III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Impacto ambiental. (BOE-A-2011-10586)
Resolución de 6 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Base contra incendios helipuerto auxiliar de Bayubas, Soria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 17 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 62867
3. Análisis según los criterios del anexo III
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las
respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para
determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento previsto en la
sección 1ª del capítulo II del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental
de proyectos, según los criterios del anexo III.
Características del proyecto. Como se ha indicado anteriormente, la actuación implica
la realización de obras de pequeña entidad (regeneración de talud, eliminación de 10 pies
de pino y marcaje de rumbos sobre plataforma), puesto que el aeródromo se encuentra
construido en su mayor parte y en funcionamiento desde hace unos 6 años, como indica
el promotor. Se trata de un helipuerto auxiliar, sin ninguna aeronave permanente y de
dimensiones moderadas y dedicado a la lucha contra incendios forestales en exclusiva.
Ubicación del proyecto. El helipuerto se ubica en el interior de una masa boscosa,
alejado de núcleos de población, en el término municipal de Bayubas de Abajo, perteneciente
a la provincia de Soria (Castilla y León).
El proyecto no se sitúa sobre ningún espacio de la Red Natura 2000, encontrándose el
lugar de importancia comunitaria (LIC) más próximo a unos 5.500 m al sur de la actuación
(ES4170083 denominado Riberas del río Duero y afluentes).
Tampoco coincide espacialmente con ningún área importante para las aves (IBA),
situándose a unos 9.500 m al suroeste la más cercana (IBA n.º 46 Tiermes-Caracena).
Por otra parte, debido a que la base ya está construida desde hace años, su superficie
de emplazamiento se encuentra desprovista de vegetación. Cabe destacar, sin embargo,
que el helipuerto se ubica en terrenos pertenecientes al monte de utilidad pública nº 55
denominado Pinar del Ayuntamiento de Bayubas de Abajo.
La fauna del entorno del aeródromo no es reseñable.
Por último, no se han detectado en la superficie de ubicación de la base ni en su
entorno elementos destacables del patrimonio cultural.
Características del potencial impacto. Espacios protegidos. Debido a la ubicación y
características del proyecto, no se espera afección sobre espacios protegidos.
Suelo y movimiento de tierras: La principal afección sobre el suelo se produjo en fase
de construcción y se derivó de la propia ocupación del mismo. La superficie de
emplazamiento, debido a la retirada de la capa de tierra vegetal, se transformó en
improductiva.
Además, el trasiego de maquinaria, originó una cierta compactación del suelo y fue
necesario el movimiento de tierras.
Durante la explotación de la base, el impacto más destacable se debe a los vertidos
accidentales procedentes de aeronaves y vehículos, así como a la producción de residuos.
La empresa operadora de las aeronaves actúa como responsable gestora de los residuos.
Por otra parte, los residuos sólidos producidos por la actividad serán retirados por el
Ayuntamiento de Bayubas de Abajo.
Aguas: El promotor considera que el impacto sobre el agua no es relevante en fase de
explotación puesto que no se realizará un consumo importante. Se utilizará el agua para
consumo e higiene de la cuadrilla helitransportada, así como para las labores de
mantenimiento del helicóptero. El abastecimiento provendrá de la red pública.
Las aguas residuales serán almacenadas en fosa séptica, vaciada periódicamente,
debiendo realizarse esta labor por parte de un gestor autorizado.
También los vertidos accidentales pueden producir la contaminación de las aguas,
además de la de los suelos. Las medidas indicadas para la protección de éstos, serán de
aplicación a la de aquéllas.
Atmósfera: Calidad física y calidad química del aire. Durante la explotación, el
movimiento de los helicópteros genera una elevación de los niveles de presión sonora en
el entorno del helipuerto. Sin embargo, el promotor considera que se trata de una afección
irrelevante dada la poca frecuencia de las operaciones de despegue y aterrizaje (no existe
previsión de número de vuelos al tratarse de una base auxiliar, si bien se concentrarán en
cve: BOE-A-2011-10586
Núm. 144
Viernes 17 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 62867
3. Análisis según los criterios del anexo III
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las
respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para
determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento previsto en la
sección 1ª del capítulo II del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental
de proyectos, según los criterios del anexo III.
Características del proyecto. Como se ha indicado anteriormente, la actuación implica
la realización de obras de pequeña entidad (regeneración de talud, eliminación de 10 pies
de pino y marcaje de rumbos sobre plataforma), puesto que el aeródromo se encuentra
construido en su mayor parte y en funcionamiento desde hace unos 6 años, como indica
el promotor. Se trata de un helipuerto auxiliar, sin ninguna aeronave permanente y de
dimensiones moderadas y dedicado a la lucha contra incendios forestales en exclusiva.
Ubicación del proyecto. El helipuerto se ubica en el interior de una masa boscosa,
alejado de núcleos de población, en el término municipal de Bayubas de Abajo, perteneciente
a la provincia de Soria (Castilla y León).
El proyecto no se sitúa sobre ningún espacio de la Red Natura 2000, encontrándose el
lugar de importancia comunitaria (LIC) más próximo a unos 5.500 m al sur de la actuación
(ES4170083 denominado Riberas del río Duero y afluentes).
Tampoco coincide espacialmente con ningún área importante para las aves (IBA),
situándose a unos 9.500 m al suroeste la más cercana (IBA n.º 46 Tiermes-Caracena).
Por otra parte, debido a que la base ya está construida desde hace años, su superficie
de emplazamiento se encuentra desprovista de vegetación. Cabe destacar, sin embargo,
que el helipuerto se ubica en terrenos pertenecientes al monte de utilidad pública nº 55
denominado Pinar del Ayuntamiento de Bayubas de Abajo.
La fauna del entorno del aeródromo no es reseñable.
Por último, no se han detectado en la superficie de ubicación de la base ni en su
entorno elementos destacables del patrimonio cultural.
Características del potencial impacto. Espacios protegidos. Debido a la ubicación y
características del proyecto, no se espera afección sobre espacios protegidos.
Suelo y movimiento de tierras: La principal afección sobre el suelo se produjo en fase
de construcción y se derivó de la propia ocupación del mismo. La superficie de
emplazamiento, debido a la retirada de la capa de tierra vegetal, se transformó en
improductiva.
Además, el trasiego de maquinaria, originó una cierta compactación del suelo y fue
necesario el movimiento de tierras.
Durante la explotación de la base, el impacto más destacable se debe a los vertidos
accidentales procedentes de aeronaves y vehículos, así como a la producción de residuos.
La empresa operadora de las aeronaves actúa como responsable gestora de los residuos.
Por otra parte, los residuos sólidos producidos por la actividad serán retirados por el
Ayuntamiento de Bayubas de Abajo.
Aguas: El promotor considera que el impacto sobre el agua no es relevante en fase de
explotación puesto que no se realizará un consumo importante. Se utilizará el agua para
consumo e higiene de la cuadrilla helitransportada, así como para las labores de
mantenimiento del helicóptero. El abastecimiento provendrá de la red pública.
Las aguas residuales serán almacenadas en fosa séptica, vaciada periódicamente,
debiendo realizarse esta labor por parte de un gestor autorizado.
También los vertidos accidentales pueden producir la contaminación de las aguas,
además de la de los suelos. Las medidas indicadas para la protección de éstos, serán de
aplicación a la de aquéllas.
Atmósfera: Calidad física y calidad química del aire. Durante la explotación, el
movimiento de los helicópteros genera una elevación de los niveles de presión sonora en
el entorno del helipuerto. Sin embargo, el promotor considera que se trata de una afección
irrelevante dada la poca frecuencia de las operaciones de despegue y aterrizaje (no existe
previsión de número de vuelos al tratarse de una base auxiliar, si bien se concentrarán en
cve: BOE-A-2011-10586
Núm. 144