III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD, POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD. Premios. (BOE-A-2011-10343)
Resolución de 24 de mayo de 2011, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se convoca la concesión de los Premios Reina Sofía 2011, de accesibilidad universal de municipios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 14 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61195
CD/DVD expositivo de las acciones emprendidas.
Datos relativos al número de identificación fiscal de la Corporación municipal.
Declaración responsable del solicitante de no estar incursos en ninguna de las
circunstancias reguladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
4. El plazo para la presentación de solicitudes será de cuarenta y cinco días naturales
contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado.
5. Las solicitudes serán dirigidas a la Secretaria General del Real Patronato sobre
Discapacidad y deberán ser presentadas en la sede del organismo, calle de Serrano, 140,
28006, de Madrid, o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Quinto. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del
procedimiento.
1. La ordenación e instrucción del procedimiento será competencia del Jefe del Área
de Programas y Actividades del Real Patronato sobre Discapacidad.
2. Asimismo, al Jefe del Área de Programas y Actividades, previo informe del Jurado,
le corresponde formular la propuesta de resolución provisional y, en su caso, definitiva del
procedimiento.
3. La resolución corresponderá a la Secretaria General del Real Patronato sobre
Discapacidad.
4. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución a los ayuntamientos/alcaldias
solicitantes no podrá exceder de seis meses, contados a partir de la publicación de esta
Resolución en el Boletín Oficial del Estado, según lo dispuesto en el artículo 25.4 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Transcurrido este plazo máximo sin que se haya dictado y notificado resolución
expresa, se podrá entender desestimada la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 25.5 de la citada Ley 38/2003, sin que ello exima de la obligación legal de
resolver.
5. La resolución del procedimiento se notificará a los interesados, según previene el
artículo 26 de la Ley General de Subvenciones, de acuerdo con el artículo 58 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común. La práctica de dicha notificación o publicación se
ajustará a las disposiciones contenidas en el artículo 59 de la citada ley.
6. La resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa, pudiéndose
interponer contra la misma, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes
contado desde el día siguiente a su notificación, ante la Secretaria General del Real
Patronato sobre Discapacidad, o bien, recurso contencioso administrativo, en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa.
7. Las candidaturas premiadas se harán públicas en el Boletín Oficial del Estado.
Sexto. Obligaciones de los beneficiarios.–Hasta tanto no se cumplan las previsiones
contenidas en la disposición adicional décima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en
lo relativo a la regulación del régimen especial aplicable a los premios educativos, culturales,
científicos o de cualquier naturaleza, los galardonados con los premios Reina Sofía de
Accesibilidad Universal de Municipios, quedarán obligados al cumplimiento que a los
beneficiarios impone el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones y, en especial,
someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección que determine la
Intervención General de la Administración del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, todo ello sin perjuicio de las
funciones que la Constitución y las leyes atribuyan al Tribunal de Cuentas.
cve: BOE-A-2011-10343
Núm. 141
Martes 14 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 61195
CD/DVD expositivo de las acciones emprendidas.
Datos relativos al número de identificación fiscal de la Corporación municipal.
Declaración responsable del solicitante de no estar incursos en ninguna de las
circunstancias reguladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
4. El plazo para la presentación de solicitudes será de cuarenta y cinco días naturales
contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado.
5. Las solicitudes serán dirigidas a la Secretaria General del Real Patronato sobre
Discapacidad y deberán ser presentadas en la sede del organismo, calle de Serrano, 140,
28006, de Madrid, o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Quinto. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del
procedimiento.
1. La ordenación e instrucción del procedimiento será competencia del Jefe del Área
de Programas y Actividades del Real Patronato sobre Discapacidad.
2. Asimismo, al Jefe del Área de Programas y Actividades, previo informe del Jurado,
le corresponde formular la propuesta de resolución provisional y, en su caso, definitiva del
procedimiento.
3. La resolución corresponderá a la Secretaria General del Real Patronato sobre
Discapacidad.
4. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución a los ayuntamientos/alcaldias
solicitantes no podrá exceder de seis meses, contados a partir de la publicación de esta
Resolución en el Boletín Oficial del Estado, según lo dispuesto en el artículo 25.4 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Transcurrido este plazo máximo sin que se haya dictado y notificado resolución
expresa, se podrá entender desestimada la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 25.5 de la citada Ley 38/2003, sin que ello exima de la obligación legal de
resolver.
5. La resolución del procedimiento se notificará a los interesados, según previene el
artículo 26 de la Ley General de Subvenciones, de acuerdo con el artículo 58 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común. La práctica de dicha notificación o publicación se
ajustará a las disposiciones contenidas en el artículo 59 de la citada ley.
6. La resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa, pudiéndose
interponer contra la misma, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes
contado desde el día siguiente a su notificación, ante la Secretaria General del Real
Patronato sobre Discapacidad, o bien, recurso contencioso administrativo, en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa.
7. Las candidaturas premiadas se harán públicas en el Boletín Oficial del Estado.
Sexto. Obligaciones de los beneficiarios.–Hasta tanto no se cumplan las previsiones
contenidas en la disposición adicional décima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en
lo relativo a la regulación del régimen especial aplicable a los premios educativos, culturales,
científicos o de cualquier naturaleza, los galardonados con los premios Reina Sofía de
Accesibilidad Universal de Municipios, quedarán obligados al cumplimiento que a los
beneficiarios impone el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones y, en especial,
someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección que determine la
Intervención General de la Administración del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, todo ello sin perjuicio de las
funciones que la Constitución y las leyes atribuyan al Tribunal de Cuentas.
cve: BOE-A-2011-10343
Núm. 141
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