III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Formación del profesorado. Licencias. (BOE-A-2011-10418)
Resolución de 10 de junio de 2011, de la Subsecretaría, por la que se convocan licencias por estudios destinadas a funcionarios docentes del ámbito de gestión del Ministerio de Educación, que pertenezcan a los cuerpos de Maestros, Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Inspectores de Educación e Inspectores al servicio de la Administración Educativa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Miércoles 15 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61495
3.2 Revisión de los documentos de organización de los centros y servicios educativos.
Se podrá valorar si el candidato:
3.2.1 Comprueba la fidelidad de los datos.
3.2.2 Analiza los horarios del profesorado.
3.2.3 Verifica la confección de los grupos de alumnos.
3.2.4 Estudia los horarios del alumnado.
3.3 Realización de visitas de inspección a los centros y reuniones con profesores y
directivos para la supervisión del funcionamiento de aquellos. Se podrá valorar si el
candidato:
3.3.1 Comprueba el funcionamiento de las clases y el trabajo de los profesores.
3.3.2 Supervisa el funcionamiento de los equipos docentes.
3.3.3 Celebra reuniones con el Equipo Directivo.
3.3.4 Igualmente se reúne con profesores y alumnos.
3.3.5 Asimismo se reúne con los padres de los alumnos, en su caso.
3.4 Intervención de mediación y resolución de reclamaciones y expedientes. Se
podrá valorar si el candidato:
3.4.1 Investiga la naturaleza de las reclamaciones.
3.4.2 Propone soluciones de consenso para la resolución de conflictos.
3.4.3 Aplica el arbitraje cuando no se produce el consenso.
3.4.4 Emite propuestas sobre las reclamaciones.
3.4.5 Propone, en su caso, la incoación de expedientes y/o los resuelve.
4.
Colaboración en el perfeccionamiento del profesorado (máximo 6 puntos).
4.1 Detección de las necesidades más frecuentes en la formación de los profesores
y colaboración en los procesos de perfeccionamiento y renovación. Se podrá valorar si el
candidato:
4.1.1
4.1.2
4.1.3
4.1.4
Realiza diagnóstico sobre las necesidades de formación del profesorado.
Propone iniciativas de formación continua.
Plantea programas de formación en el centro.
Sugiere innovaciones didácticas de aplicación en las aulas.
4.2 Difusión de innovaciones e intercambio de experiencias. Se podrá valorar si el
candidato:
cve: BOE-A-2011-10418
4.2.1 Selecciona las innovaciones que realizan los centros.
4.2.2 Organiza reuniones para el intercambio de las mismas.
4.2.3 Propicia la elaboración de documentos que permitan la difusión de las
innovaciones.
4.2.4 Implica al Centro de Profesores y Recursos en la difusión e intercambio de las
innovaciones detectadas.
Núm. 142
Miércoles 15 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61495
3.2 Revisión de los documentos de organización de los centros y servicios educativos.
Se podrá valorar si el candidato:
3.2.1 Comprueba la fidelidad de los datos.
3.2.2 Analiza los horarios del profesorado.
3.2.3 Verifica la confección de los grupos de alumnos.
3.2.4 Estudia los horarios del alumnado.
3.3 Realización de visitas de inspección a los centros y reuniones con profesores y
directivos para la supervisión del funcionamiento de aquellos. Se podrá valorar si el
candidato:
3.3.1 Comprueba el funcionamiento de las clases y el trabajo de los profesores.
3.3.2 Supervisa el funcionamiento de los equipos docentes.
3.3.3 Celebra reuniones con el Equipo Directivo.
3.3.4 Igualmente se reúne con profesores y alumnos.
3.3.5 Asimismo se reúne con los padres de los alumnos, en su caso.
3.4 Intervención de mediación y resolución de reclamaciones y expedientes. Se
podrá valorar si el candidato:
3.4.1 Investiga la naturaleza de las reclamaciones.
3.4.2 Propone soluciones de consenso para la resolución de conflictos.
3.4.3 Aplica el arbitraje cuando no se produce el consenso.
3.4.4 Emite propuestas sobre las reclamaciones.
3.4.5 Propone, en su caso, la incoación de expedientes y/o los resuelve.
4.
Colaboración en el perfeccionamiento del profesorado (máximo 6 puntos).
4.1 Detección de las necesidades más frecuentes en la formación de los profesores
y colaboración en los procesos de perfeccionamiento y renovación. Se podrá valorar si el
candidato:
4.1.1
4.1.2
4.1.3
4.1.4
Realiza diagnóstico sobre las necesidades de formación del profesorado.
Propone iniciativas de formación continua.
Plantea programas de formación en el centro.
Sugiere innovaciones didácticas de aplicación en las aulas.
4.2 Difusión de innovaciones e intercambio de experiencias. Se podrá valorar si el
candidato:
cve: BOE-A-2011-10418
4.2.1 Selecciona las innovaciones que realizan los centros.
4.2.2 Organiza reuniones para el intercambio de las mismas.
4.2.3 Propicia la elaboración de documentos que permitan la difusión de las
innovaciones.
4.2.4 Implica al Centro de Profesores y Recursos en la difusión e intercambio de las
innovaciones detectadas.