III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Formación del profesorado. Licencias. (BOE-A-2011-10418)
Resolución de 10 de junio de 2011, de la Subsecretaría, por la que se convocan licencias por estudios destinadas a funcionarios docentes del ámbito de gestión del Ministerio de Educación, que pertenezcan a los cuerpos de Maestros, Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Inspectores de Educación e Inspectores al servicio de la Administración Educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Miércoles 15 de junio de 2011
1.4.3
centros.

Incentiva la elaboración y realiza el seguimiento de los planes de mejora de los

1.4.4
2.

Sec. III. Pág. 61494

Promueve iniciativas de autoevaluación en los centros.

Función de Asesoramiento e Información (máximo 8 puntos).

2.1 Actividades de asesoramiento a los Equipos Docentes y Departamentos
didácticos. Se podrá valorar si el candidato:
2.1.1 Asesora sobre la elaboración de los proyectos y programaciones.
2.1.2 Anima a la participación en programas institucionales.
2.1.3 Informa sobre autoevaluación de procesos y resultados académicos.
2.1.4 Aclara cuestiones sobre la legislación vigente referidas a los distintos aspectos
de la enseñanza.
2.2 Actividades de asesoramiento a los órganos de gobierno. Se podrá valorar si el
candidato:
2.2.1
2.2.2
2.2.3
2.2.4
educativo.

Asesora sobre la mejor utilización de los recursos.
Igualmente sobre asuntos relativos a la organización del centro.
Indica pautas para la mejora del clima de convivencia del centro.
Orienta sobre la implicación del profesorado en los objetivos del proyecto

2.3 Actividades de asesoramiento a padres, alumnos y otros miembros de la
comunidad educativa: Se podrá valorar si el candidato:
2.3.1 Asesora sobre el ejercicio de sus derechos.
2.3.2 Informa sobre el cumplimiento de sus obligaciones.
2.3.3 Indica pautas de participación en el logro de los objetivos institucionales del
centro.
2.3.4 Orienta sobre su colaboración en la creación de un buen clima de convivencia.
2.4 Elaboración de informes a la Administración educativa sobre deficiencias en el
funcionamiento de los centros y propuestas de mejora. Se podrá valorar si el candidato:
2.4.1 Informa sobre la incidencia de la propuesta curricular del centro en la actuación
del profesorado en el aula.
2.4.2 Informa sobre los resultados académicos de los alumnos.
2.4.3 Informa sobre el funcionamiento de los servicios complementarios y actividades
extraescolares.
2.4.4 Informa sobre la calidad del clima escolar del centro.
2.4.5 Informa sobre la coherencia de la programación didáctica respecto a la actuación
del profesorado en el aula.
Función de control (máximo 8 puntos).

3.1
3.1.1
Ley.
3.1.2
3.1.3
3.1.4
3.1.5

Control del cumplimiento de la legislación. Se podrá valorar si el candidato:
Vela por el cumplimiento y aplicación de los principios y valores recogidos en la
Supervisa la organización pedagógica del centro.
Supervisa la organización administrativa del centro.
Supervisa la gestión de los recursos.
Supervisa la gestión de los servicios complementarios.

cve: BOE-A-2011-10418

3.