III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Impacto ambiental. (BOE-A-2011-10112)
Resolución de 27 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Aprovechamiento hidroeléctrico en el cauce del río Flumen, término municipal de Lalueza, Huesca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 59975
procesos de redistribución de semillas y alimentos, facilitando la reestructuración de los
hábitat fluviales y su renovación.
Los caudales mas bajos propuestos garantizan la conexión a lo largo de toda la longitud
de cauce medio y una profundidad mínima de 0,2 m.
La vegetación en el punto de restitución está formada por una alameda de Populus
alba, no inventariada, degradada y relegada a una estrecha franja a ambas orillas debido
a la presión agrícola. Las teselas inventariadas del hábitat 92AO, no serán afectadas dado
que se encuentran a 700 m. del punto de restitución, fuera del ámbito de influencia del
proyecto. Además, el agua turbinada se incorporará al cauce con apenas velocidad ya que
previamente pasará por una cubeta de amortiguación de la que parte el canal de retorno,
a través del cual el agua se incorporará de nuevo al cauce de forma oblicua y a la altura
de la lámina de agua.
El plan de restauración para la zona del canal de restitución prevé la colocación de una
escollera de bolos de piedra de 50-100 cm de diámetro sin cimentar y la estabilización y
revegetación de las orillas con técnicas de bioingeniería.
Con objeto de minimizar el efecto barrera existente en la actualidad por la presencia
del azud, el proyecto incluye la instalación de una escala de peces con pozas de 30 cm de
profundidad. Asimismo, el canal de derivación dispondrá de pasos de fauna (tubos de
hormigón de 1,25 m de diámetro) cada 150 m.
Para evitar el atrapamiento de animales, la cámara de carga tendrá un vallado
perimetral y una rampa de salida. Del mismo modo, el canal de derivación dispondrá de
rejas de protección y sobreanchos de 50 × 70 cm, cada 100 m a ambos lados del canal y
justo antes de la entrada a la cámara de carga. Éstos presentan una mayor rugosidad o
pequeños escalones para facilitar la salida de los animales que hayan podido caer en su
interior.
Para reducir la mortalidad de las poblaciones piscícolas por la acción de la turbina, se
instalarán dos dispositivos de rejillas a la entrada del canal de derivación y cámara de
carga.
Respecto a la avifauna, el promotor señala que no se han localizado puntos de
nidificación y/o dormindero de garza real ni milano real en la zona de afección del proyecto
y considera que es una zona demasiado antropizada y transitada para albergarlos. Para
minimizar el posible impacto sobre las aves se realizará la línea de evacuación subterránea
en su mayor parte del recorrido.
Para minimizar el posible impacto acústico derivado del funcionamiento de la turbina,
el proyecto contempla la adecuada insonorización del edificio de la central, de tal manera
que los niveles de inmisión en el exterior de éste no supere los 35 dB(A). El plan de
vigilancia ambiental incluirá, una vez entre en funcionamiento el proyecto, la realización de
mediciones de ruido, para en caso de superarse los niveles propuestos, mejorar la
insonorización del edificio.
Aunque no se prevé la afección sobre el patrimonio cultural, el promotor indica que si
en el transcurso de las obras se encontrara algún resto arqueológico o paleontológico, se
comunicará inmediatamente al Servicio de Prevención y Protección del Patrimonio Cultural
del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, quien
establecerá las correspondientes medidas a adoptar.
El proyecto cuenta con un plan de vigilancia ambiental que incluye la supervisión del
régimen de caudales ecológicos, de la población piscícola y eficacia de la escala de peces,
control de la calidad del sistema fluvial en base a indicadores ecológicos, de los parámetros
físico-químicos del agua, de los fenómenos erosivos en las zonas restauradas, de las
emisiones acústicas del edificio de la minicentral, de las medidas para evitar mortandad de
fauna en la derivación y turbinado del agua y de la incidencia del tendido sobre la avifauna,
para los que se definen los indicadores, puntos de muestreo, umbrales, periodicidad de
control y medidas complementarias. Dichos controles garantizan el cumplimiento de las
medidas preventivas y correctoras propuestas y evaluarán la efectividad de las mismas.
Además de las medidas propuestas en el apartado 3 de la presente resolución el
promotor deberá remitir el proyecto de la línea eléctrica para su informe al INAGA de
cve: BOE-A-2011-10112
Núm. 138
Viernes 10 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 59975
procesos de redistribución de semillas y alimentos, facilitando la reestructuración de los
hábitat fluviales y su renovación.
Los caudales mas bajos propuestos garantizan la conexión a lo largo de toda la longitud
de cauce medio y una profundidad mínima de 0,2 m.
La vegetación en el punto de restitución está formada por una alameda de Populus
alba, no inventariada, degradada y relegada a una estrecha franja a ambas orillas debido
a la presión agrícola. Las teselas inventariadas del hábitat 92AO, no serán afectadas dado
que se encuentran a 700 m. del punto de restitución, fuera del ámbito de influencia del
proyecto. Además, el agua turbinada se incorporará al cauce con apenas velocidad ya que
previamente pasará por una cubeta de amortiguación de la que parte el canal de retorno,
a través del cual el agua se incorporará de nuevo al cauce de forma oblicua y a la altura
de la lámina de agua.
El plan de restauración para la zona del canal de restitución prevé la colocación de una
escollera de bolos de piedra de 50-100 cm de diámetro sin cimentar y la estabilización y
revegetación de las orillas con técnicas de bioingeniería.
Con objeto de minimizar el efecto barrera existente en la actualidad por la presencia
del azud, el proyecto incluye la instalación de una escala de peces con pozas de 30 cm de
profundidad. Asimismo, el canal de derivación dispondrá de pasos de fauna (tubos de
hormigón de 1,25 m de diámetro) cada 150 m.
Para evitar el atrapamiento de animales, la cámara de carga tendrá un vallado
perimetral y una rampa de salida. Del mismo modo, el canal de derivación dispondrá de
rejas de protección y sobreanchos de 50 × 70 cm, cada 100 m a ambos lados del canal y
justo antes de la entrada a la cámara de carga. Éstos presentan una mayor rugosidad o
pequeños escalones para facilitar la salida de los animales que hayan podido caer en su
interior.
Para reducir la mortalidad de las poblaciones piscícolas por la acción de la turbina, se
instalarán dos dispositivos de rejillas a la entrada del canal de derivación y cámara de
carga.
Respecto a la avifauna, el promotor señala que no se han localizado puntos de
nidificación y/o dormindero de garza real ni milano real en la zona de afección del proyecto
y considera que es una zona demasiado antropizada y transitada para albergarlos. Para
minimizar el posible impacto sobre las aves se realizará la línea de evacuación subterránea
en su mayor parte del recorrido.
Para minimizar el posible impacto acústico derivado del funcionamiento de la turbina,
el proyecto contempla la adecuada insonorización del edificio de la central, de tal manera
que los niveles de inmisión en el exterior de éste no supere los 35 dB(A). El plan de
vigilancia ambiental incluirá, una vez entre en funcionamiento el proyecto, la realización de
mediciones de ruido, para en caso de superarse los niveles propuestos, mejorar la
insonorización del edificio.
Aunque no se prevé la afección sobre el patrimonio cultural, el promotor indica que si
en el transcurso de las obras se encontrara algún resto arqueológico o paleontológico, se
comunicará inmediatamente al Servicio de Prevención y Protección del Patrimonio Cultural
del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, quien
establecerá las correspondientes medidas a adoptar.
El proyecto cuenta con un plan de vigilancia ambiental que incluye la supervisión del
régimen de caudales ecológicos, de la población piscícola y eficacia de la escala de peces,
control de la calidad del sistema fluvial en base a indicadores ecológicos, de los parámetros
físico-químicos del agua, de los fenómenos erosivos en las zonas restauradas, de las
emisiones acústicas del edificio de la minicentral, de las medidas para evitar mortandad de
fauna en la derivación y turbinado del agua y de la incidencia del tendido sobre la avifauna,
para los que se definen los indicadores, puntos de muestreo, umbrales, periodicidad de
control y medidas complementarias. Dichos controles garantizan el cumplimiento de las
medidas preventivas y correctoras propuestas y evaluarán la efectividad de las mismas.
Además de las medidas propuestas en el apartado 3 de la presente resolución el
promotor deberá remitir el proyecto de la línea eléctrica para su informe al INAGA de
cve: BOE-A-2011-10112
Núm. 138