III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Impacto ambiental. (BOE-A-2011-10112)
Resolución de 27 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Aprovechamiento hidroeléctrico en el cauce del río Flumen, término municipal de Lalueza, Huesca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Viernes 10 de junio de 2011

Sec. III. Pág. 59971

La Dirección General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educación, Cultura
y Deporte del Gobierno de Aragón no considera necesario la adopción de medidas
concretas en materia de arqueológica o paleontológica dado que estima que el proyecto
no afectará al patrimonio cultural de Aragón y considera que el proyecto no debe ser
sometido al procedimiento de evaluación de impacto ambiental. No obstante, el organismo
indica que si en el transcurso de las obras se encontrara algún resto arqueológico o
paleontológico se deberá comunicar al Servicio de Prevención y Protección del
Patrimonio.
Como consecuencia de las consultas y del análisis realizado se le ha sugerido al
promotor, con fechas 5 de mayo y 19 de junio de 2009, con objeto de evitar impactos
ambientales significativos sobre la biodiversidad en el ámbito de actuación que desarrolle
y asuma en el proyecto las medidas y estudios propuestos por la Dirección General de
Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino,
el Departamento de Medio Ambiente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
y para evitar impactos sobre el Patrimonio Cultural las medida propuesta por la Dirección
General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del
Gobierno de Aragón, modificaciones que el promotor ha desarrollado expresa e íntegramente
según acredita su documentación:
Adendum 2: Estudios medioambientales para el proyecto Aprovechamiento
hidroeléctrico cauce del río Flumen, término municipal de Lalueza, que fue recibida en la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental con fecha 18 de agosto de 2009 y
Estudio de caudales ecológicos y análisis de las poblaciones de peces (Estudio PHABSIM)
recibida el 10 de septiembre de 2009. Posteriormente, el 19 de abril de 2010 se recibe
documentación elaborada por el promotor referente a las características detalladas de la
línea eléctrica.

Q(m /s) . . .
3

Oct

Nov

Dic

Ene

Feb

Mar

Abr

May

Jun

Jul

Ago

Sep

0,59

0,66

0.68

0,74

0,71

0,70

0,70

0,59

0,54

0,43

0,40

0,42

No obstante, señala que la línea de evacuación deberá ser objeto de informe por su
parte.
La Confederación Hidrográfica del Ebro, con fecha 8 de febrero de 2010, remite informe
que concluye que los efectos previsibles del proyecto, junto con las medidas y programa
de vigilancia son compatibles en cuanto al sistema hídrico se refiere.
Con fecha 26 de agosto de 2010 se recibe informe de la Dirección General de Medio
Natural y Política Forestal en el que señala los aspectos recogidos de forma adecuada en
la documentación pero pone de manifiesto determinadas carencias, éstas últimas relativas
principalmente al inventario de vegetación donde entre otros aspectos señala que no se

cve: BOE-A-2011-10112

Dichos documentos, con fecha 4 de diciembre de 2009, fueron remitos al Departamento
de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón (INAGA) y a la Confederación Hidrográfica del
Ebro, y con fecha 17 de mayo de 2010 a la Dirección General de Medio Natural y Política
Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, para consultar la
idoneidad de las medidas y estudios realizados.
En respuesta a los mismos, el 29 de enero de 2010 se recibe informe del INAGA que
considera adecuados los documentos presentados y señala que las medidas correctoras
propuestas y los indicadores de seguimiento ambiental permitirán asegurar el control de
las incidencias ambientales del proyecto.
En relación a las medidas propuestas, este organismo considera mas adecuado el
vallado de la cámara de carga y la colocación del filtro del canal a la entrada de la misma
para evitar la caída de animales en su interior. Asimismo, recomienda como referencia
para el funcionamiento de la central el siguiente caudal ecológico calculado mediante la
metodología IFIM-PHABSIM que se ha fundamentado en la supervivencia del pez fraile o
blenio (Salaria fluviatis) y en la conservación y mejora de sus hábitat: