III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2020-7120)
Resolución de 19 de junio de 2020, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica la Adenda modificativa por la que se incorporan el Consejo Superior de Investigaciones Científicas y el Instituto de Investigación Biomédica de Salamanca al Convenio entre la Gerencia Regional de Salud, la Universidad de Salamanca y la Fundación de Investigación del Cáncer de la Universidad de Salamanca, para colaborar en la realización de pruebas diagnósticas de coronavirus, COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182

Jueves 2 de julio de 2020

Sec. III. Pág. 46595

c) Aportar al laboratorio de bioseguridad NCB3 el personal y los equipos
disponibles para la realización de las pruebas y los informes analíticos del
COVID-19.
«5. El IBSAL se compromete a:
a) Hacerse cargo de las muestras que se le asignen en el laboratorio de
bioseguridad NCB3 de la USAL y realizar los análisis de detección de virus de
COVID-19 en las muestras asignadas por la técnica de Reacción en Cadena de la
Polimerasa (PCR).
b) Entregar a la USAL los resultados de los análisis en el formato requerido
por la Gerencia Regional de Salud.
c) Aportar al laboratorio de bioseguridad NCB3 el personal y los equipos
disponibles para la realización de las pruebas y los informes analíticos del
COVID-19.
La participación del citado personal en estas acciones podrá articularse,
cuando así proceda, a través del régimen especial de colaboración interadministrativa
voluntaria de empleados públicos establecido en la disposición adicional
decimoctava del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan
medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer
frente al COVID-19.»
Tercera.
El Consejo Superior de Investigaciones Científicas y el Instituto de Investigación
Biomédica de Salamanca, respecto a los datos personales de los pacientes de la
Gerencia Regional de Salud a los que, para la correcta ejecución del convenio, sea
necesario que su personal acceda, tendrán la condición de encargados del tratamiento.
Con tal fin, en los términos previstos en el artículo 28.3 del Reglamento General de
Protección de Datos, ambas partes suscriben como anexo I un acuerdo que vincula a
los encargados del tratamiento respecto del responsable del tratamiento y en el que
se establece el objeto, la duración, la naturaleza y la finalidad del tratamiento, el tipo
de datos personales y categorías de interesados, y las obligaciones y derechos del
responsable.
Cuarta.

Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, los comparecientes firman por
quintuplicado esta adenda en el lugar y fecha indicados.–La presidenta de la Gerencia
Regional de Salud, Verónica Casado Vicente.–El rector de la Universidad de Salamanca,
Ricardo Rivero Ortega.–El presidente del Patronato de la Fundación de Investigación del
Cáncer de la Universidad de Salamanca, Ricardo Rivero Ortega.–El director científico del
IECSCYL-IBSAL, Rogelio González Sarmiento.–La vicepresidenta de Organización y
Relaciones Institucionales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Rosina
López-Alonso Fandiño.

cve: BOE-A-2020-7120
Verificable en https://www.boe.es

De conformidad con el artículo 39.2 del Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, de
medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del
COVID-19, la presente adenda se perfecciona y desplegará efectos desde el momento
de su firma. Una vez firmada será objeto de inscripción en el Registro Electrónico estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y de publicación en
el «Boletín Oficial del Estado».