III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Ayudas. (BOE-A-2020-6921)
Orden CUD/582/2020, de 26 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas estatales para la producción de largometrajes y de cortometrajes y regula la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 30 de junio de 2020

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electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte o a través de la dirección electrónica
habilitada única, a los efectos previstos en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
9. El vencimiento de los plazos máximos previstos en esta orden para la
notificación de la resolución sin que se haya practicado, faculta a las personas
interesadas para entender desestimada su solicitud a efectos de la interposición de los
recursos que procedan.
10. En las líneas de ayudas en las que se contemplan pagos anticipados a la
justificación de la actividad, no será exigible la prestación de las garantías a las que se
refieren los artículos 17.3 k) y 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Artículo 9. Obligaciones generales de las personas beneficiarias.
1. Además de las obligaciones específicas que se establezcan para cada
modalidad de ayudas, son obligaciones de carácter general:
a) Acreditar la realización de la actividad, así como aportar los documentos que les
sean requeridos por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales para
justificar la aplicación de los fondos recibidos, en especial la documentación acreditativa
de la inversión realizada en la actividad objeto de la ayuda.
b) Poner a disposición del Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales y, en su caso, a efectos del control financiero que corresponda a la
Intervención General de la Administración del Estado y al Tribunal de Cuentas, los libros
contables, registros y demás documentos debidamente auditados en los términos
exigidos por la legislación aplicable, así como conservar los documentos justificativos de
la aplicación de los fondos recibidos en tanto puedan ser objeto de dichas actuaciones y,
en todo caso, durante cuatro años desde la fecha de concesión de la ayuda.
c) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la
seguridad social así como no tener deudas por resolución de procedencia de reintegro o
reembolso, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución y a la realización del
pago. La acreditación de estos extremos se efectuará conforme a lo establecido en los
apartados c) y d) del artículo 7.
No podrá realizarse el pago sin la acreditación del cumplimiento por la persona
beneficiaria de dichos requisitos, cuya ausencia ocasionará la pérdida del derecho al
cobro de la ayuda.
d) Comunicar al Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales la
obtención de cualesquiera subvenciones o ayudas, nacionales o internacionales, que
financien la actividad subvencionada tan pronto como se conozca, a los efectos de
comprobar que se cumple con la normativa comunitaria en cuanto a la acumulación de
ayudas de acuerdo con las intensidades máximas permitidas.
El exceso de subvenciones recibidas, de acuerdo con las intensidades máximas
previstas en el artículo 36 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre y en el artículo 21 del
Real Decreto 1084/2015, de 4 de diciembre, dará lugar a la minoración de la ayuda en lo
que exceda de dicho límite.
El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales aplicará dicha
minoración cuando en el ejercicio de sus competencias compruebe que las ayudas
directas a una película, otorgadas por las Administraciones Públicas, superan la
intensidad máxima que en cada caso corresponda.
Los rendimientos financieros que se generen por los fondos librados a las personas
beneficiarias incrementarán el importe de las subvenciones concedidas, y se aplicarán
igualmente a la actividad subvencionada.
e) Difundir la colaboración del Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales en la realización de la actividad objeto de la ayuda, mediante la inserción
en cartela única, de manera independiente al resto de posibles colaboraciones en la
actividad, de la frase: «Con la financiación del Instituto de la Cinematografía/Ministerio de
Cultura y Deporte/Gobierno de España», o bien con la inserción de la frase «Con la

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