II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Funcionarios del Subgrupo C2. (BOE-A-2011-10558)
Orden JUS/1677/2011, de 31 de mayo, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Viernes 17 de junio de 2011

Sec. II.B. Pág. 62617

Para la valoración de este supuesto debe acreditarse que se reúnen todos los requisitos
anteriormente señalados, dado su carácter acumulativo. Y la valoración de este supuesto
será incompatible con la otorgada por el cuidado de hijos.
6. Meritos específicos: Los méritos específicos adecuados a las características de
cada puesto de trabajo que se determinan en la columna correspondiente del Anexo I de
esta Orden, se valorarán hasta un máximo de 10 puntos.
Cuarta. Plazos y condiciones de presentación de solicitudes y documentación
justificativa.
1. Las solicitudes para tomar parte en el presente concurso, estarán dirigidas a la
Subsecretaría de Justicia - Subdirección General de Recursos Humanos – Ministerio de
Justicia, y se ajustarán al modelo publicado como Anexo II de esta Orden, debiendo
presentarse en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel
en que tenga lugar la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado», en el Registro General del Ministerio de Justicia, Plaza Jacinto Benavente, 3,
28012-Madrid, o en las Oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
2. Los anexos a presentar, independientemente de la documentación que se aporte
para acreditar los méritos específicos, son los siguientes:

Estos anexos podrán descargarse de la Intranet del Departamento o de la página Web
del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.es).
Los concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan de ser tenidos
en cuenta o aportarlos dentro del plazo improrrogable de diez días hábiles, siguientes a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. Los funcionarios participantes con discapacidad podrán pedir la adaptación del
puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá acompañar
un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia
de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido
el puesto o los puestos solicitados (artículo 10 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de
diciembre).
En cualquier caso, la compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del
puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan realizar
en él.
4. En el caso de estar interesados en las vacantes que se anuncien en este concurso
para un mismo municipio dos funcionarios, aunque pertenezcan a distintos Cuerpos o
Escalas, podrán condicionar su petición, por razones de convivencia familiar, al hecho de
que ambos obtengan destino en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario,
anulada la petición presentada por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición
condicional deberán acompañar a su instancia una fotocopia de la petición del otro
funcionario.
5. Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, las solicitudes
formuladas serán vinculantes para el peticionario, sin que puedan ser objeto de modificación,
aceptándose renuncias hasta la firma de resolución de adjudicación. La renuncia del
adjudicatario de un puesto supondrá la adjudicación al siguiente de mayor puntuación.
Quinta.

Documentación.

1. Los datos relativos a las circunstancias personales y administrativas de los
concursantes, así como los concernientes a los méritos que se aduzcan, tendrán que

cve: BOE-A-2011-10558

Anexo II – II/1: Solicitud de participación.
Anexo III – III/1: Certificado de circunstancias personales, administrativas, de situación
y antigüedad.