III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN. Agrupaciones Europeas de Cooperación Territorial. (BOE-A-2011-10570)
Resolución de 3 de junio de 2011, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la inscripción de los estatutos de la Agrupación Europea de Cooperación Territorial "Espacio Portalet".
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144
Viernes 17 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 62646
2. El ámbito geográfico para la realización de acciones concretas de mantenimiento
del itinerario transfronterizo de Portalet, incluye:
Los 27 km. de la carretera autonómica A-136 desde la vertiente española del Puerto
de Portalet hasta Biescas;
los 29 km. de la carretera departamental RD 934 desde la vertiente francesa del Puerto
de Portalet hasta Laruns.
3. El ámbito geográfico para el resto de líneas de cooperación territorial que resulten
de interés para sus miembros, particularmente en materia de: desarrollo del turismo,
accesibilidad, patrimonio y cultura y desarrollo de actividades económicas de interés
común, será definido por la Asamblea dentro de los límites administrativos de la Comunidad
Autónoma de Aragón y del Departamento de Pirineos Atlánticos.
Artículo 5. Domicilio Social.
La AECT «Espacio Portalet» tendrá su domicilio social en Sabiñánigo, Huesca, en
España.
Artículo 6. Duración.
La duración de la AECT será la que resulte de la vigencia del Convenio que la constituye.
Dicho Convenio tendrá una duración de diez años desde la fecha de su firma, que podrá ser
renovada por períodos iguales por decisión expresa de las entidades firmantes del Convenio.
En caso de prórroga del Convenio, ésta se autorizará por acuerdo de la Asamblea de
la AECT con anterioridad a que expire el plazo de duración del mismo.
Artículo 7. Idioma.
Los Estatutos, órdenes del día, actas de las sesiones y la correspondencia oficial de la
AECT serán redactados en castellano y francés, considerados ambos como lenguas de
trabajo.
CAPÍTULO II
Objetivos y funciones
Artículo 8. Objeto y funciones.
Mantenimiento del itinerario transfronterizo de Portalet.
Identificación, promoción y puesta en marcha de programas, proyectos y acciones
conjuntas de cooperación territorial que resulten de interés para sus miembros,
particularmente en estos campos:
Desarrollo del Turismo.
Accesibilidad.
Patrimonio y Cultura.
Desarrollo de Actividades Económicas de interés común.
cve: BOE-A-2011-10570
1. Según el Reglamento 1082/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo y su
aplicación por el Real Decreto 37/2008 y el artículo 1115-4-2 del Código general francés de
Colectividades Territoriales, la AECT tiene por objetivo realizar y gestionar, en una
perspectiva de desarrollo sostenible, los proyectos y las acciones de cooperación territorial
aprobados por sus miembros, dentro del ámbito de su competencia, con la finalidad de
reforzar la cohesión económica y social.
En particular, las entidades firmantes se comprometen a desarrollar todas las acciones
necesarias para la gestión del paso transfronterizo de Portalet, para asegurar el buen
estado y el correcto mantenimiento de la infraestructura.
Para cumplir su objetivo, la AECT tiene las siguientes funciones:
Núm. 144
Viernes 17 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 62646
2. El ámbito geográfico para la realización de acciones concretas de mantenimiento
del itinerario transfronterizo de Portalet, incluye:
Los 27 km. de la carretera autonómica A-136 desde la vertiente española del Puerto
de Portalet hasta Biescas;
los 29 km. de la carretera departamental RD 934 desde la vertiente francesa del Puerto
de Portalet hasta Laruns.
3. El ámbito geográfico para el resto de líneas de cooperación territorial que resulten
de interés para sus miembros, particularmente en materia de: desarrollo del turismo,
accesibilidad, patrimonio y cultura y desarrollo de actividades económicas de interés
común, será definido por la Asamblea dentro de los límites administrativos de la Comunidad
Autónoma de Aragón y del Departamento de Pirineos Atlánticos.
Artículo 5. Domicilio Social.
La AECT «Espacio Portalet» tendrá su domicilio social en Sabiñánigo, Huesca, en
España.
Artículo 6. Duración.
La duración de la AECT será la que resulte de la vigencia del Convenio que la constituye.
Dicho Convenio tendrá una duración de diez años desde la fecha de su firma, que podrá ser
renovada por períodos iguales por decisión expresa de las entidades firmantes del Convenio.
En caso de prórroga del Convenio, ésta se autorizará por acuerdo de la Asamblea de
la AECT con anterioridad a que expire el plazo de duración del mismo.
Artículo 7. Idioma.
Los Estatutos, órdenes del día, actas de las sesiones y la correspondencia oficial de la
AECT serán redactados en castellano y francés, considerados ambos como lenguas de
trabajo.
CAPÍTULO II
Objetivos y funciones
Artículo 8. Objeto y funciones.
Mantenimiento del itinerario transfronterizo de Portalet.
Identificación, promoción y puesta en marcha de programas, proyectos y acciones
conjuntas de cooperación territorial que resulten de interés para sus miembros,
particularmente en estos campos:
Desarrollo del Turismo.
Accesibilidad.
Patrimonio y Cultura.
Desarrollo de Actividades Económicas de interés común.
cve: BOE-A-2011-10570
1. Según el Reglamento 1082/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo y su
aplicación por el Real Decreto 37/2008 y el artículo 1115-4-2 del Código general francés de
Colectividades Territoriales, la AECT tiene por objetivo realizar y gestionar, en una
perspectiva de desarrollo sostenible, los proyectos y las acciones de cooperación territorial
aprobados por sus miembros, dentro del ámbito de su competencia, con la finalidad de
reforzar la cohesión económica y social.
En particular, las entidades firmantes se comprometen a desarrollar todas las acciones
necesarias para la gestión del paso transfronterizo de Portalet, para asegurar el buen
estado y el correcto mantenimiento de la infraestructura.
Para cumplir su objetivo, la AECT tiene las siguientes funciones: