III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2020-7120)
Resolución de 19 de junio de 2020, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica la Adenda modificativa por la que se incorporan el Consejo Superior de Investigaciones Científicas y el Instituto de Investigación Biomédica de Salamanca al Convenio entre la Gerencia Regional de Salud, la Universidad de Salamanca y la Fundación de Investigación del Cáncer de la Universidad de Salamanca, para colaborar en la realización de pruebas diagnósticas de coronavirus, COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182
Jueves 2 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 46596
ANEXO
Convenio de 23 de abril de 2020
Convenio entre la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, la Universidad de
Salamanca y la Fundación de Investigación del Cáncer de la Universidad de Salamanca,
para colaborar en la realización de pruebas diagnósticas de coronavirus, COVID-19
Valladolid, a 23 de abril de 2020.
REUNIDOS
De una parte, doña Verónica Casado Vicente, en nombre y representación en su
calidad de Presidenta de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, nombrada
por Acuerdo 14/2019, de 16 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León
(BOCyL núm. 136, de 17 de julio de 2019), en ejercicio de la competencia atribuida en el
artículo 31.2.d) de la Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud
de Castilla y León.
De otra parte, don Ricardo Rivero Ortega, Rector de la Universidad de Salamanca,
cargo que ostenta por acuerdo 71/2017, de 14 de diciembre, de la Junta de Castilla y
León (BOCyL núm. 240, de 18 de diciembre de 2017) actuando en nombre y
representación de la Universidad de Salamanca, con CIF Q3718001E, y domicilio en
Patio de Escuelas, 1, 37008 Salamanca, en adelante USAL, con poderes suficientes
para actuar en nombre y representación de esta última, en virtud de sus Estatutos.
De otra parte, don Ricardo Rivero Ortega, en su condición de Presidente del
Patronato de la Fundación de Investigación del Cáncer de la Universidad de Salamanca,
actuando en nombre y representación de esta Fundación, con CIF G37338126 y
domicilio en Campus Miguel de Unamuno, s/n, 37007 Salamanca, de acuerdo con las
atribuciones que tiene conferidas, en virtud de lo establecido en el artículo 12.1 de sus
Estatutos fundacionales.
Los firmantes, en nombre de las partes, manifiestan y aseguran que intervienen con
capacidad legal necesaria y competencia suficiente, de acuerdo con la normativa que les
resulta de aplicación, para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud planteó la emergencia
de salud pública causada por COVID-19 a la pandemia internacional. La rápida evolución
de los eventos, tanto a nivel nacional como internacional, requiere que se tomen
medidas inmediatas y efectivas para abordar esta situación. Las circunstancias
extraordinarias que se están produciendo constituyen una enorme crisis de salud sin
precedentes. Para abordar esta situación, el estado de alarma fue declarado por el Real
Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
El artículo 6 del mencionado Real Decreto establece que cada Administración
conservará los poderes que le otorga la legislación vigente en la gestión ordinaria de sus
servicios para tomar las medidas que considere necesarias bajo las órdenes directas de
la autoridad competente a los efectos del estado de alarma, sin perjuicio de las
disposiciones de los artículos 4 y 5.
cve: BOE-A-2020-7120
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 182
Jueves 2 de julio de 2020
Sec. III. Pág. 46596
ANEXO
Convenio de 23 de abril de 2020
Convenio entre la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, la Universidad de
Salamanca y la Fundación de Investigación del Cáncer de la Universidad de Salamanca,
para colaborar en la realización de pruebas diagnósticas de coronavirus, COVID-19
Valladolid, a 23 de abril de 2020.
REUNIDOS
De una parte, doña Verónica Casado Vicente, en nombre y representación en su
calidad de Presidenta de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, nombrada
por Acuerdo 14/2019, de 16 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León
(BOCyL núm. 136, de 17 de julio de 2019), en ejercicio de la competencia atribuida en el
artículo 31.2.d) de la Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud
de Castilla y León.
De otra parte, don Ricardo Rivero Ortega, Rector de la Universidad de Salamanca,
cargo que ostenta por acuerdo 71/2017, de 14 de diciembre, de la Junta de Castilla y
León (BOCyL núm. 240, de 18 de diciembre de 2017) actuando en nombre y
representación de la Universidad de Salamanca, con CIF Q3718001E, y domicilio en
Patio de Escuelas, 1, 37008 Salamanca, en adelante USAL, con poderes suficientes
para actuar en nombre y representación de esta última, en virtud de sus Estatutos.
De otra parte, don Ricardo Rivero Ortega, en su condición de Presidente del
Patronato de la Fundación de Investigación del Cáncer de la Universidad de Salamanca,
actuando en nombre y representación de esta Fundación, con CIF G37338126 y
domicilio en Campus Miguel de Unamuno, s/n, 37007 Salamanca, de acuerdo con las
atribuciones que tiene conferidas, en virtud de lo establecido en el artículo 12.1 de sus
Estatutos fundacionales.
Los firmantes, en nombre de las partes, manifiestan y aseguran que intervienen con
capacidad legal necesaria y competencia suficiente, de acuerdo con la normativa que les
resulta de aplicación, para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud planteó la emergencia
de salud pública causada por COVID-19 a la pandemia internacional. La rápida evolución
de los eventos, tanto a nivel nacional como internacional, requiere que se tomen
medidas inmediatas y efectivas para abordar esta situación. Las circunstancias
extraordinarias que se están produciendo constituyen una enorme crisis de salud sin
precedentes. Para abordar esta situación, el estado de alarma fue declarado por el Real
Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
El artículo 6 del mencionado Real Decreto establece que cada Administración
conservará los poderes que le otorga la legislación vigente en la gestión ordinaria de sus
servicios para tomar las medidas que considere necesarias bajo las órdenes directas de
la autoridad competente a los efectos del estado de alarma, sin perjuicio de las
disposiciones de los artículos 4 y 5.
cve: BOE-A-2020-7120
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.