III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2020-7228)
Resolución de 19 de junio de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Michelín España Portugal, SA, para los centros de trabajo de Tres Cantos (Madrid) y de Illescas (Toledo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183

Viernes 3 de julio de 2020

Artículo 15.

Sec. III. Pág. 47167

Prima de resultados.

I. Prima de resultados MEPSA.
Se establece una Prima de Resultados que se abonará una sola vez, a principios
de 2021, en base a los valores reales de producción de producto terminado, de ventas
de reemplazo MEPSA y de evolución de la inflación, que se fijan para la suma del
periodo 2019 y 2020.
Valores objetivo, establecidos para la determinación de la Prima de Resultados.
Producción Total MEPSA de producto terminado:
• Periodo 2019-2020:
– Si la producción es igual o superior a 848.000 toneladas: 1 % de un salario anual
– Si la producción es igual o superior a 832.000 toneladas e inferior a 848.000
toneladas: 0,5 % de un salario anual
– Si la producción es inferior a 832.000 toneladas: 0 %
Ventas de Reemplazo de MEPSA (en España y Portugal).
• Periodo 2019-2020:
– Si las Ventas de Reemplazo de MEPSA son iguales o superiores a 197.600
toneladas: 1 % de un salario anual
– Si las Ventas de Reemplazo de MEPSA son iguales o superiores a 196.000
toneladas e inferiores a 197.600 toneladas: 0,5 % de un salario anual
– Si las Ventas de Reemplazo de MEPSA son inferiores a 196.000 toneladas: 0 %
Evolución de la inflación:
• Periodo 2019-2020:

Para facilitar el seguimiento de estos objetivos, la Dirección de la Empresa facilitará
la información de la evolución de los mismos en los informes trimestrales a los CE.
El valor de esta prima podrá llegar hasta un 3 % del salario de referencia. Los pluses
considerados serán todos excepto las puntas de producción, horas extraordinarias,
primas de disponibilidad, etc. Se considera el salario de 2020 para todo el período -, que
sería la suma de hasta un 1 % para el objetivo de producción, de hasta un 1 % para el
objetivo de ventas de reemplazo y de hasta un 1 % por evolución del IPC.
Será condición necesaria para la percepción de la Prima estar de alta en la Empresa
en el momento de finalización del periodo bienal de devengo (31 de diciembre de 2020),
con independencia de la causa que haya motivado la baja del trabajador/a.
Aquellos trabajadores/as que se incorporen a la Empresa una vez iniciado el periodo
bienal de devengo, percibirán el importe proporcional al periodo en que se encuentren de
alta en la misma.
La cantidad percibida en concepto de Prima de Resultados MEPSA no se tomará en
consideración para la determinación de ningún otro concepto retributivo ni tendrá, en
ningún caso, carácter consolidable, estando vinculada al cumplimiento de los objetivos
señalados en el apartado I del presente artículo.

cve: BOE-A-2020-7228
Verificable en https://www.boe.es

– Si la suma del IPC real de los años 2019 y 2020 es igual o superior al 2,25 %, el 1
% de un salario anual.
– Si la suma del IPC real de los años 2019 y 2020 es igual o superior al 1,75% e inferior
al 2,25 %, el 0,5 % de un salario anual.
– Si la suma del IPC real de los años 2019 y 2020 es inferior al 1,75%: 0 %