III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2020-7228)
Resolución de 19 de junio de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Michelín España Portugal, SA, para los centros de trabajo de Tres Cantos (Madrid) y de Illescas (Toledo).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 47174
personas: en particular, en relación con el sexo, la orientación sexual, la edad, el origen
étnico o racial, las nacionalidades y culturas, las creencias y las discapacidades.
Algunas de las acciones más características sobre las que se centra nuestra
dinámica compartida de potenciación de la diversidad, son:
– Sensibilizar y/o formar a todas las personas de la organización en los principios
que caracterizan una política activa y comprometida en materia de diversidad, en
particular en lo que respecta a aquellas personas que se ven más directamente
implicadas en los procesos de gestión de los recursos humanos, en el convencimiento
de que se trata de un auténtico desafío, íntimo y personal, que requiere del compromiso
individual de cada una de las personas que formamos parte de la Empresa.
– Fiabilizar y optimizar todos los procesos de gestión de las personas, para continuar
asegurando la absoluta ausencia de toda forma de discriminación, directa o indirecta, y
la magnificación del principio de igualdad de oportunidades, de forma que sean siempre
los talentos y los méritos de cada persona los que entren en juego a la hora de cubrir los
puestos de trabajo con los candidatos más idóneos, pero evitando, también, que en
nombre de la diversidad se puedan tomar decisiones de evolución profesional no
acordes con los perfiles requeridos por cada puesto de trabajo o función.
– Trabajar por la existencia de unas ratios de distribución plural de las plantillas, en
especial en lo que respecta a los colectivos menos representados –como las mujeres y
las personas con discapacidad–. A este respecto, tanto la Empresa como la
Representación Social se muestran de acuerdo en que se intensifiquen las actuales
políticas de selección e inclusión de esos colectivos.
– Y, en definitiva, trabajar para conseguir que cada miembro de la Empresa
encuentre, en general, unas condiciones de trabajo que le permitan, en total armonía,
poder maximizar sus habilidades, contribuyendo tanto a la consecución de los objetivos
de la Empresa como a su propio y lícito desarrollo personal, sin estar jamás limitado por
los aspectos que lo hacen diferente a los demás, todo ello sobre la base de tres
elementos imprescindibles: la tolerancia, la empatía y el respeto.
Es voluntad de la Empresa, y de la Representación Social que suscriben este
acuerdo, el profundizar en los principios de diversidad expuestos, hasta la consecución
de una imagen de nuestros recursos humanos que refleje plenamente la diversidad y
pluralidad real de la sociedad española en la que estamos inscritos.
B. Igualdad entre mujeres y hombres
Es bien conocido y apreciado que, tradicionalmente, nunca han existido diferencias
entre las condiciones de trabajo que disfrutan las mujeres y los hombres que forman
parte de M.E.P.S.A., siendo un hecho constatado la igualdad efectiva entre ambos, en
coherencia con la política de Diversidad de la Empresa.
No obstante lo anterior –y tras la aprobación del Plan de Igualdad de MEPSA y la
creación de la Comisión Paritaria de Igualdad-, es voluntad de las partes firmantes seguir
avanzando en la aplicación de las medidas identificadas en dicho Plan.
Estas medidas ayudarán a mejorar, por un lado, las cotas de presencia femenina y,
por otro, a profundizar aún más en esa igualdad efectiva, en particular en lo que
concierne a la conciliación de la maternidad/paternidad con la carrera profesional.
C. Violencia de género y violencia en el ámbito familiar
Tanto la Empresa como la Representación Social se muestran altamente sensibles
ante el triste hecho social de la violencia de género.
En línea con ese sentimiento, y en aras de paliar en la medida de lo posible las
consecuencias que tanto este tipo de violencia como la violencia en el ámbito familiar
puedan tener sobre los trabajadoras y trabajadores de M.E.P.S.A. que la sufran, se
determinan una serie de iniciativas que van más allá de los derechos recogidos en los
cve: BOE-A-2020-7228
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 47174
personas: en particular, en relación con el sexo, la orientación sexual, la edad, el origen
étnico o racial, las nacionalidades y culturas, las creencias y las discapacidades.
Algunas de las acciones más características sobre las que se centra nuestra
dinámica compartida de potenciación de la diversidad, son:
– Sensibilizar y/o formar a todas las personas de la organización en los principios
que caracterizan una política activa y comprometida en materia de diversidad, en
particular en lo que respecta a aquellas personas que se ven más directamente
implicadas en los procesos de gestión de los recursos humanos, en el convencimiento
de que se trata de un auténtico desafío, íntimo y personal, que requiere del compromiso
individual de cada una de las personas que formamos parte de la Empresa.
– Fiabilizar y optimizar todos los procesos de gestión de las personas, para continuar
asegurando la absoluta ausencia de toda forma de discriminación, directa o indirecta, y
la magnificación del principio de igualdad de oportunidades, de forma que sean siempre
los talentos y los méritos de cada persona los que entren en juego a la hora de cubrir los
puestos de trabajo con los candidatos más idóneos, pero evitando, también, que en
nombre de la diversidad se puedan tomar decisiones de evolución profesional no
acordes con los perfiles requeridos por cada puesto de trabajo o función.
– Trabajar por la existencia de unas ratios de distribución plural de las plantillas, en
especial en lo que respecta a los colectivos menos representados –como las mujeres y
las personas con discapacidad–. A este respecto, tanto la Empresa como la
Representación Social se muestran de acuerdo en que se intensifiquen las actuales
políticas de selección e inclusión de esos colectivos.
– Y, en definitiva, trabajar para conseguir que cada miembro de la Empresa
encuentre, en general, unas condiciones de trabajo que le permitan, en total armonía,
poder maximizar sus habilidades, contribuyendo tanto a la consecución de los objetivos
de la Empresa como a su propio y lícito desarrollo personal, sin estar jamás limitado por
los aspectos que lo hacen diferente a los demás, todo ello sobre la base de tres
elementos imprescindibles: la tolerancia, la empatía y el respeto.
Es voluntad de la Empresa, y de la Representación Social que suscriben este
acuerdo, el profundizar en los principios de diversidad expuestos, hasta la consecución
de una imagen de nuestros recursos humanos que refleje plenamente la diversidad y
pluralidad real de la sociedad española en la que estamos inscritos.
B. Igualdad entre mujeres y hombres
Es bien conocido y apreciado que, tradicionalmente, nunca han existido diferencias
entre las condiciones de trabajo que disfrutan las mujeres y los hombres que forman
parte de M.E.P.S.A., siendo un hecho constatado la igualdad efectiva entre ambos, en
coherencia con la política de Diversidad de la Empresa.
No obstante lo anterior –y tras la aprobación del Plan de Igualdad de MEPSA y la
creación de la Comisión Paritaria de Igualdad-, es voluntad de las partes firmantes seguir
avanzando en la aplicación de las medidas identificadas en dicho Plan.
Estas medidas ayudarán a mejorar, por un lado, las cotas de presencia femenina y,
por otro, a profundizar aún más en esa igualdad efectiva, en particular en lo que
concierne a la conciliación de la maternidad/paternidad con la carrera profesional.
C. Violencia de género y violencia en el ámbito familiar
Tanto la Empresa como la Representación Social se muestran altamente sensibles
ante el triste hecho social de la violencia de género.
En línea con ese sentimiento, y en aras de paliar en la medida de lo posible las
consecuencias que tanto este tipo de violencia como la violencia en el ámbito familiar
puedan tener sobre los trabajadoras y trabajadores de M.E.P.S.A. que la sufran, se
determinan una serie de iniciativas que van más allá de los derechos recogidos en los
cve: BOE-A-2020-7228
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Núm. 183