III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2011-10266)
Resolución de 5 de mayo de 2011, de la Presidencia del Congreso de los Diputados y de la Presidencia del Senado, por la que se dispone la publicación del Dictamen de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con la Declaración sobre la Cuenta General del Estado, correspondiente al ejercicio 2008.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Lunes 13 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 60409
Reales Decretos de traspaso de las funciones y servicios en materia sanitaria y de servicios
sociales del extinguido INSALUD, del IMSERSO y del ISM.
D)
Respecto a la Cuenta General del Sector Público Empresarial:
33. Adoptar, en el menor tiempo posible, las medidas oportunas para cumplir con la
obligación de transformar en Agrupaciones Portuarias de Interés Económico, tal como
establece la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Económico y de la
Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, a las 19 Sociedades Estatales
de Estiba y Desestiba que todavía no lo han hecho, ya que el plazo legalmente establecido
para hacerlo ya está vencido.
E)
Respecto a la Cuenta General del Sector Público Fundacional:
34. Garantizar que todas las fundaciones pertenecientes al Sector Público estatal
diferencien adecuadamente, en los términos que prevee el Plan contable, su actividad
propia de la mercantil en la elaboración de sus cuentas.
35. Corregir las discrepancias injustificadas que existen entre el número de
fundaciones consideradas en la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y
el de las integradas en la Cuenta General del Sector Público Fundacional.
III. Instar a la Intervención General del Estado a:
36. Confeccionar la Cuenta General del Estado de forma completa, integrando todas
las cuentas individuales del sector público, justificando, en su caso, las causas
extraordinarias de su no inclusión.
37. Seguir avanzando en el proceso de consolidación y representatividad de la
Cuenta General:
En el Sector Público Administrativo:
Que se analice si la O.M. que rige la presentación de las cuentas consolidadas recoge
ya, o pudiera recoger en el futuro, los requisitos técnicos contenidos en el documento
«Consolidación de cuentas en el sector público» aprobado por la Comisión de expertos
para la elaboración de estudios de Contabilidad Pública.
En el Sector Público Empresarial:
Que todas las entidades del Sector Público Empresarial y fundacional cumplan con la
obligación de rendir cuentas al Tribunal de Cuentas en el plazo legalmente establecido.
Que se practiquen los ajustes y eliminaciones de las operaciones realizadas entre los
grupos empresariales o entidades cuyas cuentas anuales se han agregado.
En el Sector Público Fundacional:
38. Que la Memoria del Sector Público Administrativo aporte la información necesaria
que complete y amplíe el contenido de los balances, cuentas del resultado económicopatrimonial y estados de liquidación del presupuesto.
39. Que la Memoria del Sector Público empresarial proporcione información suficiente
para explicar la composición de las partidas que integran el balance y la cuenta de pérdidas
y ganancias, así como de los compromisos adquiridos por avales y otras garantías, y la
situación del endeudamiento correspondiente a determinadas entidades.
40. Que en las Memorias individuales de cada Fundación se corrijan las deficiencias
o carencias de información ajustándose a lo establecido en la adaptación del Plan General
de Contabilidad.
cve: BOE-A-2011-10266
Que se mejore la representatividad de la Cuenta General del Sector Público Fundacional
con la inclusión de todas las cuentas de las fundaciones y de la liquidación de los
presupuestos de las fundaciones agregadas.
Núm. 140
Lunes 13 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 60409
Reales Decretos de traspaso de las funciones y servicios en materia sanitaria y de servicios
sociales del extinguido INSALUD, del IMSERSO y del ISM.
D)
Respecto a la Cuenta General del Sector Público Empresarial:
33. Adoptar, en el menor tiempo posible, las medidas oportunas para cumplir con la
obligación de transformar en Agrupaciones Portuarias de Interés Económico, tal como
establece la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Económico y de la
Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, a las 19 Sociedades Estatales
de Estiba y Desestiba que todavía no lo han hecho, ya que el plazo legalmente establecido
para hacerlo ya está vencido.
E)
Respecto a la Cuenta General del Sector Público Fundacional:
34. Garantizar que todas las fundaciones pertenecientes al Sector Público estatal
diferencien adecuadamente, en los términos que prevee el Plan contable, su actividad
propia de la mercantil en la elaboración de sus cuentas.
35. Corregir las discrepancias injustificadas que existen entre el número de
fundaciones consideradas en la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y
el de las integradas en la Cuenta General del Sector Público Fundacional.
III. Instar a la Intervención General del Estado a:
36. Confeccionar la Cuenta General del Estado de forma completa, integrando todas
las cuentas individuales del sector público, justificando, en su caso, las causas
extraordinarias de su no inclusión.
37. Seguir avanzando en el proceso de consolidación y representatividad de la
Cuenta General:
En el Sector Público Administrativo:
Que se analice si la O.M. que rige la presentación de las cuentas consolidadas recoge
ya, o pudiera recoger en el futuro, los requisitos técnicos contenidos en el documento
«Consolidación de cuentas en el sector público» aprobado por la Comisión de expertos
para la elaboración de estudios de Contabilidad Pública.
En el Sector Público Empresarial:
Que todas las entidades del Sector Público Empresarial y fundacional cumplan con la
obligación de rendir cuentas al Tribunal de Cuentas en el plazo legalmente establecido.
Que se practiquen los ajustes y eliminaciones de las operaciones realizadas entre los
grupos empresariales o entidades cuyas cuentas anuales se han agregado.
En el Sector Público Fundacional:
38. Que la Memoria del Sector Público Administrativo aporte la información necesaria
que complete y amplíe el contenido de los balances, cuentas del resultado económicopatrimonial y estados de liquidación del presupuesto.
39. Que la Memoria del Sector Público empresarial proporcione información suficiente
para explicar la composición de las partidas que integran el balance y la cuenta de pérdidas
y ganancias, así como de los compromisos adquiridos por avales y otras garantías, y la
situación del endeudamiento correspondiente a determinadas entidades.
40. Que en las Memorias individuales de cada Fundación se corrijan las deficiencias
o carencias de información ajustándose a lo establecido en la adaptación del Plan General
de Contabilidad.
cve: BOE-A-2011-10266
Que se mejore la representatividad de la Cuenta General del Sector Público Fundacional
con la inclusión de todas las cuentas de las fundaciones y de la liquidación de los
presupuestos de las fundaciones agregadas.