I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Certificados de profesionalidad. (BOE-A-2011-10056)
Real Decreto 711/2011, de 20 de mayo, por el que se establecen tres certificados de profesionalidad de la familia profesional Actividades físicas y deportivas que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualiza el certificado de profesionalidad establecido en el Real Decreto 1209/2009, de 17 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Viernes 10 de junio de 2011

Sec. I. Pág. 59339

RP3: Montar a caballo con equilibrio y soltura a los diferentes aires, tanto en pista
como fuera de la misma, utilizando las técnicas adecuadas en cada caso.
CR3.1 La marcha desmontada se realiza, cuando sea preciso, llevando al
caballo del diestro y manteniéndolo a una distancia de seguridad.
CR3.2 La acción de subir y bajar del caballo se realiza siempre en un lugar
idóneo y utilizando la técnica más adecuada en cada caso, procurando la
seguridad de jinete y caballo en todo momento y ejecutándola de forma
ordenada y tranquila.
CR3.3 El jinete una vez montado busca su posición correcta en la silla con el
animal parado, comprobando y ordenado riendas y otros equipos de montar
antes de emprender el movimiento que se inicia siempre al paso, aumentando
la intensidad del trabajo progresivamente y alternando el mismo con paradas
cortas e intermitentes hasta conseguir una adecuada concentración y
sometimiento del animal.
CR3.4 Las transiciones entre los diferentes aires (paso, trote y galope) se
realizan de manera ordenada y de forma escalonada para no obligar al animal
a realizar esfuerzos bruscos entre ellas, ordenando los cambios de sentido de
la marcha y las paradas y previendo el espacio suficiente para realizarlos sin
brusquedad, aplicando las ayudas oportunas en cada caso.
CR3.5 El jinete corrige las desobediencias y/o vicios que presenta el caballo
durante la monta, afianzando su posición en la silla y respondiendo con rapidez
a la indisciplina del animal utilizando la técnica adecuada en cada caso.
CR3.6 Los obstáculos naturales o artificiales (puertas, cancelas, zanjas,
entre otros), cuando la situación lo requiera se superan a caballo si es posible
o llevando al mismo del diestro, manteniendo una actitud de calma, seguridad
y autoconfianza en todo momento.
CR3.7 Las técnicas de monta sin estribos y de franqueo de pequeños saltos
(entendiendo por pequeños saltos, aquellos que no superan 0,80 m) se
realizan, siempre que los niveles de doma del caballo permitan efectuarlos en
condiciones de seguridad.
CR3.8 La duración e intensidad del trabajo montado se determinan por
parte del jinete, teniendo en cuenta las características generales del caballo
y el fin para el que se realiza su monta, procurando siempre que la vuelta
a la calma sea progresiva, buscando la relajación y recuperación física del
animal, acariciándolo y premiándolo de palabra cuando el trabajo lo realiza
correctamente.
CR3.9 La parada del caballo se realiza deteniendo al animal en cualquier
terreno y circunstancia, manteniendo siempre las condiciones de seguridad.
CR3.10 La monta del caballo, se realiza siempre cumpliendo con las
especificaciones establecidas en el plan de prevención de riesgos laborales
de la empresa y respetando las normas de protección de los animales en las
explotaciones ganaderas.

Medios de producción
Caballos de diferente raza, sexo y edad. Cuadras corridas, boxes individuales. Zonas
de trabajo y picaderos cubiertos. Reparos y barras de salto. Material y equipos de
manejo y monta (cabezadas de cuadra de diferentes tamaños, ramales, guindaletas,
cabezadas de trabajo, serretones, filetes, bocados, cinchuelos, sudaderos, sillas
de montar, riendas, protectores de trabajo, fustas, trallas, entre otros). Local para
guardar el material de manejo y monta (guadarnés). Sistemas para la identificación
del ganado.

cve: BOE-A-2011-10056

Contexto profesional