II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2020-7017)
Resolución de 23 de junio de 2020, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema de concurso-oposición, a la Escala de Especialista Técnico (Subgrupo C1).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 1 de julio de 2020
Sec. II.B. Pág. 46018
10.2 El nivel exigible de dichos conocimientos será el que consta a continuación, en
función del grupo o subgrupo al que acceda la persona que ha superado las pruebas
selectivas correspondientes:
a) A1, A2, B: Grau Mitjà o certificado equivalente.
b) C1, C2: Grau Elemental o certificado equivalente.
c) Agrupaciones profesionales funcionariales: Coneixements orals o certificado
equivalente.
Los certificados de equivalencia de estos grados serán de conformidad con lo
dispuesto en la Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Consellería de Educación,
Investigación, Cultura y Deporte (http://www.upv.es/entidades/SPNL/infoweb/anl/
info/848412normalc.html).
10.3 Quienes no puedan acreditar conocimientos de valenciano tras la superación de
las pruebas selectivas de la forma indicada en el apartado anterior, deberán realizar el
ejercicio específico que se convoque y, caso de no superarlo, asistir a los cursos de
perfeccionamiento que a este fin se organicen.
10.4 En la Universitat Politècnica de València estos cursos serán convocados por el
órgano competente, en el plazo de un año desde la toma de posesión, siendo obligatoria
la participación de los mismos en tanto no se obtenga el nivel de conocimiento de
valenciano previsto en el apartado 2 de este artículo.
10.5 Lo establecido en los apartados anteriores no obsta a la exigencia, como
requisito consignado en las relaciones de puestos de trabajo, de iguales o superiores
conocimientos de valenciano para el desempeño de determinados puestos.
11.
Presentación de documentos
11.1 En el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente al de la
publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» de las relaciones definitivas
de personas aprobadas, las personas aspirantes propuestas deberán remitir al Servicio de
Recursos Humanos de esta Universidad Politécnica a través del Registro General de la
Universitat Politècnica de València, sito en el edificio 3F, planta baja, junto a Rectorado,
camino de Vera, s/n, CP 46071, de Valencia; del registro de la Escuela Politécnica Superior
de Alcoy sito en la plaza Ferrándiz y Carbonell, s/n de Alcoy; del registro de la Escuela
Politécnica Superior de Gandia sito en la calle Paranimf, n.º 1, del Grao de Gandia o en
cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
siguiente documentación:
a) Fotocopia compulsada o cotejada del Documento Nacional de Identidad, o del
documento que acredite su nacionalidad o del pasaporte en el caso de los nacionales de
los estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores, y en su caso los documentos que acrediten
su vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de
otro estado con el que tenga dicho vínculo. Asimismo deberán presentar declaración
firmada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su
caso, del hecho de que la persona aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
b) Fotocopia compulsada o cotejada del título académico exigible según la presente
convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios
para la obtención del título. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
adjuntarse la credencial que acredite su homologación.
c) Fotocopia compulsada o cotejada de los documentos acreditativos de los requisitos
o especialidades, en el caso, de que éstos figuren en la presente convocatoria.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado o separada mediante
expediente disciplinario de cualquier administración o cargo público, así como de no
encontrarse inhabilitado o inhabilitada penalmente para el ejercicio de las funciones
cve: BOE-A-2020-7017
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 181
Miércoles 1 de julio de 2020
Sec. II.B. Pág. 46018
10.2 El nivel exigible de dichos conocimientos será el que consta a continuación, en
función del grupo o subgrupo al que acceda la persona que ha superado las pruebas
selectivas correspondientes:
a) A1, A2, B: Grau Mitjà o certificado equivalente.
b) C1, C2: Grau Elemental o certificado equivalente.
c) Agrupaciones profesionales funcionariales: Coneixements orals o certificado
equivalente.
Los certificados de equivalencia de estos grados serán de conformidad con lo
dispuesto en la Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Consellería de Educación,
Investigación, Cultura y Deporte (http://www.upv.es/entidades/SPNL/infoweb/anl/
info/848412normalc.html).
10.3 Quienes no puedan acreditar conocimientos de valenciano tras la superación de
las pruebas selectivas de la forma indicada en el apartado anterior, deberán realizar el
ejercicio específico que se convoque y, caso de no superarlo, asistir a los cursos de
perfeccionamiento que a este fin se organicen.
10.4 En la Universitat Politècnica de València estos cursos serán convocados por el
órgano competente, en el plazo de un año desde la toma de posesión, siendo obligatoria
la participación de los mismos en tanto no se obtenga el nivel de conocimiento de
valenciano previsto en el apartado 2 de este artículo.
10.5 Lo establecido en los apartados anteriores no obsta a la exigencia, como
requisito consignado en las relaciones de puestos de trabajo, de iguales o superiores
conocimientos de valenciano para el desempeño de determinados puestos.
11.
Presentación de documentos
11.1 En el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente al de la
publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» de las relaciones definitivas
de personas aprobadas, las personas aspirantes propuestas deberán remitir al Servicio de
Recursos Humanos de esta Universidad Politécnica a través del Registro General de la
Universitat Politècnica de València, sito en el edificio 3F, planta baja, junto a Rectorado,
camino de Vera, s/n, CP 46071, de Valencia; del registro de la Escuela Politécnica Superior
de Alcoy sito en la plaza Ferrándiz y Carbonell, s/n de Alcoy; del registro de la Escuela
Politécnica Superior de Gandia sito en la calle Paranimf, n.º 1, del Grao de Gandia o en
cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
siguiente documentación:
a) Fotocopia compulsada o cotejada del Documento Nacional de Identidad, o del
documento que acredite su nacionalidad o del pasaporte en el caso de los nacionales de
los estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores, y en su caso los documentos que acrediten
su vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de
otro estado con el que tenga dicho vínculo. Asimismo deberán presentar declaración
firmada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su
caso, del hecho de que la persona aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
b) Fotocopia compulsada o cotejada del título académico exigible según la presente
convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios
para la obtención del título. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
adjuntarse la credencial que acredite su homologación.
c) Fotocopia compulsada o cotejada de los documentos acreditativos de los requisitos
o especialidades, en el caso, de que éstos figuren en la presente convocatoria.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado o separada mediante
expediente disciplinario de cualquier administración o cargo público, así como de no
encontrarse inhabilitado o inhabilitada penalmente para el ejercicio de las funciones
cve: BOE-A-2020-7017
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 181