III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Impacto ambiental. (BOE-A-2011-10585)
Resolución de 6 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Abastecimiento de agua a Zaragoza y su entorno, 2ª fase ramal de Jalón y del Huerva-1 y abastecimiento a Villanueva de Gállego.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 17 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 62858
se deberá justificar adecuadamente que las obras proyectadas no afectarán al citado
cauce.
El Departamento de Ciencias de la Tierra (Geología) de la Universidad de Zaragoza y
el ayuntamiento de Rueda de Jalón señalan que no se considera probable que el proyecto
tenga efectos apreciables sobre los lugares afectados ni sobre la Red Natura 2000.
La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal plantea las siguientes
medidas para garantizar la menor incidencia ambiental del proyecto:
Utilización de las tierras de excavación se utilizarán en la propia obra. Si aún así
hubiera un excedente, éstas se retirarán otras obras en las que se realicen rellenos o a
obras de restauración de espacios degradados en las que sea necesario realizar rellenos
(canteras y otras).
Definición de áreas de exclusión para la ubicación del parque de maquinaria, de las
zonas de acopio de materiales, de las instalaciones auxiliares de obra y de los vertederos
y se presentará la cartografía necesaria para su localización. Se ubicarán en zonas de fácil
restauración, fuera de hábitats de interés comunitario y de lugares con comunidades
riparias, y en terrenos convenientemente impermeabilizados, con balsas de retención,
desbaste y decantación.
Planificación de los trabajos de modo que no que no coincida con las épocas de
reproducción y cría de las especies amenazadas presentes. Se planificarán los trabajos
para evitar los periodos comprendidos entre abril y octubre.
Recuperación de las zonas alteradas por la obra. Utilización de especies autóctonas
en las plantaciones previstas.
Definición de la instalación eléctrica necesaria para el funcionamiento de la estación
de bombeo proyectada y estudio y evaluación del riesgo de electrocución y colisión para
la avifauna, estimándose todas las medidas preventivas y correctoras necesarias para
disminuir.
La Dirección General de Patrimonio Cultural indica que, dado que la zona de la
alternativa 3 no está prospectada, sería necesaria la realización de prospecciones
arqueológicas con el fin de compatibilizar le proyecto con la preservación y protección del
patrimonio cultural existente en la zona.
El 4 de abril de 2011 se envía un escrito al promotor en el que se plantean las cuestiones
más relevantes indicadas tanto por el INAGA como por la Dirección General de Medio
Natural y Política Forestal.
El 4 de mayo de 2011, el promotor responde a la anterior solicitud asumiendo las
cuestiones planteadas y modificando algunos aspectos del proyecto.
3. Análisis según los criterios del anexo III
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, considerando las
respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para
determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento previsto en la
sección 1ª del capítulo II del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental
de proyectos, según los criterios del anexo III.
Características del proyecto. El proyecto consiste en la ejecución de un nuevo
trazado para el tramo de Rueda de Jalón del ramal del Jalón-1 incluido en el Proyecto de
abastecimiento a Zaragoza y entorno, de 6.088 m de longitud y un diámetro variable
entre 150 y 450 mm en función del caudal.
La alternativa elegida para asegurar la impulsión conlleva la ejecución de una estación
de bombeo con tres grupos motobomba y un depósito de distribución, con una capacidad
de 3.920 m3, a cota 450 msnm, con una superficie de ocupación de 2.110 y 1.600 m2
respectivamente. La conducción a instalar tendrá una longitud de 6.088 m y un diámetro
variable entre 150 mm y 450 mm en función del caudal y discurrirá dentro de una zanja que
constará de dos plataformas de 0,5 m de anchura, situadas a ambos lados de la zanja a
profundidades por lo general inferiores a 1 m. La anchura mínima de la zanja será la de la
tubería más 0,25 m a cada lado.
cve: BOE-A-2011-10585
Núm. 144
Viernes 17 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 62858
se deberá justificar adecuadamente que las obras proyectadas no afectarán al citado
cauce.
El Departamento de Ciencias de la Tierra (Geología) de la Universidad de Zaragoza y
el ayuntamiento de Rueda de Jalón señalan que no se considera probable que el proyecto
tenga efectos apreciables sobre los lugares afectados ni sobre la Red Natura 2000.
La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal plantea las siguientes
medidas para garantizar la menor incidencia ambiental del proyecto:
Utilización de las tierras de excavación se utilizarán en la propia obra. Si aún así
hubiera un excedente, éstas se retirarán otras obras en las que se realicen rellenos o a
obras de restauración de espacios degradados en las que sea necesario realizar rellenos
(canteras y otras).
Definición de áreas de exclusión para la ubicación del parque de maquinaria, de las
zonas de acopio de materiales, de las instalaciones auxiliares de obra y de los vertederos
y se presentará la cartografía necesaria para su localización. Se ubicarán en zonas de fácil
restauración, fuera de hábitats de interés comunitario y de lugares con comunidades
riparias, y en terrenos convenientemente impermeabilizados, con balsas de retención,
desbaste y decantación.
Planificación de los trabajos de modo que no que no coincida con las épocas de
reproducción y cría de las especies amenazadas presentes. Se planificarán los trabajos
para evitar los periodos comprendidos entre abril y octubre.
Recuperación de las zonas alteradas por la obra. Utilización de especies autóctonas
en las plantaciones previstas.
Definición de la instalación eléctrica necesaria para el funcionamiento de la estación
de bombeo proyectada y estudio y evaluación del riesgo de electrocución y colisión para
la avifauna, estimándose todas las medidas preventivas y correctoras necesarias para
disminuir.
La Dirección General de Patrimonio Cultural indica que, dado que la zona de la
alternativa 3 no está prospectada, sería necesaria la realización de prospecciones
arqueológicas con el fin de compatibilizar le proyecto con la preservación y protección del
patrimonio cultural existente en la zona.
El 4 de abril de 2011 se envía un escrito al promotor en el que se plantean las cuestiones
más relevantes indicadas tanto por el INAGA como por la Dirección General de Medio
Natural y Política Forestal.
El 4 de mayo de 2011, el promotor responde a la anterior solicitud asumiendo las
cuestiones planteadas y modificando algunos aspectos del proyecto.
3. Análisis según los criterios del anexo III
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, considerando las
respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para
determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento previsto en la
sección 1ª del capítulo II del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental
de proyectos, según los criterios del anexo III.
Características del proyecto. El proyecto consiste en la ejecución de un nuevo
trazado para el tramo de Rueda de Jalón del ramal del Jalón-1 incluido en el Proyecto de
abastecimiento a Zaragoza y entorno, de 6.088 m de longitud y un diámetro variable
entre 150 y 450 mm en función del caudal.
La alternativa elegida para asegurar la impulsión conlleva la ejecución de una estación
de bombeo con tres grupos motobomba y un depósito de distribución, con una capacidad
de 3.920 m3, a cota 450 msnm, con una superficie de ocupación de 2.110 y 1.600 m2
respectivamente. La conducción a instalar tendrá una longitud de 6.088 m y un diámetro
variable entre 150 mm y 450 mm en función del caudal y discurrirá dentro de una zanja que
constará de dos plataformas de 0,5 m de anchura, situadas a ambos lados de la zanja a
profundidades por lo general inferiores a 1 m. La anchura mínima de la zanja será la de la
tubería más 0,25 m a cada lado.
cve: BOE-A-2011-10585
Núm. 144