I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2020-7314)
Real Decreto 567/2020, de 16 de junio, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se modifica el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de julio de 2020

Sec. I. Pág. 47800

CR2.6 La valoración de los riesgos laborales se estima según el protocolo y guía
para la acción preventiva de la entidad, identificándolos e informando de los resultados para que sean minimizados dentro de los márgenes tolerables.
RP3: Dirigir y dinamizar sesiones de iniciación en escalada, atendiendo a la programación
de referencia y las medidas de prevención de riesgos, aplicando las estrategias metodológicas y utilizando los medios materiales para conseguir el desarrollo de la actividad
prevista.
CR3.1 Las características, necesidades, objetivos y expectativas de los deportistas
de iniciación deportiva en escalada en relación con las actividades se identifican y
atienden, comprobando que la vestimenta y materiales personales se encuentran
en condiciones de uso para el desarrollo de la actividad y atendiendo a criterios de
accesibilidad.
CR3.2 La distribución temporal y la secuenciación de las actividades de iniciación
deportiva programadas se aplican siguiendo la programación de referencia, dinamizando las actividades positivamente durante el proceso.
CR3.3 El contenido de las sesiones se explica al deportista, para informarle, entre
otros aspectos, sobre:
– La indumentaria personal.
– La utilización del material y de los equipos.
– Las tareas a realizar y su finalidad.
– Las condiciones de seguridad.
CR3.4 Los ejercicios, los gestos técnicos y la utilización de los materiales se demuestran y se explican para asegurar el desarrollo de la actividad:
– Utilizando la terminología de escalada.
– Relacionando la actitud con la seguridad personal, la de los demás participantes y
el uso de los materiales y las instalaciones.
– Puntualizando los detalles y anticipando los posibles errores de ejecución.
– Anticipándose a las posibles situaciones de riesgo.
– Asegurándose de que las indicaciones son comprendidas, especialmente por parte de los usuarios con limitaciones en la percepción y/o interpretación.
CR3.5 La ubicación del técnico durante toda la actividad se determina permitiendo
controlar visualmente al deportista y/o grupo y dar instrucciones, para conseguir:
– La comprensión de sus explicaciones.
– La seguridad de la actividad, anticipándose a las posibles contingencias.
– La eficiencia en sus intervenciones.
– Captar el interés hacia las actividades.
– Favorecer la motivación y participación.
CR3.6 Los conocimientos básicos sobre las características del medio natural, la fragilidad de su ecosistema, la protección del patrimonio natural se transmiten durante
el desarrollo de las actividades de escalada, atendiendo a las características de los
participantes y la estructura de la sesión.

cve: BOE-A-2020-7314
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Núm. 185