III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Impacto ambiental. (BOE-A-2011-10584)
Resolución de 2 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Obra civil del centro energía eléctrica de las instalaciones de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla en Turrilla, Albacete.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 17 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 62852

3. Análisis según los criterios del anexo III.–Una vez analizada la documentación que
obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas,
se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto
al procedimiento previsto en la sección 1.ª del capítulo II del texto refundido de la Ley de
Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, según los criterios del anexo III.
Características del proyecto. La actuación proyectada contempla la instalación de un
centro de transformación el cual albergará dos transformadores de 400 KVA, para poder
cubrir el aumento de la demanda de potencia en las instalaciones de la propiedad de la
Mancomunidad de los Canales del Taibilla.
Para poder llevar a cabo la actuación se deberán llevar a cabo las siguientes
actuaciones:
Tala de arbolado, en concreto de 16 unidades de pino.
Desbroce y excavación de terreno.
Ejecución de muros de hormigón armado.
Colocación de drenes en trasdós de muros y de aguas superficiales.
Ejecución de explanada de zahorra artificial.
Ejecución de muros de mampostería.
Colocación de barandillas.
Aglomerado de viales.
Así, la superficie total afectada por las actuaciones alcanza los 894,4 m2.
Ubicación del proyecto. Esta actuación se va a llevar a cabo en la localidad de Turrilla,
en el término municipal de Nerpio, provincia de Albacete, en la zona denominada Casas
del Pantano, propiedad de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla.
Para la ejecución del Proyecto no es necesaria la expropiación de ninguna propiedad,
ya que todas las obras se realizarán sobre terrenos e instalaciones de la propia
mancomunidad de los Canales del Taibilla.
La actuación se desarrolla dentro de el lugar de importancia comunitaria (LIC) y la
zona de especial protección para las aves (ZEPA) Sierra de Alcaraz y de Segura y Cañones
del Segura y del Mundo ES4210008.
Hay que destacar que en la zona de actuación no se desarrolla ningún hábitat de
interés comunitario prioritario, el único hábitat de interés comunitario que se encuentra en
la zona de actuación es el 9540 pinar mediterráneo de pinos mesogeanos endémicos.
En relación a la flora presente en el ámbito de actuación, se puede encontrar el falso
azafrán (Crocus etruscus) incluida en el anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero,
para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial
y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.
Asimismo, cabe destacar, que en el ámbito del proyecto se encuentra el águila perdicera
(Hieraaetus fasciatus) con categoría de vulnerable en el Catálogo Español de Especies
Amenazadas, así como el lobo (Canis lupus) incluida en el anexo del Real Decreto
139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen
de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.
Características del potencial impacto. A continuación se recogen los impactos más
significativos y las medidas protectoras y correctoras recogidas por la documentación
ambiental subsanada para su prevención o minimización.
Como se ha descrito anteriormente la actuación se desarrolla dentro de el lugar de
importancia comunitaria (LIC) y la zona de especial protección para las aves (ZEPA) Sierra
de Alcaraz y de Segura y Cañones del Segura y del Mundo ES4210008. Dentro de este
espacio, en la zona de actuación se vería afectado el hábitat 9540 pinar mediterráneo de
pinos mesogeanos endémicos.
El promotor afirma que se controlarán constantemente los trabajos de desbroce,
apertura de accesos, viales y el acopio de materiales con el fin de proteger dicho hábitat y
la vegetación colindante. Estas medidas se completarán con las señaladas por la Dirección
General Evaluación Ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

cve: BOE-A-2011-10584

Núm. 144