III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE FOMENTO. Becas. (BOE-A-2011-10575)
Orden FOM/1682/2011, de 31 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas por el Instituto Geográfico Nacional.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144
Viernes 17 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 62669
iii. Realización y valoración de la entrevista a los candidatos seleccionados en la
primera fase, conforme a los criterios establecidos.
iv. Elaboración del informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.
3) Órgano concedente será el Ministro de Fomento o la autoridad en quien delegue la
competencia para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
Artículo 6
Procedimiento de selección y criterios de valoración.
La evaluación y selección de las solicitudes se realizará en dos fases, de conformidad
con los principios de concurrencia competitiva, objetividad, igualdad y no discriminación.
1) Primera fase: Los méritos de los candidatos se puntuarán de acuerdo con los
siguientes criterios objetivos, en los que se tendrá en cuenta la adecuación con el Área de
Conocimiento:
a) El expediente académico, de 0 a 15 puntos.
b) La idoneidad de la titulación, de 0 a 5 puntos.
c) Por cada Titulación universitaria, de las exigidas en la convocatoria y que no haya
sido valorada como principal, 2 puntos hasta un máximo de 4 puntos.
d) Por cada Titulo, Diploma o Certificación de Postgrado, como Masters o Doctorados,
1 punto hasta un máximo de 2 puntos.
e) Por cada Curso de duración igual o superior a 100 horas, 1 punto, con un máximo
de 2 puntos.
f) Por cada Curso de duración inferior a 100 h, 0,5 puntos, con un máximo de 1 punto.
g) Por la asistencia a Congresos y Seminarios o por trabajos y publicaciones
realizadas, así como otros méritos académicos o profesionales debidamente acreditados,
se valorará hasta un máximo de 3 puntos.
Una vez evaluadas las solicitudes conforme a los criterios establecidos para la primera
fase, pasarán a la segunda fase el número de candidatos, por orden de puntuación, que
se determine en la Convocatoria, que no podrá ser inferior a tres veces el número de
becas del Área de Conocimiento correspondiente.
La puntuación correspondiente a la primera fase se publicará en el Tablón de Anuncios
de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional (C/ General Ibáñez de Ibero, 3,
Madrid) y en la dirección de internet: www.ign.es, concediéndose un plazo de cinco días
naturales para que los interesados formulen las alegaciones y aporten los documentos
que estimen pertinentes. Así mismo se publicará la lista provisional de candidatos que
pasan a la segunda fase.
Revisadas las alegaciones aducidas por los interesados, se publicará la lista definitiva
de los candidatos que pasan a la segunda fase, así como las fechas de las entrevistas,
que no podrán tener lugar antes de cuarenta y ocho horas al día de la publicación.
La Convocatoria podrá establecer la puntuación mínima para pasar a la segunda fase.
Si alguno de los candidatos seleccionados para la segunda fase manifestara por escrito
su renuncia a presentarse a la entrevista personal, la Comisión de Valoración podrá
convocar a un nuevo candidato de la misma Área de Conocimiento, siguiendo el orden de
puntuación.
a) El grado de adecuación de los conocimientos, destrezas y experiencia en relación con
el perfil académico del Área de Conocimiento elegida, hasta un máximo de 10 puntos.
b) El nivel de conocimiento y dominio del idioma inglés, hasta un máximo de 2 puntos.
Adicionalmente, en esta segunda fase el candidato podrá presentar Certificados que
acrediten el conocimiento de idiomas extranjeros, expedidos por Centros Oficiales, de
nivel igual o superior al B1, según el Marco Común Europeo de Referencia para Lenguas,
que se valorarán de la siguiente manera:
cve: BOE-A-2011-10575
2) Segunda fase: Entrevista personal de selección.
La Comisión de Valoración realizará una entrevista personal de selección a los
candidatos que hayan superado la primera fase, en la que se valorará:
Núm. 144
Viernes 17 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 62669
iii. Realización y valoración de la entrevista a los candidatos seleccionados en la
primera fase, conforme a los criterios establecidos.
iv. Elaboración del informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.
3) Órgano concedente será el Ministro de Fomento o la autoridad en quien delegue la
competencia para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
Artículo 6
Procedimiento de selección y criterios de valoración.
La evaluación y selección de las solicitudes se realizará en dos fases, de conformidad
con los principios de concurrencia competitiva, objetividad, igualdad y no discriminación.
1) Primera fase: Los méritos de los candidatos se puntuarán de acuerdo con los
siguientes criterios objetivos, en los que se tendrá en cuenta la adecuación con el Área de
Conocimiento:
a) El expediente académico, de 0 a 15 puntos.
b) La idoneidad de la titulación, de 0 a 5 puntos.
c) Por cada Titulación universitaria, de las exigidas en la convocatoria y que no haya
sido valorada como principal, 2 puntos hasta un máximo de 4 puntos.
d) Por cada Titulo, Diploma o Certificación de Postgrado, como Masters o Doctorados,
1 punto hasta un máximo de 2 puntos.
e) Por cada Curso de duración igual o superior a 100 horas, 1 punto, con un máximo
de 2 puntos.
f) Por cada Curso de duración inferior a 100 h, 0,5 puntos, con un máximo de 1 punto.
g) Por la asistencia a Congresos y Seminarios o por trabajos y publicaciones
realizadas, así como otros méritos académicos o profesionales debidamente acreditados,
se valorará hasta un máximo de 3 puntos.
Una vez evaluadas las solicitudes conforme a los criterios establecidos para la primera
fase, pasarán a la segunda fase el número de candidatos, por orden de puntuación, que
se determine en la Convocatoria, que no podrá ser inferior a tres veces el número de
becas del Área de Conocimiento correspondiente.
La puntuación correspondiente a la primera fase se publicará en el Tablón de Anuncios
de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional (C/ General Ibáñez de Ibero, 3,
Madrid) y en la dirección de internet: www.ign.es, concediéndose un plazo de cinco días
naturales para que los interesados formulen las alegaciones y aporten los documentos
que estimen pertinentes. Así mismo se publicará la lista provisional de candidatos que
pasan a la segunda fase.
Revisadas las alegaciones aducidas por los interesados, se publicará la lista definitiva
de los candidatos que pasan a la segunda fase, así como las fechas de las entrevistas,
que no podrán tener lugar antes de cuarenta y ocho horas al día de la publicación.
La Convocatoria podrá establecer la puntuación mínima para pasar a la segunda fase.
Si alguno de los candidatos seleccionados para la segunda fase manifestara por escrito
su renuncia a presentarse a la entrevista personal, la Comisión de Valoración podrá
convocar a un nuevo candidato de la misma Área de Conocimiento, siguiendo el orden de
puntuación.
a) El grado de adecuación de los conocimientos, destrezas y experiencia en relación con
el perfil académico del Área de Conocimiento elegida, hasta un máximo de 10 puntos.
b) El nivel de conocimiento y dominio del idioma inglés, hasta un máximo de 2 puntos.
Adicionalmente, en esta segunda fase el candidato podrá presentar Certificados que
acrediten el conocimiento de idiomas extranjeros, expedidos por Centros Oficiales, de
nivel igual o superior al B1, según el Marco Común Europeo de Referencia para Lenguas,
que se valorarán de la siguiente manera:
cve: BOE-A-2011-10575
2) Segunda fase: Entrevista personal de selección.
La Comisión de Valoración realizará una entrevista personal de selección a los
candidatos que hayan superado la primera fase, en la que se valorará: