III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Indicaciones geográficas protegidas. (BOE-A-2011-10430)
Resolución de 27 de mayo de 2011, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se publica el pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida "Aceite de Jaén".
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 61566

su paso por Jaén: «…Momentos antes de partir se había interesado por el aceite de Jaén,
y las personalidades de su sequito se pusieron en contacto con la Unión Territorial de
Cooperativas del Campo, para que les facilitara dos latas de aceite puro de oliva...»
6. Artículo titulado El paraíso de las «delicatessen», de Rosa M. Tristán, publicado en
el Diario El Mundo el 17 de abril de 1999, en el que se puede leer: «...Los olores se
confunden en las salas. Café de Colombia, aceite virgen de Jaén, anchoas de Vizcaya,
queso majorero –preparado con gofio– de Fuerteventura, salmón freso de Irlanda, patés
de Francia... No falta de nada para celebrar un gran banquete…»
Ha sido una constante histórica hablar del «Aceite de Jaén» como condimento
indispensable en la rica gastronomía tanto andaluza como española, lo que ha ayudado a
la obtención de la extraordinaria reputación del mismo. Otra prueba más de ello la tenemos
en distintas novelas, libros históricos, divulgativos, técnicos, diccionarios, poemarios,
biografías, revistas sectoriales y multitud de documentos literarios y académicos en los
que aparece referenciada la expresión «Aceite de Jaén».
Finalmente, debemos referirnos al grado de conocimiento, e incluso reputación, del
que el «Aceite de Jaén» ya goza entre los consumidores:
7. Así, según una encuesta realizada por la empresa Global Investigación & Marketing
en el año 2002 en 5 capitales de provincia españolas (Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla
y Zaragoza), resultó que «Aceite de Jaén» era la quinta denominación de origen española
más conocida entre los consumidores y la primera entre las denominaciones de origen
andaluzas. Todo ello pese a no ser «Aceite de Jaén» una denominación de origen
oficialmente reconocida.
Las referencias citadas son un mero ejemplo de las más de 500 encontradas tras la
realización de un estudio de investigación al respecto del uso de la expresión «Aceite de
Jaén», y que queda a disposición de las autoridades que lo soliciten, junto con prueba
documental física de todo lo indicado.
Por tanto, ha quedado probada indubitadamente la reputación atribuida a su origen
geográfico de «Aceite de Jaén» como así establece el artículo 2.1.b del Reglamento (CE)
N.º 510/2006, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas
y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios.
7. Verificación del cumplimiento del Pliego de Condiciones.
La verificación del cumplimiento del Pliego de Condiciones antes de la comercialización
del producto es llevada a cabo conforme al Reglamento (CE) 510/2006 del Consejo, de 20
de marzo de 2006.
La autoridad competente designada responsable de los controles, es la Dirección
General de Industrias y Calidad Agroalimentaria de la Consejería de Agricultura y Pesca
de la Junta de Andalucía.
La información relativa a las entidades encargadas de verificar el cumplimiento de las
condiciones indicadas en el Pliego se encuentra en la siguiente dirección: http://www.
juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/portal/areas-tematicas/industriasagroalimentarias/calidad-y-promocion-agroalimentaria/denominaciones-de-calidad/otrosproductos.html.
Y las funciones específicas serán las derivadas de la verificación del Pliego de
Condiciones antes de su comercialización.
8. Normas de etiquetado
La etiqueta correspondiente a cada marca comercial, deberá llevar obligatoriamente
impresa en la parte frontal la mención Indicación Geográfica Protegida «Aceite de Jaén»,
de manera destacada, en caracteres claros e indelebles, el logotipo específico identificador
de la IGP y el logotipo comunitario, además de los datos y requisitos exigidos en la
legislación aplicable.
Los envases en los que se expida para su consumo, irán provistos de una contraetiqueta
numerada identificativa, como aval de cumplimiento y garantía de origen, que serán

cve: BOE-A-2011-10430

Núm. 142
Podrás leer todo el contenido en la fuente oficial del Boletín Oficial del Estado en 30 segundos

Únicamente los usuarios registrados tienen sin esperas (y más ventajas) a la información oficial.

Iniciar sesión Crear cuenta Registrarse ahora es gratis (no lo será siempre), muy rápido y sencillo.