II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Personal laboral. (BOE-A-2020-6968)
Resolución de 22 de junio de 2020, de la Delegación Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Barcelona, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de puesto de trabajo de Técnico de Gestión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 1 de julio de 2020

Sec. II.B. Pág. 45734

de trabajo durante el período de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará al/la
siguiente candidato/a de la relación a que se refiere la base 8.1.
Asimismo, si una vez formalizado el contrato, el/la aspirante contratado/a causara baja
definitiva, se podrá sustituir por el/la siguiente candidato/a de la relación a que se refiere la
base 8.1.
10.

Norma final

10.1 Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, el Convenio colectivo del Consorcio de la Zona Franca de Barcelona,
el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
10.2 Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante la Delegado Especial del Estado en el Consorcio de la Zona
Franca de Barcelona, en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano
jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal Calificador, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
Barcelona, 25 de mayo de 2020.–El Delegado Especial del Estado, Pere Navarro
Morera.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El proceso selectivo constará de dos fases de oposición según se detalla a
continuación:
1. Fase de oposición (máximo de 100 puntos)
A. Prueba de conocimientos prácticos (puntuación máxima 60 puntos), tendrá
carácter eliminatorio, para pasar a la segunda prueba, será preciso un mínimo de 34
puntos.
Se realizarán las siguientes pruebas relacionadas con las funciones del puesto de
trabajo y constará de dos ejercicios:
– Ejercicio 1: consistirá en una prueba de 20 preguntas de tipo test sobre conocimientos
básicos generales de Decreto de creación, Estatuto Fundacional y Reglamento orgánico
del Consorcio de la Zona Franca de Barcelona y La Constitución española de 1978:
principios generales y estructura. Derechos fundamentales y libertades públicas.
Puntuación máxima de esta prueba: 30 puntos.
– Ejercicio 2: consistirá en dos supuestos prácticos relacionados con las funciones del
puesto de trabajo que permita valorar los conocimientos de los/las candidatos/as en la
materia. Puntuación de 15 puntos por supuesto con una puntuación máxima de 30 puntos.
Cada prueba tendrá una puntuación máxima de 30 puntos, siendo necesario aprobar
el ejercicio 1, con un mínimo de 17 puntos, para que el ejercicio 2 sea corregido.

cve: BOE-A-2020-6968
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Núm. 181