III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Impacto ambiental. (BOE-A-2011-10112)
Resolución de 27 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Aprovechamiento hidroeléctrico en el cauce del río Flumen, término municipal de Lalueza, Huesca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 59976
acuerdo al Decreto 34/2005, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se
establecen normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas aéreas con objetivo
de proteger la avifauna.
Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, resuelve de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental
practicada según la sección 2.ª del capítulo II, artículos 16 y 17, y el análisis realizado con
los criterios del anexo III del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental
de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, no es previsible que el
proyecto Aprovechamiento hidroeléctrico en el cauce del río Flumen, término municipal de
Lalueza (Huesca), cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la presente
resolución, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera
necesaria la tramitación prevista en la sección 1.ª de dicha Ley.
Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través
del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio
Rural y Marino (www.marm.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener
las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse
recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido
en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer
directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde
el día siguiente a la notificación de esta resolución ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional.
Madrid, 27 de mayo de 2011.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa
Ribera Rodríguez.
cve: BOE-A-2011-10112
Núm. 138
Viernes 10 de junio de 2011
Sec. III. Pág. 59976
acuerdo al Decreto 34/2005, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se
establecen normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas aéreas con objetivo
de proteger la avifauna.
Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, resuelve de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental
practicada según la sección 2.ª del capítulo II, artículos 16 y 17, y el análisis realizado con
los criterios del anexo III del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental
de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, no es previsible que el
proyecto Aprovechamiento hidroeléctrico en el cauce del río Flumen, término municipal de
Lalueza (Huesca), cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la presente
resolución, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera
necesaria la tramitación prevista en la sección 1.ª de dicha Ley.
Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través
del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio
Rural y Marino (www.marm.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener
las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse
recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido
en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer
directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde
el día siguiente a la notificación de esta resolución ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional.
Madrid, 27 de mayo de 2011.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa
Ribera Rodríguez.
cve: BOE-A-2011-10112
Núm. 138