III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2020-7240)
Resolución de 1 de abril de 2020, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social y el Consejo General de Economistas de España, para la colaboración con el curso de actualización de conocimientos en el área laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 47351
ejecución o asesoramiento en el mundo de las relaciones sociolaborales, con reflejo en
las acreditaciones de Titulación que sean procedentes.
La suscripción del presente Convenio se realiza en el marco del interés común de la
Tesorería General de la Seguridad Social y el Consejo General de Economistas de
España, consistente en fomentar el conocimiento práctico del Sistema de la Seguridad
Social, como uno de los pilares básicos del modelo de protección social público así como
para la realización de un programa de formación práctico que permita la aplicación de los
conocimientos teóricos adquiridos por los participantes sobre la realidad de la gestión de
la Seguridad Social.
Por lo que las entidades firmantes, considerando que tienen unos objetivos en parte
coincidentes y complementarios, desean suscribir un Convenio para lo cual formalizan
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
El objeto del presente Convenio es establecer líneas de colaboración entre el
Consejo General de Economistas de España y la TGSS para la colaboración en el Curso
de «Actualización de conocimientos en el área laboral».
La impartición del Curso se organizará a nivel autonómico de acuerdo con la
representación que ostente en cada demarcación geográfica el Consejo General de
Economistas, ya sea a través de los Colegios de Economistas de cada Comunidad
Autónoma o bien de los Consejos Autonómicos de los Colegios de Economistas si los
hubiere.
Segunda.
Obligaciones de la TGSS.
– Difundir el curso de «Actualización de conocimientos en el área laboral» entre su
personal funcionario.
– Designar un responsable que actuará coordinadamente con el tutor académico en
el desempeño de sus cometidos, e institucionalizarán también sus relaciones y
experiencias, a fin de seguir y evaluar el cumplimiento del Programa y de sugerir, en él y
en los Planes de Estudios, las adaptaciones y mejoras necesarias, según resulte de la
experiencia.
– Fomentar, entre el personal funcionario adscrito a las Entidades afectadas, la
participación como profesorado del curso. Y establecer el cuadro de profesores de la
TGSS, en cada una de las demarcaciones que se acuerde la impartición del programa.
Tercera.
Obligaciones del Consejo General de Economistas de España.
1. La gestión administrativa del Curso.
2. La expedición de los oportunos Títulos (como ponente y como alumno) a la
finalización de aquél, y en todo caso, el Curso se someterá a la Normativa vigente de la
Formación Permanente.
3. Puesta a disposición del Curso, la infraestructura necesaria para el normal
desenvolvimiento de las enseñanzas.
4. La Dirección Académica del Curso y designación de un responsable académico
entre el profesorado para coordinar el programa con el responsable de la TGSS.
5. La aportación de las instalaciones propias del Consejo General, tales como,
aulas, biblioteca, salas de reunión.
cve: BOE-A-2020-7240
Verificable en https://www.boe.es
El Consejo General de Economistas de España tomará bajo su responsabilidad y a
su cargo, con vista al desarrollo de dicho Título de Actualización de conocimientos en el
área laboral, las siguientes actuaciones:
Núm. 183
Viernes 3 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 47351
ejecución o asesoramiento en el mundo de las relaciones sociolaborales, con reflejo en
las acreditaciones de Titulación que sean procedentes.
La suscripción del presente Convenio se realiza en el marco del interés común de la
Tesorería General de la Seguridad Social y el Consejo General de Economistas de
España, consistente en fomentar el conocimiento práctico del Sistema de la Seguridad
Social, como uno de los pilares básicos del modelo de protección social público así como
para la realización de un programa de formación práctico que permita la aplicación de los
conocimientos teóricos adquiridos por los participantes sobre la realidad de la gestión de
la Seguridad Social.
Por lo que las entidades firmantes, considerando que tienen unos objetivos en parte
coincidentes y complementarios, desean suscribir un Convenio para lo cual formalizan
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
El objeto del presente Convenio es establecer líneas de colaboración entre el
Consejo General de Economistas de España y la TGSS para la colaboración en el Curso
de «Actualización de conocimientos en el área laboral».
La impartición del Curso se organizará a nivel autonómico de acuerdo con la
representación que ostente en cada demarcación geográfica el Consejo General de
Economistas, ya sea a través de los Colegios de Economistas de cada Comunidad
Autónoma o bien de los Consejos Autonómicos de los Colegios de Economistas si los
hubiere.
Segunda.
Obligaciones de la TGSS.
– Difundir el curso de «Actualización de conocimientos en el área laboral» entre su
personal funcionario.
– Designar un responsable que actuará coordinadamente con el tutor académico en
el desempeño de sus cometidos, e institucionalizarán también sus relaciones y
experiencias, a fin de seguir y evaluar el cumplimiento del Programa y de sugerir, en él y
en los Planes de Estudios, las adaptaciones y mejoras necesarias, según resulte de la
experiencia.
– Fomentar, entre el personal funcionario adscrito a las Entidades afectadas, la
participación como profesorado del curso. Y establecer el cuadro de profesores de la
TGSS, en cada una de las demarcaciones que se acuerde la impartición del programa.
Tercera.
Obligaciones del Consejo General de Economistas de España.
1. La gestión administrativa del Curso.
2. La expedición de los oportunos Títulos (como ponente y como alumno) a la
finalización de aquél, y en todo caso, el Curso se someterá a la Normativa vigente de la
Formación Permanente.
3. Puesta a disposición del Curso, la infraestructura necesaria para el normal
desenvolvimiento de las enseñanzas.
4. La Dirección Académica del Curso y designación de un responsable académico
entre el profesorado para coordinar el programa con el responsable de la TGSS.
5. La aportación de las instalaciones propias del Consejo General, tales como,
aulas, biblioteca, salas de reunión.
cve: BOE-A-2020-7240
Verificable en https://www.boe.es
El Consejo General de Economistas de España tomará bajo su responsabilidad y a
su cargo, con vista al desarrollo de dicho Título de Actualización de conocimientos en el
área laboral, las siguientes actuaciones: