I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. Tributos. (BOE-A-2011-10362)
Ley 3/2010, de 27 de diciembre, de modificación de la regulación de los tributos propios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Miércoles 15 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 61265
1.11 Certificado del Nivel Básico de las Enseñanzas de Idiomas de Régimen
Especial: 23,46 €.
1.12 Certificado del Nivel Intermedio de las Enseñanzas de Idiomas de
Régimen Especial: 23,46 €.
1.13 Certificado del Nivel Avanzado de las Enseñanzas de Idiomas de Régimen
Especial: 23,46 €.
2. Tasa por expedición de duplicados de los títulos y certificados a los que se
refiere el apartado anterior (por unidad): 4,37 €.
Seis. En el anexo segundo «Texto de las tasas», en el grupo 2 «Tasas en materia de
medio ambiente y conservación de la naturaleza», se adiciona un nuevo apartado 10 en la
sección segunda ACTUACIONES, AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS Y CONTROL
DE LA GESTIÓN DE ACTIVIDADES POTENCIALMENTE CONTAMINANTES del artículo 4
de la tasa T240 «Tasa por actuaciones en materia de protección medioambiental y control
de actividades potencialmente contaminantes» con la siguiente redacción:
«10. Autorización ambiental única: Se exigirá la cuota de mayor importe de
entre las aplicables a las autorizaciones o evaluaciones que unifica».
Siete. En el anexo segundo «Texto de las tasas», en el grupo 4 «Tasas en materia de
obras públicas, urbanismo, costas, puertos, carreteras y transportes», en la tasa T420
«Tasa por la realización de ensayos del laboratorio de mecánica del suelo», se introduce
en el artículo 4, apartado 9. MEZCLAS BITUMINOSAS Y ESTABILIZACIONES CON
LIGANTES BITUMINOSOS, un nuevo subapartado 38, con la siguiente redacción:
«38.
Ensayo de deformación en pista (dos probetas): 353,32 €.»
Ocho. En el anexo segundo «Texto de las tasas», en el grupo 4 «Tasas en materia
de obras públicas, urbanismo, costas, puertos, carreteras y transportes», se modifica el
apartado 6 y se adiciona un nuevo apartado 7 en el artículo 4, y se suprime el artículo 5 de
la tasa T430 «Tasa por ordenación del transporte terrestre», que quedan redactados en los
siguientes términos:
Artículo 4. Cuota.
…/…
«6. Actuaciones administrativas sobre cualificación inicial y formación continua
de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera,
de acuerdo con lo previsto en la Directiva Comunitaria 2003/59/CE y normativa de
desarrollo:
a) Autorización de centros de formación y visado de las autorizaciones
correspondientes: 250,00 €.
b) Inspección material de las instalaciones de los centros de formación: 53,20 €.
c) Homologación de cursos de formación: 90,00 €
d) Inspección de cursos de formación: 53,20 €
e) Modificación de datos de autorización de centro: 30,00 €
Certificado de conductor de terceros países: 20 €.»
Nueve. En el anexo segundo «Texto de las tasas», en el grupo 4 «Tasas en materia
de obras públicas, urbanismo, costas, puertos, carreteras y transportes», se modifica el
cve: BOE-A-2011-10362
7.
Núm. 142
Miércoles 15 de junio de 2011
Sec. I. Pág. 61265
1.11 Certificado del Nivel Básico de las Enseñanzas de Idiomas de Régimen
Especial: 23,46 €.
1.12 Certificado del Nivel Intermedio de las Enseñanzas de Idiomas de
Régimen Especial: 23,46 €.
1.13 Certificado del Nivel Avanzado de las Enseñanzas de Idiomas de Régimen
Especial: 23,46 €.
2. Tasa por expedición de duplicados de los títulos y certificados a los que se
refiere el apartado anterior (por unidad): 4,37 €.
Seis. En el anexo segundo «Texto de las tasas», en el grupo 2 «Tasas en materia de
medio ambiente y conservación de la naturaleza», se adiciona un nuevo apartado 10 en la
sección segunda ACTUACIONES, AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS Y CONTROL
DE LA GESTIÓN DE ACTIVIDADES POTENCIALMENTE CONTAMINANTES del artículo 4
de la tasa T240 «Tasa por actuaciones en materia de protección medioambiental y control
de actividades potencialmente contaminantes» con la siguiente redacción:
«10. Autorización ambiental única: Se exigirá la cuota de mayor importe de
entre las aplicables a las autorizaciones o evaluaciones que unifica».
Siete. En el anexo segundo «Texto de las tasas», en el grupo 4 «Tasas en materia de
obras públicas, urbanismo, costas, puertos, carreteras y transportes», en la tasa T420
«Tasa por la realización de ensayos del laboratorio de mecánica del suelo», se introduce
en el artículo 4, apartado 9. MEZCLAS BITUMINOSAS Y ESTABILIZACIONES CON
LIGANTES BITUMINOSOS, un nuevo subapartado 38, con la siguiente redacción:
«38.
Ensayo de deformación en pista (dos probetas): 353,32 €.»
Ocho. En el anexo segundo «Texto de las tasas», en el grupo 4 «Tasas en materia
de obras públicas, urbanismo, costas, puertos, carreteras y transportes», se modifica el
apartado 6 y se adiciona un nuevo apartado 7 en el artículo 4, y se suprime el artículo 5 de
la tasa T430 «Tasa por ordenación del transporte terrestre», que quedan redactados en los
siguientes términos:
Artículo 4. Cuota.
…/…
«6. Actuaciones administrativas sobre cualificación inicial y formación continua
de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera,
de acuerdo con lo previsto en la Directiva Comunitaria 2003/59/CE y normativa de
desarrollo:
a) Autorización de centros de formación y visado de las autorizaciones
correspondientes: 250,00 €.
b) Inspección material de las instalaciones de los centros de formación: 53,20 €.
c) Homologación de cursos de formación: 90,00 €
d) Inspección de cursos de formación: 53,20 €
e) Modificación de datos de autorización de centro: 30,00 €
Certificado de conductor de terceros países: 20 €.»
Nueve. En el anexo segundo «Texto de las tasas», en el grupo 4 «Tasas en materia
de obras públicas, urbanismo, costas, puertos, carreteras y transportes», se modifica el
cve: BOE-A-2011-10362
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