I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO. Telecomunicaciones. (BOE-A-2011-10457)
Orden ITC/1644/2011, de 10 de junio, por la que se desarrolla el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones, aprobado por el Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Jueves 16 de junio de 2011
3)

Sec. I. Pág. 61733

Características de los empalmes de fibra en la instalación (si procede).

3.1.C
3.1.D

Infraestructuras de Hogar Digital (cuando se incluyan en el proyecto).
Infraestructura.

a) Condicionantes a tener en cuenta para su ubicación.
b) Características de las arquetas.
c) Características de la canalización externa, de enlace, principal, secundaria e
interior de usuario.
d) Condicionantes a tener en cuenta en la distribución interior de los RIT. Instalación
y ubicación de los diferentes equipos.
e) Características de los registros de enlace, secundarios, de paso, de terminación
de red y toma.
3.1.E

Cuadros de medidas.

a) Cuadro de medidas a satisfacer en las tomas de televisión terrestre, incluyendo
también el margen del espectro radioeléctrico comprendido entre 950 MHz y 2150 MHz.
b) Cuadro de medidas de las redes de telecomunicaciones de telefonía disponible al
público y de banda ancha.
1)
2)
3)

Redes de Cables de Pares o Pares Trenzados.
Redes de Cables Coaxiales.
Redes de Cables de Fibra Óptica.

3.1.F
existe).
a)
b)

Utilización de elementos no comunes del edificio o conjunto de edificaciones (si

Descripción de los elementos y de su uso.
Determinación de las servidumbres impuestas a los elementos.

3.1.G

Estimación de los residuos generados por la instalación de la ICT.

Estimación de los residuos de acuerdo con el Real Decreto 105/2008, 1 de febrero, por
el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. Esta
información se podrá incluir en forma de apéndice o anexo al proyecto, en orden a facilitar
su entrega al responsable o encargado de realizar, cuando proceda, el estudio general de
residuos de la instalación.
3.2

Condiciones generales.

3.2.A Reglamento de ICT y Normas Anexas.
3.2.B Normativa vigente sobre Prevención de Riesgos Laborales, acompañada de
una relación exhaustiva de las actividades y tareas que deben realizarse para la ejecución
de las infraestructuras proyectadas, así como para el mantenimiento posterior de las
mismas, para que el responsable de la redacción del Estudio de Seguridad y Salud o el
Estudio Básico de Seguridad y Salud evalúe los riesgos que se derivan de las mismas y
establezca las medidas preventivas adecuadas que deben ser incluidas en el Plan de
Seguridad y Salud de la Obra e implementadas por parte del coordinador de seguridad y
salud de la obra en cuestión. Especial atención deberá observarse en relación con las
actividades y tareas a realizar, en fase de mantenimiento de la infraestructura. Sobre la
cubierta de la edificación y el acceso a la misma, al objeto de que se garantice la
permanencia con carácter indefinido de las medidas de protección que se hayan definido
como necesarias para realizar las citadas actividades o tareas. Esta información se podrá

cve: BOE-A-2011-10457

En este apartado se recogerán, como ya se ha indicado, las Normas y requisitos
legales que sean de aplicación, con carácter general, a la ICT proyectada. Se deberán
incluir referencias específicas, al menos, a: