III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2020-7098)
Resolución de 10 de junio de 2020, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio con el Centro Polivalente Social y Educativo, para la puesta en marcha de un programa para la asistencia de usuarios con deficiencias auditivas mediante interpretación de signos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182

Jueves 2 de julio de 2020

Sec. III. Pág. 46461

CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
El presente Convenio tiene por objeto establecer las líneas de colaboración entre el
Centro Polivalente Social y Educativo y la Agencia Tributaria para la puesta en marcha
de prácticas formativas en centros de trabajo, que permitan una asistencia integral a
ciudadanos con deficiencias auditivas que acudan a las oficinas de la Agencia Tributaria
de Alicante, mediante la interpretación de la lengua de signos realizada por alumnos del
mencionado Centro, cuando esta resulte requerida.
Segunda. Actividades a realizar. Compromisos y obligaciones de las partes.

– En función de las necesidades de la Agencia Tributaria y las disponibilidades del
Centro Polivalente Social y Educativo, se determinará de común acuerdo el número de
personas que pueden realizar las prácticas en la Agencia Tributaria.
– El Centro Polivalente Social y Educativo remitirá a la Agencia Tributaria el listado
con las personas que prestarán en las oficinas de la Agencia Tributaria el servicio
gratuito de interpretación de lengua de signos para personas con deficiencias auditivas.
– La Agencia Tributaria determinará y pondrá en conocimiento del Centro Polivalente
Social y Educativo el lugar, fechas y horas en las que se prestará el servicio gratuito de
interpretación de lengua de signos para personas con deficiencias auditivas.
– Dentro de las oficinas de la Agencia Tributaria, las personas que presten el servicio
de interpretación lo harán conforme a las indicaciones del funcionario responsable de la
Agencia Tributaria designado al efecto y respetarán en todo momento las medidas de
seguridad establecidas para cada una de las oficinas, pudiendo ser expulsadas de las
mismas en caso de incumplimiento de esas medidas.
– No existirá en ningún momento relación laboral entre las personas designadas por
el Centro Polivalente Social y Educativo para prestar el servicio gratuito de interpretación
de lengua de signos para personas con deficiencias auditivas la Agencia Tributaria.
– Las personas seleccionadas por el Centro deberán estar dentro de la cobertura del
seguro escolar.
– El servicio de interpretación de lengua de signos se prestará en todo caso con el
consentimiento del ciudadano, que deberá hacer constar por escrito su autorización para
que el servicio de interpretación se produzca.
– La Agencia Tributaria adoptará las medidas necesarias para que ninguna de las
personas que, al amparo de este Convenio, presten el servicio de interpretación de
lengua de signos, acceda a expedientes o a datos personales o patrimoniales de los
ciudadanos distintos de aquellos que hubieran sido objeto de comunicación en el marco
del servicio de interpretación solicitado por el propio ciudadano.
– La Agencia Tributaria, a través de su Delegación correspondiente, suscribirá los
documentos oficiales precisos que se deban tramitar ante la Conselleria de Educación de
la Generalitat Valenciana para la efectividad de lo acordado en el presente Convenio.
– Al concluir cada periodo de prácticas de un alumno, el funcionario que haya
desempeñado la tarea de tutor de prácticas remitirá al Centro Polivalente Social y
Educativo un informe de evaluación en los términos que este determine.
Tercera. Obligación de sigilo.
En caso de que durante la asistencia se suministre algún tipo de información
personal, las personas que presten el servicio de interpretación de lengua de signos al
amparo de este Convenio, estarán obligados al más estricto y completo sigilo respecto
de ellos. La violación de esta obligación implicará incurrir en las responsabilidades

cve: BOE-A-2020-7098
Verificable en https://www.boe.es

Para desarrollar adecuadamente el servicio al que se refiere el objeto de este
Convenio: