III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Ayudas. (BOE-A-2011-10434)
Orden CUL/1639/2011, de 26 de mayo, por la que se convocan ayudas a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos archivísticos, correspondientes al año 2011.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Miércoles 15 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 61615

Sexto. Régimen de concesión.–La concesión de estas ayudas se efectuará en
régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad,
transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad.
Séptimo. Presentación de solicitudes, documentación y subsanación de errores.
1.

Solicitudes.

1.1 Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo oficial que figura
como anexo I de la presente orden, cumplimentándose enteramente a máquina o con
mayúsculas, y deberán dirigirse al Director General del Libro, Archivos y Bibliotecas. El
modelo de solicitud, así como los anexos de la orden requeridos como documentos
específicos, deberán ser cumplimentados en su totalidad.
1.2 Las solicitudes podrán presentarse por cualquiera de las siguientes vías:
a) En el Registro General del Ministerio de Cultura, plaza del Rey, 1, 28004 de
Madrid.
En las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
En las oficinas de Correos de España (con el sobre abierto para que pueda ser sellado
su interior, del modo que se indicará en las propias oficinas de Correos).
Por cualquiera de los otros medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJAP-PAC), modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero.
En cualquier caso, a efectos de determinar la fecha de su presentación, en la solicitud
deberá figurar el sello de entrada de la oficina de registro correspondiente.
No se admitirá como medio de presentación de las solicitudes los servicios de
mensajería privados ni los servicios de correos extranjeros.
b) Asimismo, las solicitudes podrán presentarse electrónicamente, a través del
Registro Electrónico del Ministerio de Cultura (http://www.mcu.es/registro), de acuerdo con
lo establecido en el art. 24 de la Ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos, así
como en la Orden CUL/3410/2009, de 14 de diciembre, por la que se regula el Registro
Electrónico del Ministerio de Cultura («Boletín Oficial del Estado» de 19 de diciembre). El
procedimiento para la solicitud de las ayudas para el desarrollo de proyectos archivísticos
a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura ha sido expresamente incluido en
el ámbito del mismo por medio de dicha orden. En la página web antes citada se recoge la
información necesaria para completar la solicitud.
1.3 Plazo de presentación.–El plazo de presentación de solicitudes será de treinta
días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria
en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Documentación.–A la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación
administrativa y específica, en idioma castellano o traducida al mismo cuando
corresponda.
Documentación administrativa:

a) Copia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad. Los solicitantes
que no tengan su residencia fiscal en territorio español deberán presentar un certificado de
residencia fiscal emitido por las autoridades competentes de su país de residencia.
b) Copia compulsada del acta fundacional de la entidad con sus correspondientes
modificaciones.
c) Copia compulsada de los estatutos vigentes de la entidad, así como de las
modificaciones que haya habido.
d) Copia compulsada de la certificación de inscripción en el registro público
correspondiente. La entidad debe estar inscrita en el registro correspondiente en la fecha
de presentación de la solicitud.

cve: BOE-A-2011-10434

2.1