 25 metros en escalada artificial o rocódromo ROC 30. Material individual: casco, arnés, cabo de anclaje,
pies de Gato. Material técnico colectivo: cuerdas, cintas expres, mosquetones de seguridad, entre otros. Manual técnico.
Productos y resultados:
Información utilizada o generada:
Programas de iniciación deportiva en escalada y sus modalidades. Manuales de iniciación
al entrenamiento. Manuales de iniciación deportiva en escalada. Videos de modelos técnicos. Revistas y libros especializados en cualquier formato. Reglamento de escalada deportiva. Guías y normativa para la acción preventiva. Documentación técnica de equipos y
medios materiales. Programación general de referencia. Fichas de las sesiones. Ficha de
control de mantenimiento. Normativa aplicable.
cve: BOE-A-2020-7314
Verificable en https://www.boe.es
Concreción y desarrollo de sesiones secuenciadas de un programa de iniciación en escalada. Revisión de la instalación, los medios materiales y su operatividad en sesiones de
iniciación deportiva en escalada. Seguimiento y valoración de las actividades de iniciación
deportiva en escalada.