III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Impacto ambiental. (BOE-A-2011-10277)
Resolución de 24 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Subestación de San Serván y líneas eléctricas a 400 kV Almaraz-San Serván, San Serván-Brovales y Brovales-Guillena.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 60973
5.2.4.7 Recrecido de los apoyos de la línea eléctrica a 400 kV en el cruce de todas
las masas de bosque autóctono y vegetación de ribera, además de las propuestas en el
EsIA, donde sea necesario para reducir los impactos sobre la vegetación. En el capítulo
ambiental se identificarán explícitamente los apoyos a recrecer.
5.2.5 Se realizará una prospección previa a los desbroces, talas, movimientos de
tierra y al montaje de los apoyos para la detección de nidos y de refugios de fauna. Si se
detectase un nido de una especie protegida, se respetaría en todo caso. Estos controles
serán especialmente exhaustivos en las zonas esteparias, donde se encuentran especies
que nidifican en el suelo. Igualmente, se realizará una prospección por parte de un técnico
especializado, para localizar especies vegetales amenazadas, respetándolas en todo
caso. El resultado de las prospecciones se reflejará en cartografía adecuada.
5.2.6 Durante las tareas de eliminación de vegetación para la instalación de la línea,
se respetará la vegetación en la medida de lo posible, de manera que sólo se desbroce o
se corte arbolado autóctono cuando sea estrictamente necesario.
Se procederá a la poda siempre que sea viable, recurriéndose a la tala sólo en aquellos
casos en los que sea estrictamente necesario. En aquellos casos en que la corta de árboles
o desbroces sea inevitable, ésta se realizará con motosierra y no con maquinaria pesada,
para poder realizar los trabajos de manera selectiva. El apeo será siempre dirigido para no
afectar al resto de la vegetación autóctona.
5.2.7 La eliminación de los residuos vegetales deberá hacerse de forma simultánea
a las labores de talas, podas y desbroce. Los residuos forestales deberán ser eliminados
entregándolos a sus propietarios, por trituración e incorporación al suelo o entregándolos
a vertedero controlado, siendo preferible la entrega a sus propietarios y la trituración.
Queda prohibido quemar cualquier tipo de residuo, incluidos los forestales, salvo que se
realice con la necesaria autorización del órgano competente.
5.2.8 Para diseñar en detalle y ejecutar correctamente la medida «Mejora de
hábitats», se contará con el asesoramiento técnico y a pie de obra de un especialista
botánico debidamente acreditado, que en función de la zona de actuación y sus
características fije el porcentaje de ejemplares de cada especie a plantar. En cualquier
caso, debe alcanzarse la misma fracción de cabida cubierta y la misma composición
florística que tenía la zona de actuación antes de la ejecución de las obras del proyecto.
Las especies principales a plantar en la restauración del hábitat 6310 serán,
principalmente; Quercus ilex subsp. ballota en el mayor porcentaje del total y en menor
medida pero significativamente Quercus suber, Quercus ilex subsp. ilex y Quercus
coccifera. Como complemento del estrato arbóreo, se plantarán ejemplares de Cistus spp,
Erica spp., Halimium spp., además de los propuestos por el promotor de Genista spp.,
Retama spp, Lavandula spp. y Daphne spp. La introducción de otras especies como Olea
spp, Crataegus spp, Thymus sppp y Pyrus spp. dependerá finalmente del asesoramiento
botánico que se reciba.
Para ejecutar la medida anterior, se solicitará permiso y asesoramiento también a los
equipos técnicos de las Consejerías respectivas de Andalucía y Extremadura donde
residen las competencias de conservación y gestión de la Red Natura 2000.
5.2.9 Respecto a la medida propuesta de conservación de orquídeas, las parcelas a
comprar serán también aquellas que incluyan las especies Orchis italica y Orchis
papilonacea, además de Ophrys apifera como propone el promotor. Por tanto, el número
de parcelas a adquirir puede ser superior a uno. Para diseñar y ejecutar esta medida, se
contará con el asesoramiento de la Consejería de Extremadura que ostente las competencias
en gestión del medio natural, y con la asistencia de un especialista botánico debidamente
acreditado.
5.2.10 Realización de un proyecto para la densificación del arbolado en fincas
adehesadas Campo de Oliva en Oliva de la Frontera y Campo de Valencia en Valencia del
Montbuey. Para diseñar y ejecutar esta medida, se contará con el asesoramiento de la
Consejería de Extremadura que ostente las competencias en gestión del medio natural, y
con la asistencia de un especialista botánico debidamente acreditado.
cve: BOE-A-2011-10277
Núm. 140
Lunes 13 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 60973
5.2.4.7 Recrecido de los apoyos de la línea eléctrica a 400 kV en el cruce de todas
las masas de bosque autóctono y vegetación de ribera, además de las propuestas en el
EsIA, donde sea necesario para reducir los impactos sobre la vegetación. En el capítulo
ambiental se identificarán explícitamente los apoyos a recrecer.
5.2.5 Se realizará una prospección previa a los desbroces, talas, movimientos de
tierra y al montaje de los apoyos para la detección de nidos y de refugios de fauna. Si se
detectase un nido de una especie protegida, se respetaría en todo caso. Estos controles
serán especialmente exhaustivos en las zonas esteparias, donde se encuentran especies
que nidifican en el suelo. Igualmente, se realizará una prospección por parte de un técnico
especializado, para localizar especies vegetales amenazadas, respetándolas en todo
caso. El resultado de las prospecciones se reflejará en cartografía adecuada.
5.2.6 Durante las tareas de eliminación de vegetación para la instalación de la línea,
se respetará la vegetación en la medida de lo posible, de manera que sólo se desbroce o
se corte arbolado autóctono cuando sea estrictamente necesario.
Se procederá a la poda siempre que sea viable, recurriéndose a la tala sólo en aquellos
casos en los que sea estrictamente necesario. En aquellos casos en que la corta de árboles
o desbroces sea inevitable, ésta se realizará con motosierra y no con maquinaria pesada,
para poder realizar los trabajos de manera selectiva. El apeo será siempre dirigido para no
afectar al resto de la vegetación autóctona.
5.2.7 La eliminación de los residuos vegetales deberá hacerse de forma simultánea
a las labores de talas, podas y desbroce. Los residuos forestales deberán ser eliminados
entregándolos a sus propietarios, por trituración e incorporación al suelo o entregándolos
a vertedero controlado, siendo preferible la entrega a sus propietarios y la trituración.
Queda prohibido quemar cualquier tipo de residuo, incluidos los forestales, salvo que se
realice con la necesaria autorización del órgano competente.
5.2.8 Para diseñar en detalle y ejecutar correctamente la medida «Mejora de
hábitats», se contará con el asesoramiento técnico y a pie de obra de un especialista
botánico debidamente acreditado, que en función de la zona de actuación y sus
características fije el porcentaje de ejemplares de cada especie a plantar. En cualquier
caso, debe alcanzarse la misma fracción de cabida cubierta y la misma composición
florística que tenía la zona de actuación antes de la ejecución de las obras del proyecto.
Las especies principales a plantar en la restauración del hábitat 6310 serán,
principalmente; Quercus ilex subsp. ballota en el mayor porcentaje del total y en menor
medida pero significativamente Quercus suber, Quercus ilex subsp. ilex y Quercus
coccifera. Como complemento del estrato arbóreo, se plantarán ejemplares de Cistus spp,
Erica spp., Halimium spp., además de los propuestos por el promotor de Genista spp.,
Retama spp, Lavandula spp. y Daphne spp. La introducción de otras especies como Olea
spp, Crataegus spp, Thymus sppp y Pyrus spp. dependerá finalmente del asesoramiento
botánico que se reciba.
Para ejecutar la medida anterior, se solicitará permiso y asesoramiento también a los
equipos técnicos de las Consejerías respectivas de Andalucía y Extremadura donde
residen las competencias de conservación y gestión de la Red Natura 2000.
5.2.9 Respecto a la medida propuesta de conservación de orquídeas, las parcelas a
comprar serán también aquellas que incluyan las especies Orchis italica y Orchis
papilonacea, además de Ophrys apifera como propone el promotor. Por tanto, el número
de parcelas a adquirir puede ser superior a uno. Para diseñar y ejecutar esta medida, se
contará con el asesoramiento de la Consejería de Extremadura que ostente las competencias
en gestión del medio natural, y con la asistencia de un especialista botánico debidamente
acreditado.
5.2.10 Realización de un proyecto para la densificación del arbolado en fincas
adehesadas Campo de Oliva en Oliva de la Frontera y Campo de Valencia en Valencia del
Montbuey. Para diseñar y ejecutar esta medida, se contará con el asesoramiento de la
Consejería de Extremadura que ostente las competencias en gestión del medio natural, y
con la asistencia de un especialista botánico debidamente acreditado.
cve: BOE-A-2011-10277
Núm. 140