III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2020-7088)
Resolución de 26 de febrero de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Campillos, por la que, tras la tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, se suspende la inscripción de la georreferenciación de una finca.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182

Jueves 2 de julio de 2020

Sec. III. Pág. 46372

procederse a la inscripción como solicita el recurrente, se desvirtuaría la finalidad misma
del procedimiento de coordinación registral e inscripción de la base gráfica
correspondiente a una finca, al producirse en este caso una inmediata desafectación con
la realidad extrarregistral de cada una de las siete fincas en conflicto. Los procedimientos
previstos tras la reforma operada por la Ley 13/2015 están dirigidos a posibilitar la
incorporación de bases gráficas de los inmuebles inscritos o que van a ser objeto de
primera inscripción, complementando, o rectificando, su descripción registral y con el
importante efecto añadido de extender a los datos físicos de la finca de que se trate la
presunción del artículo 38 de la Ley Hipotecaria; no estamos, por contra, ante
procedimientos, ya se trate del artículo 199 o del 201, incluso de la incorporación de
aquéllas en aplicación del art. 9 de la Ley Hipotecaria, previstos para eludir cuestiones
que, necesariamente, deben ventilarse en el procedimiento judicial que corresponda.
A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes:
Fundamentos de Derecho
I. Los documentos de todas clases, susceptibles de inscripción, se hallan sujetos a
la calificación por el Registrador, de conformidad con lo establecido en los artículos 18
y 19 de la Ley Hipotecaria y 98 a 100 del Reglamento para su ejecución.
II. En relación a las circunstancias reseñadas en el Hecho II anterior, debe tenerse
en consideración:
1. Artículo 9, 10, 199 de la Ley Hipotecaria, en su redacción dada por la
Ley 13/2015 de veinticuatro de junio y resolución conjunta de la DGRN y Dirección
General de catastro de 29 de octubre de 2015.
III. De conformidad con la regla contenida en el artículo 322 de la Ley Hipotecaria,
el Registrador debe proceder a la notificación de la calificación negativa del documento
presentado.
En su virtud,
Se acuerda
Suspender, la inscripción del documento objeto de la presente calificación, en
relación con las circunstancias expresamente consignadas en el Hecho II de la presente
nota de calificación, por la concurrencia de los defectos que igualmente se indican en
dicho hecho II y en el Fundamento de Derecho II de la misma nota, quedando
automáticamente prorrogado el asiento de presentación correspondiente en los términos
que determinan los artículos 322 y 323 de la Ley Hipotecaria.
Contra la presente nota de calificación (…)
Campillos a 5 de noviembre de 2.019. La registradora (firma ilegible).»
V
Contra la anterior nota de calificación, don D. L. F. interpuso recurso el día 5 de
diciembre de 2019 mediante escrito en el que alegaba, en esencia, defectos formales en
la nota de calificación ahora recurrida, en los siguientes términos:

I.

(…)

II.

Defectos formales en la nota de calificación recurrida.

A. El principio de la llamada “segunda instancia” hace referencia al sistema de
organización del proceso consistente en el establecimiento de dos o más exámenes
consecutivos sobre la cuestión de fondo planteada, realizados por dos o más órganos

cve: BOE-A-2020-7088
Verificable en https://www.boe.es

«Fundamentos de Derecho.
Podrás leer todo el contenido en la fuente oficial del Boletín Oficial del Estado en 30 segundos

Únicamente los usuarios registrados tienen sin esperas (y más ventajas) a la información oficial.

Iniciar sesión Crear cuenta Registrarse ahora es gratis (no lo será siempre), muy rápido y sencillo.